Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 6 de febrero de 2006, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se efectúa la primera convocatoria del año 2006 de concesión de subvenciones para la realización de actividades de investigación en materia de arquitectura y vivienda.

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La Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 30 de junio de 2005 regula la concesión de subvenciones para la realización de actividades de investigación en materia de arquitectura y vivienda, estableciendo convocatorias bianuales y procediendo a la convocatoria del ejercicio 2005, todo ello para el cumplimiento de las funciones que el Decreto/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de esta Consejería, atribuye a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en materia de impulso y desarrollo de actividades que faciliten o aporten bases de investigación.

En la disposición adicional primera de la citada Orden se delega en el titular de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda la facultad para realizar, mediante Resolución, sucesivas convocatorias.

En su virtud, en ejercicio de la competencias atribuidas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.5 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

HE RESUELTO

Primero. Realizar la primera convocatoria del año 2006 para la concesión de subvenciones para las actividades de investigación en materia de arquitectura y vivienda al amparo de la Orden de 30 de junio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para actividades de investigación en materia de arquitectura y vivienda.

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los interesados en concurrir a esta convocatoria presentarán, con la solicitud, la documentación establecida en el artículo 6 de la mencionada Orden de 30 de junio de 2005.

Sevilla, 6 de febrero de 2006.- El Director General, José Mellado Benavente.

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