Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/06/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de 12 de junio de 2006, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 5 de mayo de 2005, recaída en el expediente PTO 135/04 sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de Bédar (Almería).

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Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 5 de mayo de 2005 adoptó en relación al expediente PTO 135/04 sobre modificación puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de Bédar (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento.

Conforme establece el art. 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 9.6.2006, y con el número de registro 1221 se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 5 de mayo de 2005, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Municipio de Bédar (Almería), supeditando su inscripción y publicación a que se establezca para su ordenación pormenorizada la elaboración

de estudio de detalle, así como la superficie mínima para cesión de dotaciones de 468 m, condición que ha sido subsanada, según escrito de 30.5.2006 (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

RESOLUCION

Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en sesión celebrada el día 5 de mayo de 2005, ha examinado el expediente núm. PTO-135/04 sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de Bédar (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, resultando del mismo los siguientes

HECHOS

Objeto y descripción.

El objeto del expediente que se analiza es ampliar la delimitación del suelo urbano en el núcleo de Bédar, reclasificando 1.655 m de suelo no urbanizable como suelo urbano no consolidado. Se prevé la construcción de 8 viviendas, con una superficie construida total de 864,70 m y una ordenación en la que el viario no conecta con la trama urbana. Se prevén 268 m de parcela de espacio libre, lo que supone 30 m/100 m construidos. No se hace cesión para sistema general de espacio libre de 200 m, lo cual se certifica mediante acuerdo del Ayuntamiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Competencia y procedimiento.

I. El artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, cohonestado con el artículo 10 del mismo cuerpo legal, establece que corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes: "La aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, los Planes de Ordenación Intermunicipal y los Planes de Sectorización, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural"; previsión legal desarrollada por el art. 13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a cuyo tenor: "Corresponde a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo: Aprobar los Planes Generales de Ordenación Urbanística y sus revisiones, así como las modificaciones cuando afecten a ordenación estructural y las adaptaciones que conlleven modificaciones del referido alcance".

II. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, regula en sus artículos 31, 32 y 33 las competencias y procedimiento para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento.

II. Valoración.El régimen de cesiones previsto legalmente es, además de la cesión del 10% del aprovechamiento municipal en parcelas ya urbanizadas, las correspondientes a las dotaciones que serán como mínimo de 468 m, incluyendo los espacios libres que corresponderían al sistema general.

En cumplimiento de lo establecido en la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y dado que en ésta se establecía la posibilidad de remitir la ordenación del ámbito a planeamiento de desarrollo, se informa favorablemente la presente modificación puntual, condicionado a que se establezca para su ordenación pormenorizada la elaboración de Estudio de Detalle, así como la superficie mínima de cesión para dotaciones de 468 m.

En su virtud, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda: La Aprobación Definitiva de la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del municipio de Bédar (Almería), supeditando su inscripción y publicación a que se establezca para su ordenación pormenorizada la elaboración de Estudio de Detalle, así como la superficie mínima de cesión para dotaciones de 468 m.En virtud de lo preceptuado en el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la publicación en BOJA de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, requiere el previo depósito en el registro del Ayuntamiento, así como en el de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, tal y como prevé el artículo 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 5 de mayo de 2005. Vº Bº El Vicepresidente, Luis Caparrós Mirón; El Secretario de la Comisión, Carlos Fernández Puertas.

ANEXO II

MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NN.SS. DE BEDAR

(ALMERIA)

MEMORIA JUSTIFICATIVA

1. Antecedentes.

Se redacta el presente documento a requerimiento de don José Sánchez Cánovas Diego, con DNI núm. 27.239.209, y domicilio en la calle Alborán, 24, El Palmeral, Mojácar, y a través de los servicios prestados por CONarte Arquitectos, C.B., cuyo contenido y objeto se exponen a continuación.

2. Justificación de la modificación y objeto.

El objeto del presente documento es la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Bédar, consistente en la realización de un cambio de los límites de suelo urbano.

Esta modificación consistente en restituir el límite de suelo urbano a lo indicado en los planos del Ayuntamiento de Bédar con anterioridad a las NN.SS., cumpliendo el régimen de cesiones en aplicación del art. 17 de la LOUA, para el ámbito de suelo urbano no consolidado, que afecta a esa solicitud, y ampliar este limita. Plano 1.1-1.1A-2.1-2.1A-3.1-4.15.1-5.2-6.1.

Este sector que se quiere incluir en suelo urbano cuenta con todos los servicios propios de solares urbanos, como acceso rodado, alcantarillado, electricidad, agua y alumbrado público.

Partiendo de la base de reconocimiento legal de la modificación del planeamiento, la razón en la que se basa esta modificación se lleve a cabo ya que ésta no obedece a criterios precisos para que la modificación se lleve a cabo ya que ésta no obedece a criterios arbitrarios, sino más bien a la realidad física del sector.

3. Descripción de los terrenos y superficies.

El ámbito del sector sobre el que se pretende plantear la Modificación Puntual de las NN.SS. de Bédar está en los alrededores de la Plazoleta de la Ermita, como se puede ver en el plano 1.1 que se adjunta al presente documento, limitado por:

Norte: Carretera de Lubrín.

Oeste: Suelo no urbano, y sin posibilidades de ampliarse.

Este: Plazoleta de la Ermita.

Sur: Suelo urbano.

La superficie del ámbito objeto del presente documento es de 1.655,00 m, de forma y topografía irregular, como se puede ver en el plano 4.1 que se adjunta al presente documento.

Considerando que las parcelas afectadas por esta modificación tienen una superficie total de 2.588.65,00 m.Plano 3.1 esto indica que parte de la parcela está dentro de suelo urbano según las NN.SS. de Bédar.

Se detalla en el plano 5.1 la implantación de viviendas y cesiones de acuerdo al art. 17 de la LOUA.

En la presente Modificación Puntual no se computan las superficies de los viales planteados y considera una superficie reservada a los Sistemas Generales de Espacios Libres (SGEL), de 5 m/hab., correspondiéndole una superficie de 200,00 m.

4. Justificación.

El presente documento de Modificación de las NN.SS. de Bédar obedece a la necesidad objetiva de restaurar los límites de suelo urbano establecidos con anterioridad a la redacción de la Normativa Vigente y ampliar dichos límites.

De esta manera se regulariza la situación de algunas parcelas, con licencia de obra anteriores a 1996, que estaban en suelo urbano y que con el actual límite de suelo urbano quedan fuera de Ordenación Urbana.

La incidencia de esta modificación no entorpece en manera alguna las previsiones de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Bédar, ni la ordenación prevista.

5. Desarrollo del suelo propuesto.

El suelo urbano incluido no tiene alineaciones.

El desarrollo pormenorizado del sector se establecerá mediante la futura redacción de un Estudio de Detalle.

6. Conclusión.

Con la presente documentación aportada se dan por subsanadas las deficiencias indicadas por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 17 de febrero de 2005.

Almería, 12 de junio de 2006.- El Delegado, Luis Caparrós Mirón.

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