Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 1 de febrero de 2006, del Ayuntamiento de El Padul, de bases para la selección de Técnico de Administración General.

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I. BASES QUE REGIRAN EN LA PROVISION POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICION POR PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL (GRUPO A)

1. Normas generales.

1.1. Objeto de las bases.

Las presentes bases han de regir para la provisión, con carácter definitivo, de una plaza de Técnico vacante en la plantilla de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de El Padul, perteneciente a la Escala de Administración General, encuadrada en el Grupo A, conforme al artículo 25 de la ley 30/84 de 2 de agosto, incluida en la oferta de empleo público de 2005, y dotada de los haberes correspondientes, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna.

1.2. Régimen jurídico aplicable.

La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases, y, en su defecto, se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, 26 noviembre, de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por al que se aprueba de Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por cualquier otras disposiciones aplicables.

1.3. Esta convocatoria de plazas ofertadas por promoción interna es independiente, por lo que, en el supuesto de que quedasen vacantes, no se acumularán al resto de plazas, de conformidad con previsto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de El Padul, ocupando plaza de la Subescala de Gestión, Grupo B, de la Escala de Administración General, encontrándose en activo o en cualquier situación administrativa en la que se tenga derecho a la reserva del puesto de trabajo.

b) Tener una antigüedad de al menos dos años, en la Subescala de Gestión, de la Escala de Administración General.

c) Estar en posesión del titulo de Doctor, Licenciado Universitario, Arquitecto o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.

Estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la duración del proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Forma.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas habrán de hacerlo mediante instancia dirigida a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de El Padul, en ellas los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y que se compromete a prestar juramento o promesa a la toma de posesión si resultase seleccionado/a en la forma legalmente establecida.

Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

A la instancia se le adjuntará fotocopia del DNI, el resguardo de haber abonado los derechos de examen, y respecto a la fase de concurso, los documentos originales o legalmente compulsados sobre os méritos alegados y servidos a tener en cuenta, además de enumerarlos en su solicitud.

Los derechos de examen serán 32 euros, de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora, cantidad que deberá ser ingresada en la cuenta bancaria núm. 2031 0104 26 0100036679 de la Caja General de Ahorros de Granada, debiéndose abonar su depósito previo dentro del plazo de presentación de instancias, lo cual deberá acreditarse acompañando a la solicitud el correspondiente resguardo.

Las bases que rigen las presentes convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia.

4. Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia resolución de la Alcaldía con la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y el documento nacional de identidad y, en su caso, causa de exclusión. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de ser excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez más a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera, conforme al Anexo IV del R.D. 462/2002 de 2 de mayo, estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente: La Alcaldesa del Ayuntamiento o miembro de la misma en quien delegue.

- Secretario: el Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

- Vocales:

Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

Un miembro y suplente a designar por el Alcalde-Presidente de la Corporación.

Un miembro y suplente a designar por el Alcalde-Presidente de la Corporación.

La composición del tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a los exigidos para el acceso a las plazas convocadas. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de los miembros que actúen como presidente y secretario, de al menos, dos de sus vocales. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como presidente. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El tribunal calificador queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la apliación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos quienes actuarán con voz pero sin voto, pudiendo, igualmente y para un mejor desarrollo de los ejercicios, constituir por concurrir a las pruebas un elevado número de aspirantes, diferentes grupos de éstos, sometiéndoseles a la realización de ejercicios de similar contenido en consonancia con la titulación académica exigida en la convocatoria y programa de la misma, así como para establecen pruebas adicionales a las que figuren en las convocatorias en caso de producirse empates de puntuaciói entre los aspirantes. El tribunal adoptará en lo posible las medidas oportunas para garantizar que los ejercidos escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Los miembros del tribunal serán retribuidos por el concepto de asistencia a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y demás legislación de desarrollo. En los mismos términos, serán retribuidos los/as asesores de tribunal.

6. Procedimiento de selección.

En el Decreto por el que se apruebe la lista de admitidos, se determinarán la fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas selectivas, y designación del tribunal. Este Decreto se publicará, además de en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez comenzada las pruebas, los sucesivos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Los programas que han de regir estas pruebas selectivas son los que figuran detallados como anexo a las presentes bases.

6.A) Fase de concurso.

La valoración de los méritos en la fase de concurso, que no servirán para la superación de los ejercicios de la fase de oposición, se realizará por el Tribunal, no superando la puntuación del concurso el 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición, de la forma siguiente:

A) Por antigüedad.

Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública: 0,05 puntos, con un máximo de 4 puntos, despreciándose las fracciones. Se tendrán en cuenta todos los servicios prestados como funcionario de carrera así como los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

B) Por grado personal consolidado.

Por el grado que se posea consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de la autoridad competente, según el siguiente baremo:

- Grados del 24 al 26: 1 punto.

- Grados del 20 al 23: 0,75 puntos.

- Grados del 16 al 19: 0,50 puntos.

C) Por méritos académicos:

- Estudios superiores excluido el exigido para participar en la convocatoria: 0,50 puntos.

- Doctorado: 1 punto.

A estos efectos la titulación académica superior presupone la inferior por lo que únicamente si puntuará por una de ellas.

D) Por cursos:

- De 15 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,30 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos.

- De 201 horas en adelante: 1 punto.

Los cursos con menos de 15 horas o sin especificar tendrán una puntuación de 0,05 puntos.

La puntuación máxima por este apartado no superará los 3 puntos.

A tales efectos sólo se puntuarán aquellos cursos que tengan relación directa con el contenido de la plaza a la que se aspira, impartidos por Centros, Organismos o Instituciones de carácter público, que se hubieran celebrado con la Autorización expresa de los mismos, a criterio del Tribunal.

Los méritos en la fase de concurso sólo serán valorados si se encuentran debidamente justificados, a criterio del Tribunal. En toda la documentación que se aporte, deberán presentarse originales cotejados.

B) Fase de oposición.

Se realizará de conformidad con el contenido del programa, que figura como anexo a estas bases. Constará de dos ejercicios que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Teórico.

Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con respuestas alternativas, en un tiempo de 60 minutos, sobre los temas del anexo. El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio: Práctico.

Consistirá en resolver un supuesto práctico, de entre varios propuestos por el tribunal, en relación con las materias del programa contenido en el anexo, en un tiempo determinado inmediatamente antes del comienzo del Ejercicio por el tribunal y nunca superior a dos horas. Para la ejecución del mismo, se podrá utilizar legislación no comentada, y el resultado de la practica, habrá de plasmarse con medios informáticos, utilizando las aplicaciones que utilice el Ayuntamiento.

7. Desarrollo del ejercicio.

En cualquier momento, el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. La actuación de los aspirantes se iniciará por la letra que haya resultado del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para las pruebas selectivas que se celebren en el año 2006. Si no existe ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la referida letra actuará en primer lugar aquel aspirante cuyo primer apellido comience por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes. Los/as aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deben transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.

8. Calificación del ejercicio.

Las pruebas de la fase de oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos. La puntuación de dicha fase se obtendrá mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la misma, siempre y cuando se hayan obtenido como mínimo la puntuación de 5 puntos en cada uno. Si alguno de los temas o partes que obtenga la prueba el/la aspirante se calificase de 0 puntos, ello supondrá la descalificación del mismo, quedando por tanto eliminado El tribunal calificador podrá disponer que los opositores lean determinados ejercicios, lectura, que en su caso será pública. El número de puntos que podrá ser otorgado por cad niembro del tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. De las puntuaciones que otorguen los miembros del tribunal se eliminarán la mayor y la menor puntuación, de tal manera que a nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto del tribunal. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la misma y dividida por el número de los ejercidos realizados.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos del Ayuntamiento. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, siempre que se hubiese aprobado la fase de oposición. En caso d empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden:

1. mayor puntuación en la fase de oposición.

2. mayor puntuación en el ejercicio práctico.

3. mayor puntuación en la fase de concurso siguiendo el siguiente orden: Antigüedad en experiencia y después los cursos.

9. Propuesta de selección.

Concluida la sesión o sesiones de valoración y pruebas, el tribunal publicará en el tablón de anuncio de la corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación. El número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas, sobre los que elevará propuesta de nombramiento a la Alcaldía.

10. Presentación de documentos y nombramientos. El aspirante/s propuesto/s por el tribunal aportará ante la corporación dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de esta corporación, los documento acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente. Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos quedarán exentos de justificar las condiciones y requisitos debiendo presentar únicamente certificación de la administración u organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. En el supuesto de que algún aspirante fuera excluido por no presentación o falsedad en la documentación, el tribunal queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de lo excluidos, de aquellos aspirantes que, habiendo superado todas las pruebas, estén fuera del cupo de plazas convocadas.

Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia del aspirante o aspirantes seleccionado a la Alcaldía-Presidencia de Ayuntamiento a los efectos de los correspondientes nombramientos.

La Alcaldía, una vez los aspirantes propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento de los aspirantes que hubiesen obtenido plazas de funcionario/a, quienes deben tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al día en que le sea notificado.

Los candidatos/as que superen la convocatoria, desempeñarán las funciones propias de las plazas que accedan y quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades, lo que supondrá la prohibición de ejercer cualquier otra actividad en el sector público o privado sin el previo reconocimiento de compatibilidad, salvo las legalmente excluidas de dicho régimen.

11. Norma final.

Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados directamente ante el órgano de la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contado desde la fecha del día siguiente de la última publicación de las mismas. Asimismo, podrá presentarse recurso potestativo de reposición ante la Sra. Alcaldesa Presidenta, en el plazo de un mes ante este Ayuntamiento.

A N E X O

T E M A R I O

Bloque I

Tema 1. Estado social y democrático. Modelos, políticas y problemas actuales del Estado de bienestar.

Tema 2. La transición española a la democracia. El consenso constitucional de 1978. La consolidación del sistema democrático.

Tema 3. Gobiernos, partidos y sistemas de partidos en la España democrática.

Tema 4. Sociedad civil y grupos de interés en España. Participación política y ciudadanía.

Tema 5. La Constitución Española del 1978. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de forma.

Tema 6. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores en la Constitución española.

Tema 7. Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. Protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona.

Tema 8. La Corona. Atribuciones según la Constitución.

Tema 9. Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los reglamentos parlamentarios. Organos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 10. El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. La Ley de Gobierno. El control parlamentario del Gobierno.

Tema 11. El Poder Judicial.

Tema 12. El Tribunal Constitucional.

Tema 13. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 14. La Administración General del Estado.

Tema 15. Los sistemas políticos y la distribución territorial del poder; las formas de organizaciói territorial del Estado. El caso español; evolución y situación actual.

Tema 16. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 17. La Administración Institucional. Los organismos públicos. Organismos autónomos y entidades públicas empresariales.

Tema 18. La Administración Local: entidades que la integran. El marco competencial de la Entidades Locales.

Tema 19. La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización competencias. El Comité de las Regiones. La Unión económica y monetaria.

Tema 20. El Consejo de Europa: instituciones y organización.

Tema 21. El ordenamiento jurídico-administrativo (I): el derecho comunitario. La Constitución. La Ley. Sus clases. Los Tratados Internacionales.

Tema 22. El ordenamiento jurídico-administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.

Tema 23. El administrado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado; derechos subjetivos e intereses legítimos.

Tema 24. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma. Recursos administrativos: principios generales.

Bloque II

Tema 1. El Derecho Financiero: concepto y contenido. El Derecho Financiero como ordenamiento de la Hacienda Pública. El Derecho Financiero en el ordenamiento jurídico y en la Ciencia de Derecho. Relación del Derecho Financiero con otras disciplinas.

Tema 2. Las fuentes del Derecho Financiero. Los principios de jerarquía y competencia. La constitución. Los Tratados Internacionales. La Ley. El Decreto-Ley. El Decreto Legislativo. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Financiero.

Tema 3. Los principios constitucionales del Derecho Financiero. Principios relativos a los ingresos públicos: legalidad y reserva de ley, generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto público: legalidad y equidad, eficacia, eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público.

Tema 4. Aplicación del Derecho Financiero. Eficacia de las normas financieras en el tiempo. Eficacia de las normas financieras en el espacio. La interpretación de las normas financieras.

Tema 5. El poder financiero: concepto y límites. La distribución territorial del poder financiero. La ordenación constitucional del poder financiero en España. El poder financiero del Estado. El poder financiero de las Comunidades Autónomas: régimen general y regímenes especiales. El poder financiero de los entes locales.

Tema 6. El presupuesto: concepto y función. Los principios presupuestarios.

Tema 7. La Ley de Presupuestos en el ordenamiento español: naturaleza jurídica. Efectos de la Ley de Presupuestos sobre el gasto y sobre los ingresos públicos.

Tema 8. Los Presupuestos Generales del Estado: ámbito y estructura. El procedimiento presupuestario: la división de poderes en el ciclo presupuestario.

Tema 9. Elaboración, tramitación y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Ejecución y liquidación del presupuesto. El control externo del presupuesto.

Tema 10. La contabilidad de la Administración del Estado: normas reguladoras. La contabilidad de las Comunidades Autónomas. La Cuenta General del Estado. Las cuentas económicas del sector público.

Tema 11. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal. La Intervención General de la Administración del Estado: funciones y ámbito de actuación.

Tema 12. El control previo de legalidad de gastos y pagos y de ingresos. La omisión de la intervención. El control financiero: centralizado y permanente, de programas presupuestarios, de sistemas y procedimientos y de ayudas y subvenciones.

Tema 13. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público. El Tribunal de Cuentas: organización y funciones. La jurisdicción contable: procedimientos.

Tema 14. La relación jurídica-tributaria: concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsables. La solidaridad: extensión y efectos. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la deuda.

Tema 15. La base imponible. Métodos de determinación. La base liquidable.

Tema 16. El tipo de gravamen: concepto y clases. La cuota tributaria. La deuda tributaria: contenido.

Tema 17. La gestión tributaria: delimitación y ámbito.

Tema 18. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La declaración tributaria.

Tema 19. Los actos de liquidación: clases y régimen jurídico. La consulta tributaria.

Tema 20. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Tema 21: La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Tema 22. La extinción de la obligación tributaria.

Tema 23. El pago: requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias de la falta de pago y consignación.

Tema 24. Otras formas de extinción: la prescripción, la compensación, la condonación y la insolvencia.

Tema 25 La recaudación de los tributos. Organos de recaudación.

Tema 26. El procedimiento de recaudación en período voluntario.

Tema 27. El procedimiento de recaudación en vía de apremio: iniciación, títulos para la ejecución y providencia de apremio.

Tema 28: Aplazamiento y fraccionamiento del pago.

Tema 29. Desarrollo del procedimiento de apremio.

Tema 30. El embargo de bienes. Enajenación. Aplicación e imputación de la suma obtenida. Adjudicación de bienes al Estado.

Tema 31. Terminación del procedimiento ejecutivo. Impugnación del procedimiento.

Tema 32. Las garantías tributarias. Concepto y clases. Las garantías reales.

Tema 33. Derecho de prelación. Hipoteca legal tácita. Hipoteca especial. Afección de bienes. Derecho de retención. Las medidas cautelares.

Tema 34. La inspección de los tributos.

Tema 35. Actuaciones inspectoras para la gestión de los tributos: comprobación e investigación, obtención de información, la comprobación de valores e informe y asesoramiento.

Tema 36. Régimen jurídico de las funciones inspectoras. El procedimiento de inspección tributaria. Potestades de la inspección de los tributos. Documentación de las actuaciones inspectoras.

Tema 37. Las actas de inspección. La inspección de los recursos no tributarios.

Tema 38. Las infracciones tributarias: concepto y clases.

Tema 39. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de responsabilidad por infracciones.

Tema 40. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición.

Tema 41. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 42. Visión global del sistema tributario español. Distribución de las diferentes figuras entre los distintos niveles de Hacienda: estatal, autonómica y local. Funciones dentro del sistema de las distintas figuras tributarias. Relaciones entre los principales impuestos. Armonización fiscal comunitaria.

Bloque Ill

Tema 1. Las Haciendas Locales en España: principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas estatal, autonómica y local.

Tema 2. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria.

Tema 3. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica.

Tema 4 Las modificaciones de crédito: concepto, clases, financiación y tramitación

Tema 5. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos.

Tema 6. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada. Especial referencia a las desviaciones de financiación.

Tema 7. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis de remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.

Tema 8. La tesorería de las Entidades Locales. Régimen Jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: prelación, procedimientos y medios de pago. El estado de conciliación.

Tema 9. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición de fondos. La rentabilización de excedentes de tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tipos de interés n las operaciones financieras.

Tema 10. El sistema de contabilidad de la Administración local. Principios generales. Competencias. Fines de la Contabilidad. La Instrucción de contabilidad para la Administración local: estructura y contenido. Particularidades del tratamiento especial simplificado. Documentos contables. Libros de contabilidad.

Tema 11. La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.

Tema 12. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus Entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

Tema 13. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimientos e informes. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Las Normas de Auditoría del sector público.

Tema 14. El control externo de la actividad económico-financiera del Sector Público Local. La fiscalización de las Entidades Locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.

Tema 15. Los recursos de las Haciendas Locales: enumeración. Recursos de los municipios. Recursos de las provincias. Recursos de otras Entidades Locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingresos de derecho público.

Tema 16. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de los tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 17. La gestión, inspección y recaudación de los recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.

Tema 18. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y Bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral.

Tema 19. El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal. Gestión tributaria. Inspección censal.

Tema 20. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible, cuota y devengo. Gestión.

Tema 21. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota y devengo. Gestión. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión.

Tema 22. El régimen jurídico de las tasas y los precios públicos. Las tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo. Base imponible. Tipo de gravamen y deuda tributaria. Lo precios públicos. Concepto. Obligados al pago. Cuantía. Devengo. Las contribuciones especiales. Concepto. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Criterios de reparto. Cuota. Beneficios fiscales. Anticipo y aplazamiento de cuotas. Colaboración ciudadana. Las cuotas de urbanización.

Tema 23. Gestión de los Formatos de Intercambio bancario con las Administraciones. Especial referencia a los cuadernos CSB 60 y CSB 19.

Tema 24. Intercambio de datos de los padrones municipales con otras Administraciones.

El Padul, 1 de febrero de 2006.- La Alcaldesa-Presidenta, Teresa Martín Fernández.

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