Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 25/07/2007

1. Disposiciones generales

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Acuerdo de 10 de julio de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía (2007-2011).

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La Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2006, núm. 208, para cumplir la Agenda de Modernización para las Universidades: Educación, Investigación e Innovación, considera que la mejora de la eficacia de la financiación de las universidades será un cambio clave para el éxito de la estrategia de Lisboa.

La citada comunicación marca una orientación que debe tenerse en cuenta en orden a la determinación de la financiación del Sistema Universitario Andaluz, toda vez que en la misma se definen los objetivos que, a juicio de la Comisión, permitirán cumplir los compromisos derivados de la agenda de Lisboa y, también algunos instrumentos para la consecución de aquellos.

Las universidades tienen un papel clave en el futuro de Andalucía y en el éxito de la transición a una economía y una sociedad basadas en el conocimiento. Sin embargo, este elemento crucial para la economía y la sociedad está necesitado de una reorientación y modernización que lo adapte a las necesidades cambiantes del entorno si Andalucía quiere situarse en lugares avanzados en la competencia mundial de la educación, la investigación, la transferencia del conocimiento y la innovación.

Con la finalidad de que la financiación de las Universidades Públicas de Andalucía encuentre el equilibrio adecuado entre la financiación básica, la competitiva y la basada en los resultados, de acuerdo con la nueva y renovada posición de las relaciones económico-financieras entre la Comunidad Autónoma y las Universidades, y en cumplimiento del mandato legal establecido en el artículo 91.2 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, una vez emitido informe favorable por el Consejo Andaluz de Universidades, de acuerdo con lo establecido en los artículos 73.a) y 74.2.c) de la precitada Ley Andaluza de Universidades y al amparo de lo dispuesto en el artículo 21.6 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía y de las competencias atribuidas por el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en su sesión del día 10 de julio de 2007, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobación del Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2007-2011.

Se aprueba el Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2007-2011 que figura en el Anexo del presente Acuerdo.

Segundo. Desarrollo y ejecución.

Se autoriza al titular de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, dentro del marco presupuestario y legal vigente, para dictar las disposiciones necesarias en orden a la ejecución y desarrollo del presente Acuerdo, todo ello sin perjuicio de las competencias que corresponden dentro de su marco normativo, al titular de la Consejería de Economía y 
Hacienda.

Sevilla, 10 de julio de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

ANEXO

MODELO DE FINANCIACIóN DE LAS UNIVERSIDADES PúBLICAS DE ANDALUCíA 2007-2011

1. Elementos conceptuales.

Con fecha 10 de mayo de 2006, la Comisión Europea remitió al Consejo y al Parlamento Europeo la comunicación núm. 208, relativa al cumplimiento de la Agenda de Modernización para las Universidades: Educación, Investigación e Innovación.

Indiscutiblemente, la citada comunicación marca una orientación que debe tenerse en cuenta en orden a la determinación de la financiación del Sistema Universitario Andaluz, toda vez que en la misma se definen los objetivos que, a juicio de la Comisión, permitirán cumplir los compromisos derivados de agenda de Lisboa y, también, algunos instrumentos para la consecución de aquellos.

El protagonismo de las universidades en las economías basadas en la innovación permanente les obliga a asumir funciones nuevas, tanto en su interacción con el sector productivo como en la explotación de sus resultados científicos y tecnológicos. Junto a las funciones docentes, de investigación y transferencia del conocimiento, las universidades asumen, en la Sociedad del Conocimiento, el deber de comprometerse con el desarrollo social y económico del territorio donde se ubican. Este compromiso se extiende a dar respuesta adecuada a situaciones emergentes, especialmente en Andalucía, como la multiculturalidad, el creciente acceso del colectivo afectado por algún tipo de discapacidad a los estudios universitarios o convertirse en importantes agentes de cooperación internacional.

Las universidades, adquieren así un papel clave en el futuro de Andalucía y en el éxito de la transición a una economía y una sociedad basadas en el conocimiento. Sin embargo, este elemento crucial para la economía y la sociedad, está necesitado de una reorientación y modernización que lo adapte a las necesidades cambiantes del entorno si Andalucía quiere situarse en lugares avanzados en la competencia mundial de la educación, la investigación y la innovación.

Las universidades deben financiarse más por lo que hacen que por lo que son, centrando la financiación más en los resultados pertinentes que en los insumos, y adaptándolas a la diversidad de perfiles institucionales. Las universidades deben asumir una mayor responsabilidad por su propia sostenibilidad financiera a largo plazo, sobre todo por lo que respecta a la investigación: Esto supone una diversificación proactiva de sus fuentes de financiación mediante la colaboración con empresas (también en forma de consorcios transfronterizos), fundaciones y otras fuentes privadas.

La financiación de las Universidades Públicas Andaluzas, atendiendo a los principios básicos establecidos en el artícu-
lo 91.2 de la Ley 15/2003, debe encontrar el equilibrio adecuado entre la financiación básica, la competitiva y la basada en los resultados (apoyada en un sólido aseguramiento de la calidad) para la educación superior y la investigación de base universitaria. La financiación competitiva debe basarse en sistemas de evaluación institucionales y en indicadores de rendimiento diversificados con objetivos claramente definidos, apoyados en evaluaciones comparativas internacionales tanto para los insumos como para los resultados económicos y sociales.

Por todo ello, entendemos que la universidad debe financiarse en razón de tres conceptos: Formación, investigación e innovación, que engloban las funciones que tiene la universidad andaluza encomendadas, compartiendo y transfiriendo conocimientos con la sociedad y reforzando el diálogo con todas las partes interesadas.

Cada uno de estos conceptos debe ser atendido financieramente siguiendo principios de capacidad instalada, actividad desarrollada, calidad de las mismas y cumplimiento de objetivos de mejora progresiva.

La financiación del Sistema Universitario Público Andaluz se compone de fuentes público-privadas. En el año 2006 se ha alcanzado la suficiencia financiera del sistema, año en el que la participación pública ha sido del 0,96% del PIBR pm.

El modelo 2002-2006 de financiación de las Universidades Públicas de Andalucía, aprobado el 27 de noviembre de 2001, ha supuesto un cambio esencial en la manera de atender las necesidades de las distintas universidades. Fruto de él y alcanzado un importante grado de suficiencia financiera, debe ser el nuevo modelo, que, basado en la garantía y confianza mutua en los datos de referencia del mismo, debe permitir incorporar los aspectos fundamentales marcados por la comunicación arriba referenciada para la modernización de las distintas actividades universitarias necesarias para un mayor y mejor desarrollo de Europa. Para ello debe elaborarse una evaluación del modelo que finaliza, e identificar las consecuciones obtenidas para cumplimentar el Dictamen parlamentario relativo a la situación del Sistema Universitario Andaluz, aprobado por el Parlamento de Andalucía en sesión celebrada los días 6 y 7 de junio de 2001.

2. Modelo de destino en cinco años.

• Plena implantación del sistema de innovación docente.

• Participación en programas de investigación nacionales y/o comunitarios con un crecimiento anual del 10% y el 20% respectivamente.

• Plena inserción laboral de los egresados en los dos años siguientes a la graduación.

• Consolidación de la capacidad de emprendimiento de profesores y alumnos:

- 20% del total de egresados en los tres años siguientes a la graduación deben crear su propia empresa.

- 20% del profesorado desarrollará colaboración estable con el tejido productivo.

• Plena incorporación de las TICs al hacer universitario: Formación, investigación y gestión. Plena operatividad del campus virtual.

• Globalización de la actividad docente e investigadora (5% del profesorado y 10% del alumnado procederá de otros países).

• Desarrollo e implantación completa de sistema de gestión por procesos y competencias.

• Obtención de fondos procedentes de otras fuentes públicas y privadas que lleguen al 30% del total de la financiación del sistema universitario.

• La participación de la mujer en los órganos de gestión y dirección de la Universidad no debe ser en ningún caso inferior al 40% del total. Igualmente, las catedráticas e investigadoras principales deben superar el umbral del 20% para ambas categorías.

3. Financiación global del Sistema Público Universitario Andaluz.

A partir de la actual aportación presupuestada por la Junta de Andalucía del 0,96% del PIB andaluz, se fija el objetivo de alcanzar al final del período de vigencia del Modelo un montante global de financiación de las Universidades Públicas de Andalucía que represente el 1,5% del PIB andaluz a precios de mercado.

Se establece igualmente el objetivo para el final del período de que un 70% de la citada financiación proceda del presupuesto de la Junta de Andalucía para las Universidades Públicas y el restante 30% de otros fondos públicos y privados.

Con este fin, se establecerá para alcanzar el objetivo previsto del 1,5% una senda anual de crecimiento gradual y sostenido, equivalente, al menos, al crecimiento del PIB andaluz a precios de mercado. En caso de que el anterior incremento sea inferior al doble del IPC podrá aumentarse hasta un 2% adicional.

El Modelo garantizará un incremento de la financiación operativa, excluidas las convocatorias competitivas, de cada universidad equivalente al incremento anual del IPC. Se detraerá del total de la financiación del Sistema la cantidad necesaria para equilibrar dicho incremento.

La composición de la financiación pública tiene los siguientes capítulos:

• Financiación operativa incluidas convocatorias competitivas de investigación: (81,5%).

- Universidad Internacional de Andalucía -UNIA- (1% de la financiación operativa excluidas convocatorias competitivas de investigación).

- Convocatorias competitivas (9,2% de la financiación operativa, excluida UNIA).

• Financiación de inversiones de carácter general: (9,5%). (Plan Plurianual de Inversiones para las Universidades Públicas Andaluzas y otras inversiones de carácter general financiadas por la Junta de Andalucía).

• Inversiones en infraestructuras de investigación: (2%).

• Convocatoria institucional de inversiones en infraestructuras y equipamiento científico general en la que las universidades priorizarán las inversiones (2%), correspondiéndose en el 2007 y sumada a la ayuda paralela institucional de los proyectos de investigación, con la cuota de participación de cada universidad en el conjunto del Sistema. Esta partida irá reduciéndose anualmente en 0,5% de manera que desaparecerá en 2011. La cantidad detraída pasará a engrosar la financiación operativa de manera que en 2011 ésta representará el 83,5% del total.

• Financiación de la insuficiencia financiera a 31.12.2002: (1,5%).

• Reserva de Contingencia: (2%). De aquellas cantidades de la reserva de contingencia que cada año no sean comprometidas, hasta un 1% de la financiación global será destinada preferentemente a saneamiento de la insuficiencia financiera, siendo el resto distribuido entre las universidades en virtud de la aplicación del Plan de Innovación Docente y la aplicación de las TICs.

• Agencia Andaluza de Evaluación de la calidad y Acreditación Universitaria - AGAE-: (0,5 %).

• Gestión y coordinación: (1%).

Las convocatorias competitivas de ayudas y proyectos de investigación destinarán un 15% en concepto de ayuda paralela institucional.

Si del informe del Consejo de Coordinación Universitaria sobre financiación universitaria se derivaran mejoras en la financiación transferida por la Administración central a nuestra Comunidad, estas cantidades serán aplicadas adicionalmente a las previstas en el Modelo de Financiación.

En el supuesto de que de la aplicación de la disposición adicional segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se deriven transferencias a la Comunidad Autonómica de Andalucía, aquellas partes incluidas en el Modelo de Financiación serán aplicadas directamente a la financiación de inversiones universitarias.

4. Financiación operativa.

El nuevo modelo de financiación operativa quedará centrado en torno a tres grandes capítulos, con los siguientes pesos específicos:

4.1. Formación: 60%.

4.2. Investigación: 30%.

4.3. Innovación: 10%.

En cada uno de ellos se determinará la financiación, por una parte teniendo en cuenta las necesidades derivadas de sus estructuras fijas y por otra, tomando en consideración una serie de objetivos y compromisos definidos anualmente con un horizonte de cinco años que serán evaluados anualmente a través de coeficientes con sus correspondientes indicadores.

Para los distintos indicadores se asignará la cuota de participación de cada universidad de acuerdo con los siguientes parámetros en igual medida:

1. Valor del indicador respecto al valor objetivo 2011.

2. Velocidad de crecimiento anual del indicador respecto de la velocidad objetivo marcada para el mismo que será proporcional a la distancia al valor objetivo 2011.

4.1. Formación.

4.1.1. Objetivos estratégicos.

Las universidades poseen el potencial necesario para desempeñar un papel vital en la consecución del objetivo de Lisboa de dotar a Europa de las capacidades y competencias necesarias para lograr el éxito en una economía globalizada y basada en el conocimiento.

Para resolver los desajustes que existen entre las cualificaciones de los licenciados y las necesidades del mercado de trabajo, los programas universitarios deben estructurarse de manera que se mejore directamente la empleabilidad de los licenciados. Las universidades deben ofrecer planes de estudio, métodos docentes y programas de formación o readiestramiento innovadores que, a las capacidades más propias de la disciplina, sumen otras de carácter más amplio relacionadas con el empleo. En los planes de estudio deben integrarse períodos de prácticas en las instituciones y empresas con créditos reconocidos.

Esto se aplica a todos los niveles de la educación, es decir, diplomatura, licenciatura, máster y doctorado. Conlleva, asimismo, la oferta de cursos para adultos no vinculados a una licenciatura, por ejemplo cursos de readiestramiento, y cursos puente para alumnos que no han seguido los itinerarios tradicionales.

Incluso se pretende ir más allá de las necesidades del mercado de trabajo y estimular una mentalidad emprendedora entre los alumnos y los investigadores. Por lo que se refiere al doctorado, esto significa que los doctorandos que aspiren a desarrollar una carrera profesional como investigadores adquieran, además de la formación científica propia de su área de conocimiento y en técnicas de investigación, capacidades en materia de gestión de la investigación y los derechos de propiedad intelectual, comunicación, creación de redes, espíritu empresarial y trabajo en equipo.

De un modo más general, las universidades tienen que afrontar de forma más directa los retos y las oportunidades que representa el aprendizaje a lo largo de la vida. Esta formación permanente plantea, en efecto, un desafio, pues exigirá que las universidades estén más dispuestas a ofrecer cursos para un alumnado de edad más avanzada. Pero también les ofrece una oportunidad, ya que, de lo contrario, corren el riesgo de ver cómo en los próximos años disminuye el número de matriculaciones de alumnos salidos directamente del colegio o el instituto, si se atiende al cambio demográfico que en Andalucía se está produciendo y a las expectativas profesionales de los jóvenes.

En resumen, dado que la integración de los titulados en el mercado de trabajo es una responsabilidad compartida con los empleadores, los organismos profesionales y los gobiernos, el éxito en ese mercado debe utilizarse como indicador (entre otros) de la calidad del rendimiento de las Universidades Públicas Andaluzas, y ser reconocido y recompensado en el sistema de financiación propuesto.

Esto exige un compromiso mucho más claro de las universidades con las oportunidades de formación permanente, pero también con una amplia estrategia de comunicación basada en conferencias, acciones de puertas abiertas, foros de debate y diálogos estructurados con el alumnado y la ciudadanía en general, así como con la Junta de Andalucía y la administración local andaluza. A este respecto también desempeñará su papel la cooperación con la educación previa formal y no formal y con la empresa.

4.1.2. Financiación vinculada a estructura de formación: (45%).

a) Se calculará por universidad el acumulado de créditos a impartir por cada asignatura troncal y obligatoria, atendiendo a su experimentalidad, ciclo y rendimiento académico de los estudiantes según el número de opción de matrícula. Por cada asignatura se tendrá en cuenta el número de grupos para el tamaño asignado de alumnos y las necesidades de desdoblar grupos en función del coeficiente de experimentalidad de la misma. Al objeto de normalizar, se proyectará la necesidad acumulada de formación en función de la demanda de optatividad.

En todo caso, para las titulaciones implantadas en el nuevo marco legislativo del Espacio Europeo de Educación Superior –EEES–, se tendrá en cuenta su metodología docente a la hora de determinar su necesidad de financiación acumulada.

Para el período transitorio hasta la implantación completa de las nuevas titulaciones en el marco del EEES se establecerá una senda anual de porcentaje de alumnos del sistema que se incorporarán a la metodología, que tiene en cuenta una atención al alumno más personalizada, derivada del Plan de Innovación Docente; tendiendo, en lo posible, al equilibrio interinstitucional de esta distribución. Para las titulaciones incorporadas al Sistema de Innovación Docente con carácter global en Andalucía, una vez establecidos los parámetros estructurales y de distribución en grupos de alumnado de las diferentes materias, se computará a efectos del cálculo de necesidades docentes el acumulado de créditos que se corresponda efectivamente con la distribución adoptada.

b) La magnitud establecida en el apartado a) determinará el coeficiente estructural inicial de participación de cada universidad en la necesidad global de recursos, imputando el 65% para atender las necesidades de formación y el 35% restante las necesidades de investigación.

c) Definido un óptimo de estructura de personal docente investigador –PDl– y servicios para la docencia a conseguir al cabo de los cinco años del presente marco, se establecerá un proceso de convergencia de la situación de cada universidad con dicho óptimo que se concretará en puntos de control anual estimados en porcentajes de aproximación a dicho óptimo:

- Indicador Equilibrio en PDI: Aproximación al óptimo de la relación personal docente equivalente a tiempo completo 
(ETC): (2%).

- Indicador Equilibrio en servicios para formación: Aproximación al óptimo del coste por ETC: (2%).

4.1.3 Financiación adicional vinculada al gasto de soporte para docencia: (5%).

Se determinará en función de las necesidades derivadas del desarrollo de las tareas de formación. Para ello deberán tenerse en cuenta:

a) El número de alumnos matriculados, teniendo en cuenta el número de matrícula, en las distintas materias de referencia.

b) Las instalaciones y su caracterización utilizadas en las tareas formativas.

c) Cálculo de incrementos en el coste teórico según el número de grupos obtenidos previamente y sus respectivos costes medios por grupo de docencia (gastos en bienes y servicios, reposición de infraestructuras y equipos, etc.) atendiendo a su experimentalidad.

Siguiendo las directrices del Dictamen relativo a la situación del Sistema Universitario Andaluz del Parlamento de Andalucía (junio 2001), en la implantación de titulaciones en el nuevo marco del Espacio Europeo de Educación Superior, se establecerán mecanismos de corrección que eviten titulaciones duplicadas cuando el escaso número de alumnos no lo requiera, adoptando métodos y criterios que garanticen la no incidencia de intereses particulares, corporativos o localistas.

4.1.4. Financiación vinculada a resultados: (10%).

a) Coeficiente en función de la distribución de alumnos en el sistema de innovación docente y digital: (2,5%).

- Indicador: Grado de Implantación con especificación de un crecimiento anual del Plan de Innovación Docente: Núm. de créditos de acuerdo al PID acreditados por la AGAE/núm. créditos totales; ponderada por el porcentaje de alumnos implicados.

- Indicador: Núm. de créditos con el material en red según la evaluación realizada por la Agencia Andaluza de Evaluación y Acreditación y ponderado por el grado de implantación de las TIC/núm. créditos totales.

b) Coeficiente en función del grado de cualificación acreditada de la plantilla docente: (2,5%).

- Indicador: Méritos curriculares del PDI: Acreditación, nivel y cualificación profesional alcanzada en función del número de años de prestación de servicios.

- Indicador: Percepción por parte del alumnado sobre la calidad docente.

c) Coeficiente en función de la excelencia final del proceso formativo: (2%).

- Indicador: Porcentaje de alumnos insertados en el tejido socioeconómico mediante contrato laboral, acceso a la función pública en puestos acordes con su formación dos años después de su graduación o generación de empresas. A tal fin podrá adoptarse un índice ponderado por bloques de titulaciones que tenga en cuenta la expectativa de inserción para las mismas. Para el primer año de implantación solo se tendrá en consideración los alumnos egresados un año antes.

- Indicador: Duración media del proceso formativo y su relación con la duración inicialmente prevista.

d) Coeficiente en función del bilingüismo de los alumnos: (1,5%).

- Indicador: Número de estudiantes de último curso que hayan obtenido en la prueba de inglés como idioma extranjero (TOEFL) una marca superior a 500 puntos o en sistema equivalente acreditado/núm. de matriculados en último curso.

- Indicador: Número de estudiantes que participen en redes internacionales de movilidad en otro idioma/núm. total de estudiantes.

e) Coeficiente en función de enseñanzas de postgrado de calidad acreditada: (1,5%).

- Indicador: Número de créditos acreditados en enseñanzas de postgrado/número de créditos de la oferta troncal de la universidad.

4.2. Investigación.

4.2.1. Objetivos estratégicos.

Las universidades deben reconfigurar sus programas de investigación para aprovechar las oportunidades que ofrecen los nuevos avances en campos ya existentes y las nuevas líneas emergentes de investigación científica definidos en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI). Esto exige centrarse menos en disciplinas científicas clásicas y más en ámbitos de investigación, asociándolos más estrechamente con campos relacionados o complementarios (capacidades personales y sociales, capacidades emprendedoras y de gestión) y fomentando la interacción entre alumnos, investigadores y equipos de investigación mediante una mayor movilidad entre disciplinas, sectores y entornos de investigación.

Las implicaciones de la interdisciplinariedad y la transdisciplinariedad deben ser reconocidas y tenidas en cuenta no sólo por las universidades y el gobierno andaluz, sino también por el conjunto de agentes económicos y sociales de Andalucía, que siguen basándose, en general, en evaluaciones, estructuras y mecanismos de financiación tradicionales y centrados en una sola disciplina.

La sociedad está cada vez más basada en el conocimiento, y el conocimiento está sustituyendo a los recursos fisicos como principal motor del crecimiento económico. Por lo tanto, las universidades necesitan dar a conocer la pertinencia de sus actividades, en particular de las relacionadas con la investigación.

4.2.2. Financiación vinculada a la Estructura de Investigación: (10,8%).

a) Coste PDI por Investigación: Se determina este parámetro a partir del coste estimado de PDI por actividad investigadora (35% del coste total del PDI calculado en el apartado 3.1.2).

b) Coste de servicios para la investigación: Al igual que para la formación se tendrá en cuenta el coste de los servicios de apoyo a la investigación y, específicamente, el PAS incluido en el PAIDI como apoyo.

4.2.3. Financiación vinculada a resultados: (10%).

a) Coeficiente en función de los méritos curriculares de los investigadores: (2,5%).

- Indicador: Sexenios y acreditaciones equivalentes reconocidos respecto a los posibles en cada período: (1%).

- Indicador: Tesis doctorales defendidas/Profesores investigadores a tiempo completo (PITC): (0,5%).

- Indicador: Becas FPU, FPI, JA, Ramón y Cajal y similares/PITC: (0,6%).

- Indicador: Premios de investigación internacionales, nacionales y autonómicos (ponderados, los internacionales triple y los nacionales doble que los autonómicos) y/o premios de investigación artística y literaria/PITC: (0,2%).

- Indicador: Conferencias impartidas con publicidad por invitación de instituciones/PITC: (0,1%).

- Indicador: Exposiciones artísticas y edición de libros singulares/PITC: (0,1%).

b) Coeficiente en función de la puntuación relativa PAIDI, asignada según la valoración media de los grupos de investigación de cada universidad mediante la utilización de coeficientes respecto a la media base del sistema PDI: (2,5%).

c) Coeficiente de derechos liquidados procedentes de la investigación y de la transferencia de conocimiento en los tres últimos ejercicios por cada PDI a tiempo completo: (3%).

- Indicador: Fondos externos de convocatorias de I+D+I públicas europeas y nacionales/PITC: (1%).

- Indicador: Patentes en explotación o adquiridas por terceros/PITC: (1%).

- Indicador: Fondos por contratos o convenios de I+D+I con la Corporación Tecnológica de Andalucía u otras entidades públicas o privadas: (1%).

d) Coeficiente obtenido a partir del número de empresas de base tecnológica y la aportación de doctores al tejido socioeconómico: (1,5%).

- Indicador: Empresas basadas en el conocimiento generada en la universidad creadas mayoritaria mente por profesores en los últimos 10 años y con actividad acreditada/PITC: (0,8%).

- Indicador: Doctores egresados en los últimos 10 años que trabajan en empresas o instituciones no universitarias de su especialidad/PITC: (0,7%).

e) Coeficiente de género: (0,5%).

- Indicador: Porcentaje de mujeres catedráticas: (0,2%).

- Indicador: Porcentaje de mujeres investigadoras principales: (0,3%).

4.2.4. Financiación competitiva de proyectos de investigación y grupos de investigación: (9,2%). Estas convocatorias incluirán un 15% en concepto de ayuda paralela institucional.

4.3. Innovación.

4.3.1. Objetivos estratégicos.

Nuevos sistemas de gobernanza interna basados en prioridades estratégicas y en la gestión profesional de las personas, la inversión y los procedimientos administrativos. Exige, asimismo, que las universidades superen la atomización en pequeñas unidades de investigación y dirijan sus esfuerzos colectivamente a unas prioridades institucionales de investigación, formación e innovación. Andalucía necesita impulsar la capacidad de gestión y liderazgo dentro de las universidades, y recompensar la existente.

Es necesario alcanzar en el período de vigencia del modelo una gestión cooperativa, moderna y eficaz que permita establecer unas relaciones adecuadas para la gestión de necesidades administrativas de la comunidad universitaria e interrelacionarse eficientemente con las administraciones públicas, mantener y consolidar un equilibrio presupuestario y una gestión eficiente de los recursos financieros y patrimoniales de las universidades, desarrollar actividades de las universidades en general, y sus programas de formación, investigación e innovación, cada vez más pertinentes para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y de la sociedad en sentido amplio, y por último, intensificar la interacción de las universidades con el mundo exterior como instrumento para promover sus diferentes actividades y convencer a la sociedad en general y su administración de que vale la pena invertir en ellas.

4.3.2. Financiación vinculada a resultados: (10%).

a) Coeficiente en función del grado de implantación de las TICs: (3%).

Indicadores Proyecto «Campus virtual»:

- Desarrollo de participación digital de alumnos y profesores.

- Desarrollo de redes de comunicación inalámbricas de amplia velocidad y capacidad.

- Oferta digital de todos los servicios y procedimientos de las Universidades Públicas de Andalucía.

b) Coeficiente en función de la implantación de un sistema de gestión por procesos y competencias: (3,25%).

- Indicador: Implantación de un sistema de gestión por procesos corregida por el número de miembros de la comunidad universitaria afectados.

- Indicador: Plan de gestión de los profesionales de administración y servicios de las Universidades Públicas Andaluzas en función de competencias necesarias, planes de desarrollo y formación, incentivos y acreditación profesional. Podrá tenerse en cuenta cualquier proceso de evaluación y acreditación que a tal efecto se realice.

c) Coeficiente en función de la globalización de la universidad: (2%).

- Indicador: Número de alumnos con becas Erasmus y otros programas de intercambio internacionales ponderado por su grado de aprovechamiento/núm. total alumnos: (0,75%).

- Indicador: Cooperación de las Universidades Públicas Andaluzas en el marco del Sistema Andaluz de Universidades para competir en el ámbito nacional y europeo: (0,5%).

- Indicador: Número de docentes e investigadores que participan en programas y redes de movilidad geográfica internacionales: (0,75%).

d) Coeficiente en función de la conexión con el tejido productivo: (1,5%).

- Indicador: Porcentaje de titulados que han creado empresas propias en los tres años siguientes a la graduación: (0,6%).

- Indicador: Porcentaje de profesores que tienen contrato de colaboración con empresas con actividad demostrada: (0,6%).

- Indicador: Porcentaje de PDI que participan, de acuerdo con los criterios de compatibilidad legalmente establecidos, en consejos de administración o equivalentes de empresas basadas en el conocimiento: (0’3%).

e) Coeficiente de género: (0,25%).

- Indicador: Índice de órganos de gestión y dirección de la universidad que cumplen con los criterios de paridad.

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