Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 05/01/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 19 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, de modificación de la Resolución de 21 de octubre de 2005, por la que se convoca proceso de selección de personal estatutario temporal para la cobertura provisional de plazas básicas del Servicio Andaluz de Salud.

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La Resolución de 21 de octubre de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 212, de 31 de octubre), por la que se convoca proceso de selección de personal estatutario temporal para la cobertura provisional de plazas básicas del Servicio Andaluz de Salud, contiene en el Anexo III, dedicado a Baremo de Méritos para los Grupos A, B, C, D y E, el cómputo de los servicios prestados por el personal de refuerzos en Atención Primaria y facultativo de Atención Especializada con nombramiento eventual específico para la realización de atención continuada -guardias médicas-.

Dicho cómputo no está recogido expresamente en el Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad, sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud, publicado mediante Resolución de 18 de octubre de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional (BOJA núm. 211, de 28 de octubre), por lo que previo acuerdo alcanzado entre esta Administración y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas conforme a lo dispuesto en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejeria de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V E

Modificar la Resolución de 21 de octubre de 2005 (BOJA núm.

212, de 31 de octubre), suprimiendo el párrafo dedicado al cómputo de los servicios prestados por personal de refuerzos en Atención Primaria y facultativo de Atención Especializada con nombramiento eventual específico para la realización de atención continuada -guardias médicas-, para los grupos A, B, C, D y E.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contados desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de diciembre de 2005.- El Director General, P.S. (Resolución 12.12.2005), El Director General de Gestión Económica, Francisco Fontenla Ruiz.

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