Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 05/09/2007

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2007, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se publica el contenido de la resolución de concesión de subvenciones, en la Modalidad de Programas a Entidades sin ánimo de lucro, al amparo de la Orden que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinadas y resueltas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinadas al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007 (BOJA núm. 14, de 19 de enero de 2007), en la Modalidad de Programas a Entidades sin ánimo de lucro, esta Delegación del Gobierno,

R E S U E L V E

Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al art. 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, Resolución de fecha 21 de agosto de 2007, por la que se conceden subvenciones, en la Modalidad de Programas a Entidades sin ánimo de lucro, al amparo de la Orden citada, y que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra asimismo expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las Entidades solicitantes.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes, comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Almería, 21 de agosto de 2007.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.

A N E X O

RESOLUCIÓN DE 21 DE AGOSTO DE 2007, DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ALMERÍA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES EN LA MODALIDAD DE PROGRAMAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 2 DE ENERO DE 2007, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS. DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS E INFRAESTRUCTURAS DESTINADAS AL ARRAIGO, LA INSERCIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL DE PERSONAS INMIGRANTES EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2007

Vistas las solicitudes presentadas por las Entidades sin ánimo de lucro, que en Anexo adjunto se relacionan, se constatan los siguientes,

A N T E C E D E N T E S

1.º Con fecha 19 de enero de 2007 se publica la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007, siendo admitidas 44 solicitudes de Entidades sin ánimo de lucro en la Modalidad de Programas.

2.º Examinadas las solicitudes, se comprueban que reúnen todos los requisitos exigidos en la citada Orden de Convocatoria.

3.º Los proyectos presentados están dirigidos a la realización de actividades que favorezcan la formación y la difusión de conocimientos, la creación de actitudes que modifiquen las conductas xenófobas y racistas y en general aquellas medidas que ayuden a la acogida e integración social de la población inmigrante.

4.º Valoradas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, se estiman favorables para obtener subvenciones aquellas cuya puntuación alcanzan los 50 puntos en la modalidad de Programas.

5.º Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.

Ante los anteriores hechos procede la siguiente,

VALORACIÓN JURÍDICA

1.º El Delegado del Gobierno de Almería tiene la competencia delegada para dictar la presente Resolución, en virtud del artículo 11 de la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007.

2.º El artículo 6.2 de la Orden de convocatoria establece que el procedimiento de concesión de subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, y el artículo 1.2 que estará limitado a la disponibilidad presupuestaria, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración. Una vez valoradas todas las solicitudes de la Modalidad de Programas, que reúnen los requisitos exigidos en la citada convocatoria, la calificación mínima necesaria para obtener subvención se ha establecido en 50 puntos.

3.º Examinadas las solicitudes correspondientes al anexo de referencia, se aprecia que han obtenido una calificación igual o superior a los 50 puntos y por tanto valoradas favorablemente según los criterios referidos para la obtención de una subvención en la Modalidad de Programas.

El resto de solicitudes que han obtenido una puntuación menor son contrarias a la estimación positiva de subvención.

En virtud de cuanto antecede,

R E S U E L V O

1.º Conceder a las Entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan en el anexo, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, por un valor total de 131.000,00 euros, para proyectos de Programas de atención a inmigrantes y denegar las restantes solicitudes que no han sido valoradas favorablemente.

2.º Las subvenciones serán abonadas en un solo pago, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.0.02.04.48300.31J.9.

3.º El plazo de ejecución de los proyectos será de 8 meses a contar desde la fecha de pago de la subvención.

4.º Las subvenciones concedidas habrán de ser justificadas en el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de ejecución, mediante la presentación de los documentos a que se refieren el artículo 19 de la Orden de convocatoria.

5.º Las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 2 de enero de 2007.

6.º Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se dicte la resolución de reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 20 de la Orden de 2 de enero de 2007.

A efectos de notificación, la presente resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Gobernación y de las Delegaciones del Gobierno, sin perjuicio de la publicación de un extracto del contenido de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación referida, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Dado en Almería, 21 de agosto de 2007. El Delegado del Gobierno de Almería. Firmado: Juan Callejón Baena.

Descargar PDF