Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 06/11/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de octubre de 2007, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de Autos 827/2007.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Procedimiento: Despidos 827/2007. Negociado: Al.

NIG: 2906744S20070008167.

De. Doña María del Pilar Roselló Martín.

Contra: Disgreen Andalucía, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 827/2007 a instancia de la parte actora doña María del Pilar Rosello Martín contra Disgreen Andalucía, S.L., sobre Despidos se ha dictado Resolución de fecha 2.10.07 del tenor literal siguiente:

S.Sª dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuando ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y en su caso conciliación, que tendrá lugar ante este Juzgado de lo Social, y que se celebrarán en la Sala de Audiencias del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, se señala el día 26 de noviembre de 2007, a las 12,00 horas, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a las demandadas de copia simple de la demanda, advirtiéndoles que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquellas y de no comparecer el demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido de su demanda sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se tienen por anunciadas las pruebas interesadas.

Cítese al representante legal de Disgreen Andalucía, S.L., a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio para prestar confesión, apercibiéndole de que en el caso de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá ser tenido por confeso en los hechos de la demanda.

Requiérase a la empresa para que aporte al acto del juicio la documental propuesta.

De la misma forma, se requiere por la presente a la demandada para que aporte con la antelación que marca la L.P.L. los documentos que solicita el actor en la demanda de la que se acompaña fotocopia.

Notifíquese esta Resolución a las partes.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a su notificación para ante este Juzgado.

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma la llma. Sra. doña Paloma Martín Jiménez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Disgreen Andalucía, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, diecisiete de octubre de dos mil siete.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF