Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 03/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 16 de noviembre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso núm. 685/2007, interpuesto por doña Soledad Víbora Álvarez de Sotomayor y otros ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 23 de octubre de 2007, en el recurso núm. 685/2007, interpuesto por doña Soledad Víbora Álvarez de Sotomayor y otros, contra el Acuerdo adoptado con fecha 18 de junio de 2007 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, en el que se fija el justiprecio de los bienes expropiados en un millón setecientos diecisiete mil novecientos treinta y dos euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (1.717.932,48 euros), en el expediente 2005/011, relativos a un procedimiento de expropiación forzosa de la Finca con referencia catastral 8112422UG6481S0001EM, inmueble situado en C/ José Solís o Avda. del Parque, núm. 6, de Lucena (Córdoba), con una superficie real según la Administración expropiante de 1.991,47 m² de suelo y 1.391,80 m² construidos, propiedad de doña Soledad, don Antonio y don Felipe Víbora Álvarez de Sotomayor, y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Lucena.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Córdoba, sede de esta C.P.V., con fecha 15 de noviembre de 2007.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA, la Resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16.3.2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por doña Soledad Víbora Álvarez de Sotomayor y otros, contra el Acuerdo adoptado con fecha 18 de junio de 2007 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, en el que se fija el justiprecio de los bienes expropiados en un millón setecientos diecisiete mil novecientos treinta y dos euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (1.717.932,48 euros), en el expediente 2005/011, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa de la Finca con referencia catastral 8112422UG6481S0001EM, inmueble situado en C/ José Solís o Avda. del Parque, núm. 6, de Lucena (Córdoba), con una superficie real según la Administración expropiante de 1.991,47 m² de suelo y 1.391,80 m² construidos, propiedad de doña Soledad, don Antonio y don Felipe Víbora Álvarez de Sotomayor, y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Lucena.

Segundo. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de Lucena como interesado en el procedimiento fotocopia del requerimiento efectuado por la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza al Excmo. Ayuntamiento de Lucena y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2, en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 16 de noviembre de 2007.- El Presidente de la Comisión Provincial de Valoraciones, Manuel Roldán Guzmán.

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