Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 14/03/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 9 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Senés, en la provincia de Almería (V.P. 052/02).

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Almería, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución, de fecha 14 de febrero de 2002, de la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía se acordó el inicio del presente Procedimiento.

Segundo. La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería, en la instrucción del Expediente de Clasificación cursó oficios de notificación del comienzo de las operaciones materiales de Clasificación a los siguientes organismos e instituciones:

-Ayuntamiento de Senés.

-Cámara Agraria Provincial.

-Diputación Provincial de Almería.

-Delegación del Gobierno.

-Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes en Almería.

-Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Almería.

-Ministerio de Fomento.

-Confederación Hidrográfica del Sur.

-O.C.A. del Bajo Andarax/Campo de Tabernas.

-Asociación Juvenil Ecologista.

-Grupo Ecologista Mediterráneo "GEM".

-Unión de Pequeños Agricultores de Almería.

-ASAJA de Almería.

-COAG-Almería.

-Ecologistas en Acción.

Dichas operaciones fueron anunciadas mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Senés, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, núm., de 21 de octubre de 2002.

Tercero. El día señalado, 26 de noviembre de 2002, se levantó la correspondiente Acta de Inicio de los trabajos de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias, estableciéndose el aplazamiento del cierre de la citada Acta hasta la consecución del estudio y composición de la descripción de los itinerarios pecuarios.

En las Actas de Clasificación, se recogen las descripciones de cada una de las Vías Pecuarias clasificadas en el término municipal de Senés (Almería). Asimismo en el expediente de clasificación objeto de la presente, constan las coordenadas absolutas UTM de aquellos puntos singulares por donde discurren las Vías Pecuarias del mismo término, y una descripción minuciosa de sus recorridos y características.

Cuarto. Redactada la Proposición de Clasificación por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se sometió a exposición pública mediante anuncios en los organismos correspondientes, notificaciones a colectivos interesados, antes citados, y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm., de fecha 3 de julio de 2003.

Dicha Proposición está integrada por la siguiente

documentación:

Memoria

-Introducción.

-Procedimiento.

-Trabajos previos.

Descripción de las vías pecuarias

Coordenadas UTM

-De todos los itinerarios.

Cuadro propuestas de clasificación

Planos de clasificación

-Plano de situación. Escala 1/25.000.

-Plano de Clasificación. Escala 1/10.000.

Anejos

-Actas de clasificación.

-Fondo documental.

-Bosquejo planimétrico de Senés (según Ley de 24 de agosto de

1896).

-Proyectos de Clasificación de términos municipales

colindantes.

-Archivo Municipal de Senés.

-Archivo del Ministerio de Agricultura: Dirección General de Ganadería.

-Expediente administrativo.

Quinto. Transcurrido el período de exposición pública del presente expediente no se presentaron alegaciones.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Secretaría General Técnica la resolución del presente procedimiento administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías

Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, "la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria".

Tercero. Conforme al artículo 13 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, para la redacción de la Propuesta de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Senés, se han tenido en cuenta los datos

existentes en el Fondo Documental previsto en el artículo del mismo Reglamento, así como la documentación técnica aportada al Expediente, según lo siguiente:

-Archivo Histórico Nacional. Sección Mesta.

-Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio

Ambiente.

-Centro de Gestión Catastral de Almería.

-Archivo Municipal de Senés.

-Fondo Documental de Vías Pecuarias de la Delegación

Provincial de Medio Ambiente de Almería.

-Bosquejo planimétrico (según Ley de 24 de agosto de 1896) a escala 1:25.000, del término municipal de Senés.

-Proyectos de Clasificación de los términos municipales colindantes.

-Archivo del Ministerio de Agricultura: Dirección General de Ganadería.

Cuarto. En la tramitación del Expediente de Clasificación objeto de la presente se han observado todos los trámites preceptivos.

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto

155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley

3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.

Vista la Propuesta de resolución de fecha 8 de septiembre de

2003, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Senés, en la provincia de Almería, de conformidad con la Propuesta emitida por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería, conforme a las descripciones que se incorporan a la presente a través de los Anexos I y II.Se entienden no clasificados los tramos de vías pecuarias cuyos terrenos hayan sido calificados como urbanos o urbanizables - que hayan adquirido las características de suelo urbano- por la normativa urbanística vigente en este término municipal, aprobada con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 9 de febrero de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 9 DE FEBRERO DE 2005, POR LA QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE SENES, PROVINCIA DE ALMERIA

Los datos físicos de las vías pecuarias objeto de esta

clasificación son los siguientes:

CUADRO RESUMEN DE LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE SENES (ALMERIA)

height="15">.

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 9 DE FEBRERO DE

2005, POR LA QUE SE APRUEBA LA CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE SENES, PROVINCIA DE ALMERIA

VIAS PECUARIAS

1.CORDEL DEL COLLADO DE LOS SEIS PIES AL ALTO DEL JEREZ

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 66) height="15">.

Descripción.

Esta vía pecuaria se encuentra situada en el cuadrante

noroccidental del término municipal de Tahal, limitando casi en su totalidad con el de Senés, siendo tres tramos de su recorrido los que compartirá con nuestro municipio al llevar como eje el actualmente desaparecido Camino de Senés a Suflí, a la vez que la mojonera entre Senés y Tahal.

Arranca con dirección Sur a la izquierda del M3T entre Senés, Tahal y Laroya (V.P.1-1-), llevando en su interior la pista forestal Senés-Purchena. A la derecha queda la Repoblación forestal en monte público y a la izquierda la finca particular Yegua Blanca.

Es a los 250 metros aproximadamente cuando abandona la pista por la izquierda (V.P.1-2), junto a un cruce con otra pista, para buscar el trazado del antiguo camino de Senés a Suflí ya por el interior de la finca Yegua Blanca, recientemente repoblada con encina, cerezo, etc. A partir de este punto comienza el primero de los tramos mencionados en un principio, aproximadamente 1 km de longitud, en el que discurre llevando a la mojonera en su interior. Pasando el paraje de Buena Vista, continúa hasta el Collado de los Perros, punto en el que vuelve a conectar con la pista que dejó más atrás (V.P. 1-

3).

Así recorrerá un corto trayecto de unos 330 metros, entre repoblación de pinar, para regresar al itinerario del antiguo camino mencionado anteriormente (V.P. 1-4), y por lo tanto al partitérminos de Senés-Tahal. Por este segundo tramo, que abarca unos 2.590 metros de longitud, atraviesan varios de los arroyos del Barranco del Agua, por interior, de nuevo, de la repoblación en monte público.

Llegando a la altura del Collado de Yuste (V.P. 1-5), la vía pecuaria continúa solidaria al límite de términos entre Senés y Tahal, llevando en su interior la pista forestal. A la izquierda queda Prado Alto y a la derecha el Cerro Nacimiento con 1.742 metros de altura.

Tras finalizar este segundo tramo (V.P. 1-6), el paso de ganado abandona la mojonera por la izquierda hasta llegar a las proximidades del Collado de la Madera, en el que toma como eje el de un cortafuegos (V.P. 1-7) de unos 25 metros de anchura que no abandonará hasta el final. En ese punto, el camino de Senés a Suflí también abandona el límite de términos para introducirse definitivamente en Senés.

Por el mencionado cortafuegos recorreremos el tercer tramo, de

1.006 metros de longitud, por el que asciende al Alto del Jerez (V.P. 1-8). En este punto el cordel finalizaría

su recorrido por Senés, para descender a continuación ya dentro del término de Tahal hasta enlazar con la Cañada de la Sierra de los Filabres (V.P. 2-1).

La longitud del Cordel en su recorrido por Senés como suma de los tres tramos mencionados asciende a un total de 4.897,94 metros, y su anchura legal de 37,5 metros. Al discurrir por la línea de términos entre Tahal y Senés, en estos tres tramos, corresponde al término de Senés la mitad de la anchura legal de la vía pecuaria.

2.CAÑADA DE LA SIERRA DE LOS FILABRES.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 67) height="15">.

Descripción.

Como indica el propio nombre de la vía pecuaria, discurrirá a su paso por Senés siguiendo el partitérminos entre este municipio y el de Tahal, a la vez que por la divisoria de aguas de la Sierra de los Filabres.

Arranca a unos 400 metros al Sudeste del Alto del Jerez (V.P.

2-1), tras enlazar con el Cordel del Collado de los Seis Pies al Alto de Jerez, con dirección general Este, quedando el Cortijo de los Marchales por la derecha. Tras pasar junto al Cerro de la Fuente y cruzar el antiguo Camino de Tahal, hoy carretera local de Senés a Tahal, llega al Collado del Rayo o Collado de Senés (V.P. 2-2) donde se le une la Vereda del Collado de las Aletas al Collado del Rayo, la cual discurre por el término de Tahal. A ambos lados del paso de ganado existen fincas particulares con monte bajo de matorral y encinar.

Continuando en la misma dirección inicial, y a 2.270 metros desde el inicio, a la altura del paraje del Espinillo, la Cañada penetra en monte público repoblado de pinar. Aunque tan sólo 450 metros después (V.P. 2-3), ya con dirección Sureste, a la derecha de nuevo aparecen fincas particulares como el Cortijo de Rafael.

Seguidamente nos encontramos con el Barranco del Marchalillo por la derecha y el paraje de La Zanja por la izquierda. Al llegar al Cerro de la Atalaya (V.P. 2-4), donde enlaza con la Vereda de las Piedras del Manco, gira bruscamente hacia la izquierda, finalizando su recorrido por Senés para internarse completamente en la jurisdicción de Tahal.

La longitud de la Cañada en su recorrido por Senés es de

3.904,62 metros y su anchura legal de 75 metros,

correspondiendo la mitad de ésta al término de Senés, al discurrir la vía pecuaria por el límite de términos entre Tahal y Senés.

3.VEREDA DE LAS PIEDRAS DEL MANCO.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 67) height="15">.

Descripción.

Comienza su trazado esta Vereda al separarse de la Cañada de la Sierra de los Filabres en lo Alto del Cerro Atalaya (V.P.

2-4), de 1.368 metros de altitud. A la derecha queda la finca de los Mariviñas. El paisaje que rodea nuestra Vía Pecuaria está compuesto de matorral bajo con pastizal.

Siguiendo en todo momento el partitérminos entre Senés y Tahal, y con dirección general Sur, avanzará aguas vertientes encontrándonos por la derecha con el Barranco del Manco y por la izquierda el Cortijo de Fuerteventura dentro del paraje de Las Zorreras (V.P. 3-1).

Tras recorrer 425 metros más subimos a lo alto del Cerro de Juan Palomo (V.P. 3-2), dentro del paraje El Carrascal, dejando el Cortijo de Doña Ana Céspedes por la derecha y la Comarcal Al-349 de Olula del Río a Tabernas discurriendo paralelamente por la izquierda.

Al descender llegamos al Collado de Andrés Sáez, punto donde nos cruzamos con la carretera local Senés-Tahal (V.P. 3-3). A la derecha queda la Finca de los Maisuanes. Finalmente recorre

696 metros más subiendo y bajando el Cerro Porcelana (V.P. 3-

4) hasta enlazar con el antiguo camino de Tabernas a Tahal. En ese punto el paso de ganado abandona la mojonera adentrándose completamente en el vecino término de Tahal.

La longitud de la Vereda en su recorrido por Senés es de

2.108,90 metros, y su anchura legal de 20 metros,

correspondiendo la mitad de ésta al término municipal de Senés, al discurrir la vía pecuaria por la línea de términos entre Senés y Tahal.

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