Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de octubre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis), dimanante del procedimiento verbal núm. 791/2005. (PD. 4819/2006).

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EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 791/2005, seguido en el J. Primera Instancia Núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis) a instancia de Luis Fernández Medina, contra Construcciones JACC y Otros, S.L., sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 174/06

En Torremolinos, a tres de octubre de dos mil seis.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Dos de los de Torremolinos, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado con el número 791/05, y seguido entre partes, de una y como demandante don Luis Fernández Medina, con domicilio en Benalmádena (Málaga), Urbanización "Torremar", calle Berlín, 14, provisto del DNI núm. 23.558.308-Y, representado por la Procuradora doña María del Rocío Ruiz Pérez y asistido por el Letrado don Francisco Javier López Linares, y de otra y como demandada la entidad mercantil Construcciones JACC y Otros, S.L., con domicilio en Torremolinos (Málaga), calle Teresa de Calcuta, número 16, en situación procesal de rebeldía, sobre desahucio de local por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña María del Rocío Ruiz Pérez, en nombre y representación de don Luis Fernández Medina, contra la entidad mercantil Construcciones JACC y Otros, S.L., en situación procesal de rebeldía:

1.º Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento del local comercial Nave-Almacén D-1-10-F, sito en la parcela 71-Bis) del Parque Empresarial "El Pinillo", calle Madre Teresa de Calcuta, número 16, de Torremolinos (Málaga), suscrito entre ambas partes litigantes.

2.º Debo condenar y condeno a la expresada demandada a que abone al actor la suma de once mil veinte euros tres céntimos (11.020,3 euros), importe de las once mensualidades de renta vencidas e impagadas al mes de febrero de 2006, en que se abandonó el referido local por el demandado, así como gastos de luz a cuyo pago se había obligado el arrendatario en virtud del contrato. Más los intereses legales de la referida cantidad, desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, incrementados en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra esta cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

Hágase saber a la parte condenada que de interponer recurso de apelación, éste no será admitido a trámite si no acredita, al tiempo de interponerlo, haber consignado el importe del principal y los intereses devengados hasta la fecha.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por la Sra. Magistrado-Juez que la dicta, el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sala de su Juzgado; doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Construcciones JACC y Otros, S.L., extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a veinticuatro de octubre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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