Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 22/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 28 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Vicario" en su totalidad, en el término municipal de Alhama de Granada (Granada) (VP 303/03).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de Alhama a Granada", en su totalidad, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Alhama de Granada, provincia de Granada, fueron clasificadas por Orden Ministerial de 17 de junio de 1967, publicada en el BOE de fecha 9 de agosto de 1969.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 18 de octubre de 2003, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria.

Por Resolución de fecha de 8 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente se acordó la ampliación del plazo establecido para resolver el procedimiento durante nueve meses más.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 15 de marzo de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de 19 de febrero de 2004.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 19 de julio de 2004.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 7 de octubre de 2005, se solicitó Informe del Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el procedimiento, hasta la recepción del mismo.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 3 de noviembre de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de modificación de la Ley

30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con

sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 23 de septiembre de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha 3 de noviembre de 2005.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de Alhama a Granada", en su totalidad, instruido por la

Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 760,79 m.

- Anchura: 20,89 m.

Descripción:

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Alhama de Granada, provincia de Granada, de forma alargada, con una anchura de veinte metros con ochenta y nueve centímetros, y de una longitud deslindada de setecientos sesenta metros con setenta y nueve centímetros, la superficie deslindada es de una hectárea, cincuenta y ocho áreas y noventa y tres con cuarenta y siete centiáreas, que en adelante se conocerá como Vereda del Vicario, tramo que va desde su extremo Este, entre los kilómetros 44 y 45 de la Carretera de Málaga a Granada (C-

340), en el entronque entre dicha carretera, el Arroyo de la Venta y la Cañada Real de Vélez Málaga y Zafarraya, hasta su extremo Oeste en el antiguo límite de términos entre Ventas de Zafarraya y Alhama de Granada, por donde continúa su recorrido con el mismo nombre, manteniendo una anchura en todo su trazado de 20,89 metros, y que linda:

Al Norte, desde el inicio en el punto 1D al final en el punto

11D y de forma consecutiva, con la vía pecuaria Cañada Real de Vélez-Málaga y Zafarraya, con fincas rústicas pertenecientes a la Consejería de Medio Ambiente, carretera de

Málaga a Granada C-340 (referencia catastral: polígono

19/parcela 9005), don Antonio Bueno Zamora (25/46), Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Granada (25/9010; Camino), don Simeón Vázquez Romero (25/10), don José Bueno Zamora (25/9), don Antonio Bueno Zamora (25/4), Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (25/3), don Simeón Vázquez Romero (25/2), don Miguel y don José Moreno Jiménez (25/1), Excmo. Ayuntamiento de Alhama de Granada (25/9009; Camino), doña Paulina Ros Guerrero (104/225).

Y al Sur, desde el inicio en el punto 1I al final en el punto

10I y de forma consecutiva, con las fincas rústicas

pertenecientes a: Don Antonio Bueno Zamora (Referencia

Catastral polígono 25/parcela 47), Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (25/9002), don Antonio Bueno Zamora (25/46), don Simeón Vázquez Romero (25/10), Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (25/9002), doña Antonia García Retamero (25/11), doña Carmen Retamero Serrano (25/8), doña María Retamero Serrano (25/7), Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (25/9002), don Antonio Bueno Zamora (25/4), don José Bueno Zamora (25/3), don Simeón Vázquez Romero (25/2), don Enrique Guerrero Linares (105/21).

Al Este, con la Cañada Real de Vélez-Málaga y Zafarraya y con la Carretera de Málaga a Granada (C-340).

Al Oeste, con la Vereda del Vicario y antiguo límite de términos entre Alhama de Granada y el Anejo de Ventas de Zafarraya.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 28 de noviembre de

2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL VICARIO" EN SU TOTALIDAD, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE ALHAMA DE GRANADA (GRANADA)

RELACION DE COORDENADS UTM DE LA VIA PECUARIA

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