Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 12 de diciembre de2005, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se conceden subvenciones a determinados Ayuntamientos de la provincia de Granada para la mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz(Ejercicio 2005).

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De conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 de la Orden de 13 de junio de 2005, por el que se delegan competencias en los titulares de las Delegaciones Provinciales para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, esta Delegación Provincial.

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar las subvenciones reguladas en la Orden de

13 de junio de 2005 para la mejora de infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz a los Ayuntamientos de los municipios de Granada que se relacionan en el Anexo III de la Resolución de la Delegación Provincial de 12 de diciembre de 2005, por las cuantías, actuaciones y proyectos que en el mismo se especifican.

Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Orden la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se presentará, como máximo, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad, a cuyo efecto se establece un plazo máximo de ejecución de dos meses en el caso de bienes inventariables e informática y de tres meses en caso de obras, contados en ambos casos desde la recepción material de pago en la Tesorería del Ayuntamiento.

Tercero. El importe de las subvenciones se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.18. .761.00.14B.6. por un importe global de 208.041,57 euros.

Cuarto. La forma y secuencia del pago se ajustará a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 13 de junio de

2005, realizándose el abono de las subvenciones en un único pago por el importe total de las mismas.

Quinto. La justificación de la subvención percibida se realizará ante esta Delegación Provincial aportando la documentación relacionada en el artículo 14 de la Orden.

Sexto. El texto integro de la Resolución de 12 de diciembre de

2005, se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de esta Delegación Provincial en los términos de los artículos

59.5.b) y 60 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en el sitio web de la Consejería de Justicia y Administración Pública (www.

juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica).

Séptimo. Contra la Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Delegado Provincial de Justicia y

Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, recursos contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes al de la mencionada publicación.

Granada, 12 de diciembre de 2005.- La Delegada, Begoña Alvarez Civantos.

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