Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 31 de mayo de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 691/2005. (PD. 2415/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20050013831.

Procedimiento: J. Verbal (N) 691/2005. Negociado: B.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Unión Financiera Asturiana, S.A.

Procurador: Sr. Feliciano García Recio Gómez.

Letrado: Sr. Alfredo Prieto Valiente.

Contra: Don Juan Manuel Serrano García.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 691/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de Unión Financiera Asturiana, S.A., contra Juan Manuel Serrano García sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga

Procedimiento: Juicio Verbal núm. 691/2005 B

SENTENCIA

En Málaga, a veintiséis de abril de dos mil seis.

Vistos por doña Mercedes Mate López, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga y su partido, los presentes autos del juicio verbal núm. 691/05 B, seguidos a instancia de la entidad Unión Financiera Asturiana, S.A., establecimiento financiero de crédito, representada por el Procurador don Feliciano García Recio y asistida por el Letrado don Alfredo Prieto Valiente; contra don Juan Manuel Serrano García, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, de acuerdo con los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador don Feliciano García Recio en nombre y representación de la entidad Unión Financiera Asturiana, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito, contra don Juan Manuel Serrano García:

Primero. Debo declarar y declaro resuelto anticipadamente el contrato de préstamo mercantil de fecha 2 de septiembre de 2004 suscrito entre las partes.

Segundo. Debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de dos mil trescientos cinco euros con veintiséis céntimos (2.305,26 euros), así como el interés legal de dicha suma, computado desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución.

Tercero. Todo ello se entiende con expresa imposición al demandado de las costas procesales.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá prepararse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mí. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Juan Manuel Serrano García extiendo y firmo la presente en Málaga a treinta y uno de mayo de dos mil seis.- El/La Secretario.

Descargar PDF