Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 14/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 10 de enero de 2007, por la que se aprueba el amojonamiento del monte público "El Cerrado y Lo Mota", Código MA-10054-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Málaga, provincia de Málaga.

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Expte. núm. MO/21/2006.

Visto el expediente núm. MO/00021/2006 de amojonamiento del monte "El Cerrado y Lo Mota", Código de la Junta de Andalucía MA-10054-JA, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Málaga, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de amojonamiento del monte "El Cerrado y Lo Mota" surge ante la necesidad de colocar hitos con valor administrativo en el citado monte, cuyo deslinde fue aprobado con fecha 21 de agosto de 2003.

2. Se autoriza el inicio de amojonamiento administrativo de dicho monte mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 29 de mayo de 2006, y habiéndose acordado que las operaciones de amojonamiento se realizasen por el procedimiento recogido en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el Título IV sobre amojonamiento del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes en virtud de lo establecido en su artículo 145.

3. Los trabajos materiales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 20 de septiembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 133, de 12 de julio de 2006, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 130, de 10 de julio de 2006, y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Málaga.

4. Durante el día 20 de septiembre de 2006 se realizaron las operaciones de amojonamiento colocando dos hitos de primer orden y ochenta y ocho hitos de segundo orden con las iniciales MP grabadas y con una placa identificativa donde se indica el Código de la Junta de Andalucía del monte y el número de hito correspondiente, dos caras labradas con las iniciales MP y el número de hito correspondiente grabado, y un hito sin valor administrativo.

5. En el correspondiente acta se recogieron las manifestaciones efectuadas por los asistentes al acto:

- Don Antonio Sánchez González.

- Don Pedro Báez Martín.

- Don Joaquín Morales Rivera.

- Doña Rafaela Jiménez Gómez.

- Don José Luis Mapeli Espejo.

- Doña María José Mérida Mérida.

- Don José Villega Marín.

- Don Pedro Cardeña García.

6. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 207 de fecha 30 de octubre de 2006, y notificados los interesados conocidos durante el plazo de 10 días, no se efectuaron reclamaciones.

7. El emplazamiento de cada uno de los hitos que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos, registros topográficos e Informe del Ingeniero Operador que obran en el expediente.

A la vista de los anteriores Hechos, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Es competencia de esta Consejería la resolución de los expedientes de amojonamiento de montes públicos en virtud de lo preceptuado en el Decreto 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. La aprobación del presente amojonamiento se sustenta en lo regulado en el Título II de la Ley de Montes, de fecha 22 de noviembre de 2003; Título IV del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero; artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Capítulo IV del Título III del Reglamento Forestal de Andalucía aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás disposiciones aplicables al caso.

Tercero. El emplazamiento de cada uno de los hitos que determinan los enclavados y tramos del perímetro exterior del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos, informes técnicos y registros topográficos que obran en el expediente.

Vistos los informes favorables a la realización del presente amojonamiento evacuados por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, siendo que el procedimiento se ha ajustado a lo prescrito legalmente por la Ley 2/1992, de 15 de junio, Ley Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, la Ley de Montes de 22 de noviembre de 2003, Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y disposiciones concordantes; y a la vista de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica en parte la anterior, esta Consejería

RESUELVE

Primero. Aprobar el expediente de amojonamiento del Monte Público "El Cerrado y Lo Mota" Código de la Junta de Andalucía MA-10054-JA, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía y ubicado en el término municipal de Málaga en la forma en que ha sido realizado por el Ingeniero Operador y según se detalla en las Actas, Planos e Informes técnicos que obran en el expediente, y Registro topográfico que se incorpora en el anexo de la presente Orden.

Segundo. Que sea inscrita dicha Aprobación en el Registro de la Propiedad, en virtud de lo establecido en el artícu-

lo 148.2 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso

administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa.

Sevilla, 10 de enero de 2007

Fuensanta Coves Botella

Consejera de Medio Ambiente

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