Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 16 de enero de 2006, de la Dirección General de Producción Agraria, por la que se convocan para el año 2006 las ayudas para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino, reguladas en la Orden que se cita.

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La Orden de 1 de junio de 2005 (BOJA núm., de 9 de junio), de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regula el procedimiento para la concesión de subvenciones para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 10 que la convocatoria de estas ayudas queda condicionada a la resolución que al efecto emita la Dirección General de la Producción Agraria, en la que se determinará tanto el plazo de presentación de solicitudes, como los sectores a que afecte.

En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

Primero. Se convoca para el ejercicio 2006 la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden de 1 de junio de 2005, de ayudas para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces públicos, así como para la construcción y adecuación de centros de aislamiento de bovino, ovino y caprino.

Para el año 2006 la convocatoria afectará a los sectores ganaderos de bovino, ovino, caprino, porcino, avícola y cunícola y su concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias del ejercicio 2006.

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura como Anexo II a la citada Orden de 1 de junio de

2005, teniendo en cuenta la tabla de equivalencias del Anexo I para la determinación de unidades de ganado mayor (U.G.M.).

Sevilla, 16 de enero de 2006.- El Director General, Manuel Sánchez Jurado.

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