Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 11/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 14 de agosto de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se amplía el plazo de resolución de los procedimientos de concesión de las subvenciones en materia de Turismo convocadas mediante Orden que se cita.

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Se encuentran en tramitación en esta Delegación Provincial, procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de Turismo correspondientes al ejercicio 2007, en las diferentes modalidades reguladas en la Orden de 9 de noviembre de 2006 (BOJA núm. 239, de 13.12).

Conforme a lo dispuesto en el art. 14.4 de la Orden mencionada, el plazo de Resolución y notificación de las convocatorias es de seis meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que tuvo lugar el pasado 15 de febrero, de lo cual se deduce que el vencimiento del plazo de resolución tendría lugar el próximo día 16 de agosto.

En la actual fase de tramitación, dado el número y complejidad de las solicitudes formuladas, pese a encontrarse habilitados todos los medios materiales y personales disponibles al efecto, se estima inviable el cumplimiento del plazo de Resolución inicialmente previsto.

Por ello, visto el art. 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia que se atribuye por delegación a este órgano en el art. 17 de la mencionada Orden de 9 de noviembre de 2006, a propuesta del Servicio de Turismo de esta Delegación Provincial, para general conocimiento,

D I S P O N G O

Primero. Ampliar el plazo para resolver la convocatoria de subvenciones en materia de Turismo contenida en la Orden de 9 de noviembre de 2007 hasta el próximo día 16 de noviembre de 2007.

Segundo. Insertar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el texto de la presente Resolución.

Contra el presente acuerdo, que resuelve la ampliación del plazo máximo de Resolución, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.

Granada, 14 de agosto de 2007.- El Delegado, por suplencia (Decreto 21/1985), el Secretario General, Miguel Angel Olalla Ferrer.

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