Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 20 de diciembre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), sector «Los Zahonjes» (Expte. SE-650/04), y se ordena la publicación del contenido de sus normas urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), sector «Los Zahonjes».

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 18 de enero de 2007, y con el número de registro 1.702, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Alcalá del Río.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), sector «Los Zahonjes» (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), sector “Los Zahonjes”, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

HECHOS

Primero. El presente proyecto fue sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla que, en su sesión de fecha 9.5.05, acordó suspender su aprobación definitiva para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de Alcalá del Río se procediera a subsanar las deficiencias que se señalaban en la Resolución.

El Ayuntamiento de esa localidad, en sesión plenaria de fecha 9.11.2006, ha aprobado un documento que subsana las deficiencias manifestadas por la aludida resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Alcalá del Río para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el nuevo documento que ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcalá del Río con fecha 9.11.2006 se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común, ha

RESUELTO

Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), sector “Los Zahonjes”, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 12 de febrero de 2004 y documento reformado, aprobado por el Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 9 de noviembre de 2006, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

Las condiciones generales de desarrollo adoptadas para el nuevo sector son:

AR 8
Superficie total (m 152.089
Edificabilidad residencial (m 0,5
Edificabilidad industrial (m
Edificabilidad total (m 0,5
Sistemas Generales Adscritos 6.800
% en relación al sector 4.50
% en relación al total urbanizable 2.90
Superficie de cálculo (m 145.289
Nº máximo de viviendas 500
Densidad edificatoria (viv/ha) 34,50
Aprovechamiento. Tipo 0,4613
U.A. Residencial Industrial 70.159
C.P. Residencial Industrial 1
Exceso/Defecto de aprovechamiento
Cesiones (%/m Espacio Libre 14.529
Escolar 6.000
Deportivo 3.000
SIPS 2.000
Superficie edificable Residencial 70.159
Industrial

Los objetivos específicos que se pretenden lograr con la clasificación de este nuevo sector son:

- Ampliar el suelo residencial para el crecimiento poblacional de Alcalá del Río.

- Formalización y ordenación de los límites de la ciudad por la zona más conveniente.

- Obtención del aprovechamiento derivado del desarrollo del planeamiento correspondiente al Ayuntamiento.

- Materialización del acceso desde la carretera C-431.

Para lo cual, se deberán seguir las siguientes observaciones:

- Continuar en lo posible con el viario definido en el sector SUR-AR5 a fin de establecer una comunicación directa con el núcleo urbano.

- Previsión de una franja de protección lateral de la carretera C-431 constituida por espacio libre hasta 25 m respecto al borde de la calzada conforme a la Ley de Carreteras 25/88 y su Reglamento.

- El planeamiento de desarrollo del sector comprenderá la conexión del viario a la C-431 mediante la ejecución del sistema general adscrito SG-AR9.

Usos y tipologías.

Los usos y tipologías adoptados para el nuevo sector concuerdan con los definidos con carácter extensivo en el Plan General en vigor.

Sevilla, 7 de mayo de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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