Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 17/10/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

CORRECCION de errores del Anuncio del Ayuntamiento de Mijas, de bases para la selección de Policías Locales (BOJA núm. 142, de 25.7.2006).

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Corrección de las bases para la provisión, por promoción interna, de dos plazas de funcionarios de carrera, de la Escala de Admón. Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Categoría Oficial, por el sistema selectivo de concurso-oposición (publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 142, de 26 de julio del 2006, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 142, de 25 de julio del 2006):

6. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 201/2003, contará con la siguiente composición:

Presidente: El Alcalde Presidente de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Dos vocales designados por el Alcalde.

- Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

- Un funcionario de carrera, designado por la Junta de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

6.2. Se designarán otros tantos suplentes, que, en el caso de no poderlo hacer los titulares, integrarán el Tribunal.

6.3. El Tribunal podrá nombrar cuantos asesores estime necesarios para la realización de las pruebas.

6.4. El Tribunal podrá actuar válidamente cuando concurran el presidente, el secretario y dos vocales.

6.5. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y celebración del concurso-oposición en todo lo no previsto en las presentes bases.

7. Procedimiento de selección.

7.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

7.2. El desarrollo del concurso será previo al de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 201/2003.

7.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único, por el orden de actuación que resulte en el sorteo realizado y publicado por la Secretaria General para la Administración Pública del Ministerio de Administraciones Públicas.

7.4. Salvo casos de verdadera fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, la no presentación a alguno de los ejercicios implicará la renuncia definitiva a tomar parte o continuar las pruebas.

7.5. Comenzados los ejercicios el Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los concursantes para que acrediten su identidad.

7.6. La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será la establecida en el art. 6.i) del Decreto/2003.

10. Puntuación final.

10.1. Consistirá en la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la fase de oposición, debiendo superar en la fase de oposición una puntuación de al menos cinco puntos.

10.2. Una vez obtenida la puntuación final, el Tribunal publicará en el lugar de celebración del último ejercicio y tablón de anuncios el nombre del/los candidato/s aprobados por orden de puntuación, elevando al órgano correspondiente propuesta de los aspirantes que deban realizar el correspondiente curso selectivo.

11. Nombramiento.El Tribunal, de los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, elevará propuesta a la Alcaldía para que proceda al nombramiento de funcionarios de carrera.

No podrá declararse superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

12. Toma de posesión.

Los aspirantes que sean nombrados funcionarios de carrera tomarán posesión en la forma y plazo que establece la legislación vigente.

Mijas, 20 de septiembre de 2006.

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