Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 19/12/2006

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

EDICTO de 28 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga, dimanante del procedimiento de divorcio núm. 1223/2005.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 1223/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga a instancia de Essaadia El Khayati contra Mohammed Rida, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 934/06

En la ciudad de Málaga, a dos de noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga y su Partido, los autos de juicio de Divorcio incidental núm. 1223/05 promovidos por el Procurador don Jesús Manuel Salinas López, asistido de la Letrada doña M.ª Teresa García Gómez en nombre y representación de doña Essaadia El Khayathy frente a don Mohammed Rida, en situación procesal de rebeldía. Siendo precisa la intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por doña Essaadia El Khayathy representada por el Procurador don Jesús Manuel Salinas López, contra don Mohammed Rida, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio existente entre ambas partes, decretando la vigencia de las medidas acordadas en Sentencia de Separación dictada por este Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga, en fecha 16 de febrero de 2005. Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que, en su caso conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y firme que sea esta resolución, expídase el oportuno despacho al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para la anotación marginal de la misma en su inscripción registral.

Así por esta mi sentencia, que se unirá al legajo de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohammed Rida, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintiocho de noviembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

Descargar PDF