Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 19/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso de apelación núm. 10/04, interpuesto por don Eduardo Bohórquez Montes, la Fundación Lebrija Solidaria y la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en relación con el expediente SE/520/98 sobre el Proyecto de Construcción en solar sito en calle Sevilla 89 del municipio de Lebrija (Sevilla).

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En el recurso de apelación número 10/04, interpuesto por don Eduardo Bohórquez Montes, la Fundación Lebrija Solidaria y la Consejería de Obras Públicas y Transportes, contra la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2003 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Sevilla, en el procedimiento 516/01, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia. En cumplimiento de los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, que obligan a las partes a cumplir las sentencias de los Jueces y Tribunales.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 2002/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Hacer pública la parte dispositiva de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 19 de enero de 2007, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Que debemos desestimar y desestimamos los presentes recursos de apelación deducidos contra la resolución a que hicimos mención en el primero de los Antecedentes de Hecho de la presente, resolución que confirmamos íntegramente, a excepción de lo referido al planteamiento de la cuestión de ilegalidad anunciada en el Fallo. Anulamos el art. 78 de las NNSS de Lebrija por contener una reserva de dispensación. Y publíquese de conformidad con el art. 72.2 LJ. Sin imposición de las costas.»

Sevilla, 18 de septiembre de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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