Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2006

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ACUERDO de 27 de enero de 2006, de la Delegación Provincial de Sevilla, dictado en el expediente 2004/41/158 sobre protección de menores, por la que se regula un nuevo Documento Regulador de Relaciones Personales.

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Nombre y apellidos: Don Angel Bautista Monsalvete y doña Angeles Martínez Utrera.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose el interesado en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación integra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 27 de febrero de 2006 la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba señalado, acordó un nuevo Documento Regulador de Relaciones Personales en el que se establece que el menor M.A.B.M. gozará de una salida quincenal con sus padres durante una tarde del fin de semana bien sea sábado o domingo a criterio del centro.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto núm., 3.ª planta.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites establecidos en los artículos 779 y siguientes de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegios de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuita por el abogado y procurador en el procedimiento judicial cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario estará obli

gado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Sevilla, 27 de enero de 2006.- La Delegada, M.ª José Castro Nieto.

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