Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 11/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 20 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Deslinde de la vía pecuaria "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el tramo que va desde el límite del suelo urbano actual hasta el cruce con la Vereda del Camino de Cabra a Priego, en el término municipal de Carcabuey, provincia de Córdoba (VP 233/02).

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el tramo comprendido desde el límite del suelo urbano actual hasta el cruce con la Vereda del Camino de Cabra a Priego, en el término municipal de Carcabuey (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el término municipal de Carcabuey, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 11 de febrero de 1959, publicada en el Boletín Oficial del estado de fecha 18 de febrero de 1959.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 8 de mayo de 2002 se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el término municipal de Carcabuey, en la provincia de Córdoba, por conformar dicha vía pecuaria la Ruta Zuheros-Priego de Córdoba, en los términos municipales de Zuheros, Priego de Córdoba y Carcabuey, en la provincia de Córdoba.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 10 de julio de 2002, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 110, de fecha 13 de junio de 2002.

En el acto de apeo no se formularon alegaciones por parte de los asistentes al mismo.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 107, de fecha 8 de agosto de 2003.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de diciembre de 2004.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el término municipal de Carcabuey, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 11 de febrero de 1959, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que en el presente Deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley/1999, de de enero, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto/1998, de de

julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba con fecha 5 de noviembre de 2003, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el tramo comprendido desde el límite del suelo urbano actual hasta el cruce con la Vereda del Camino de Cabra a Priego, en el término municipal de Carcabuey, provincia de Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 1.958,05 metros.

- Anchura: 10 metros.

Descripción:

"Finca rústica, en el término municipal de Carcabuey, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 10 metros, la longitud deslindada es de 1.958,052 metros, la superficie deslindada es de 19.581,8067 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Colada de las Palomas a los Mármoles", en el tramo que va desde el límite del suelo urbano actual hasta el cruce con la Vereda de Cabra a Priego, que linda al Norte: con la Vereda del Camino de Cabra a Priego. Al Sur: con el núcleo urbano de Carcabuey. Al Este: con fincas de Marín Roca, Antonio; Franco Pareja, Rafael; Lucena Roca, Manuela; Ayora Baena, Dolores; Serrano Povedano, Antonio; Ayora Castro, José; Castro Luque, José Antonio; Luque Sicilia, Francisco; Trillo Jiménez, Angeles; Ortiz Franco, Manuel; Castro Barraza, Mercedes; García Cordón, Andrés; Arrebola Trillo, Aurora; Sánchez Serrano, Dolores; Ortiz Muriel, Miguel; García García, Encarnación; Rico Castro, Rafael; Molina Aguilar, Francisco; Castro Luque, Cristobalina; Marín Pérez, Margarita; Pérez Carrillo, Josefa; Serrano Franco, Manuel. Al Oeste: con fincas de Gómez Fernández, Valentín; Ayto. de Carcabuey; Ruiz Tirado, Marcela; Jiménez Heredia, Luis; Ballesteros Cabezuelo, Manuel; Rodríguez Roldán, Carmen; Trillo Jiménez, Angeles; Cruz Camarasaltas, Ventura; Avila Gómez, Antonio; Lozano Luque, Rogelio; Avila Gómez, Antonio; Roca Ortiz, José; Luque Osuna, Aurora; Pérez Carrillo, Julián; Luque Osuna, Mercedes; Luque Osuna, Aurora; Jiménez Luque, Dolores; Hinojosa Sicilia, Antonio; Ortiz de Galisteo

Castro, Gracia; Lucena Medina, Vicente, y Lucena Medina, Vicente."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 20 de junio de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 20 DE JUNIO DE 2006, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "COLADA DE LAS PALOMAS A LOS MARMOLES", EN EL TRAMO QUE VA DESDE EL LIMITE DEL SUELO URBANO ACTUAL HASTA EL CRUCE CON LA VEREDA DEL CAMINO DE CABRA A PRIEGO, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CARCABUEY, PROVINCIA DE CORDOBA

(EXPTE. VP 233/02)

"COLADA DE LAS PALOMAS A LOS MARMOLES",

T.M. CARCABUEY (CORDOBA)

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