Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 21/02/2007

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Anuncio de 29 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Cantoria, de bases para la selección de personal funcionario.

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La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2006, aprobó las Bases de la Convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una plaza de la subescala administrativa de la escala de administración general de la plantilla de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, que son las siguientes:

CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICION PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE LA SUBESCALA ADMINISTRATIVA DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL DE LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CANTORIA

I. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de Concurso-Oposición para la provisión, en propiedad, de una plaza de la Subescala Administrativa de la Escala de Administración General de la Plantilla de Funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria.

De conformidad con la Oferta de Empleo Público para el año 2006, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2006, y publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 4 de octubre de 2006, y en base a las atribuciones delegadas a la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día ha aprobado la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de una plaza de funcionario de carrera de la Subescala Administrativa de la Escala de Administración General de esta Corporación, con sujeción a las siguientes:

II. Bases.

1. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir todos los aspirantes:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley.

b) Tener cumplidos dieciocho años.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller, FP 2.º grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.

d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

2. Solicitudes y documentación a presentar.

Los aspirantes deberán presentar solicitud, en el modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria que será facilitado en las Oficinas del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, en la que soliciten tomar parte en el Concurso-Oposición y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la Base primera, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que cumplen estas condiciones.

Los aspirantes a participar en las pruebas selectivas deberán abonar la cantidad de 10 euros, mediante transferencia bancaria a favor del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria en la Cuenta Corriente número 3058 0030 67 2732000012, indicando en el correspondiente recibo el concepto, el nombre y apellidos del aspirante y el NIF, debiendo adjuntar copia del mismo a la solicitud de participación. La falta de justificación del abono de los derechos de examen, que deberá acompañar a la solicitud, determinará la exclusión del aspirante.

Los documentos que habrán de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base primera son los siguientes:

a) Solicitud debidamente cumplimentada.

b) Fotografía tamaño carnet.

c) Documento Nacional de Identidad o documento de identificación del país comunitario correspondiente.

d) Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.

Asimismo a la solicitud habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples. No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente presentado dentro del plazo de admisión de solicitudes.

Las personas con minusvalías, debidamente acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán solicitar en la solicitud adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, adjuntando tanto la certificación que acredite su condición de minusválido, como la que acredite su aptitud para el desempeño de las funciones de Administrativo de Administración General. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral sanitaria o de servicios sociales.

3. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las solicitudes y documentación se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de solicitudes en Administración distinta al Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, el interesado deberá comunicar mediante fax o Telegrama la presentación de la instancia, que deberá ser recibido en el Excmo. Ayuntamiento de Cantoria en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

Terminado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP se señalará el plazo de subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos, determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal.

La publicación de dicha Resolución en el BOP será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Contra la Resolución a la que se refiere el párrafo anterior podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Procedimiento de selección.

Constará de dos fases:

A) Fase de concurso.

El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo:

1. Méritos profesionales:

- Por cada mes completo se servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos.

- Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, la valoración de cada mes se incrementará en: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,02 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 9 puntos.

2. Méritos académicos:

- Una diplomatura, Grado Superior de FP específica o FP II Grado: 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 2 puntos.

Las titulaciones que se valorarán en esta apartado segundo serán, en todo caso, distintas de las que habilitan para participar en las pruebas selectivas.

3. Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas:

Haber participado en actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una Institución Pública o Privada (Colegio Profesional, Sindicato...) en colaboración con la Administración Pública:

- Por cada hora de duración: 0,006 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 1 punto.

Los cursos en los que no se expresa duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,025 puntos. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberá especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima. En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

Las materias de las actividades formativas que se valorarán en la fase de concurso serán, entre otras, las siguientes:

- Ofimática.

- Procedimiento Administrativo.

- Contabilidad.

- Catastro.

- Y aquellas otras que el Tribunal estime que tienen relación directa con las funciones objeto del puesto de Administrativo.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Justificación de los méritos alegados.

La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en la letra A) será la siguiente en todo caso:

1. Experiencia profesional:

1.1. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará:

1.1.1. En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos:

1.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa correspondiente al período que se alega.

2.º Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste, el período y grupo de cotización.

1.1.2. En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos:

1.º Documento acreditativo de vida laboral expedido por la Seguridad Social, donde conste período y grupo de cotización, salvo aquellos colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente. En este caso deberán presentar certificado del correspondiente Colegio en el que figure que está dado de alta como ejerciente y el período de alta.

2.º Cuando se trate de períodos durante los que estuviera vigente el Impuesto de Actividades Económicas, se presentará justificante de pago del impuesto de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

1.2. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se justificará aportando la documentación indicada en el apartado 1.1.1, o presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde se constatarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con indicación del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

1.3. Para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a la plaza o puesto al que se opta.

2. Expediente académico.

Para acreditar los méritos señalados en el punto segundo del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

3. Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Para acreditar los méritos señalados en el punto tercero del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que deberá constar:

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días de duración

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán los cursos, jornadas relacionados con las funciones a desarrollar en el Excmo. Ayuntamiento de Cantoria en el puesto/plaza de Administrativo.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

En todos los supuestos previstos en el punto tercero del baremo, deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación, mediante la presentación del programa. De lo contrario, el Tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo.

B) Fase de oposición.

La fase de oposición constará de tres ejercicios, que tendrán carácter obligatorio.

El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar, por escrito, durante una hora y treinta minutos un tema del bloque I.

Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar, por escrito, durante una hora y treinta minutos un tema del bloque II.

Tercer ejercicio. Práctico. Se desarrollará por escrito, durante un período máximo de tres horas y consistirá en la realización de dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores relativos a las funciones asignadas a la subescala.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos.

En este ejercicio se valorará principalmente la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

5. Calendario de las pruebas y orden de actuación

La fecha de la constitución del Tribunal y la fecha de celebración de los ejercicios se publicará en la Resolución de la Alcaldía junto con la relación de admitidos y excluidos.

El orden de actuación de los aspirantes se determinará mediante sorteo público que señalará la letra del primer apellido por la que se iniciará dicha actuación.

6. Formación y actuación del Tribunal.

El Tribunal Calificador del concurso-oposición estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un Representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un Secretario de Ayuntamiento.

- Un Concejal del Ayuntamiento.

- Un Representante Sindical.

Secretaria: La de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y voto.

Todos los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o algunas de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, con voz pero sin voto.

La determinación concreta de los miembros del Tribunal se hará pública en el BOP, conjuntamente con la Resolución a la que hace referencia el punto 3 de esta convocatoria.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de, al menos, la mitad de sus miembros, incluidos el Presidente y el Secretario.

7. Calificación de la fase de concurso.

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que figura en la base cuarta pudiendo obtenerse con su aplicación un máximo de 12 puntos.

8. Calificación de la fase de oposición.

Los miembros del Tribunal que califique el concurso-oposición puntuarán cada ejercicio de la fase de oposición con un máximo de diez puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas.

Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de 5 puntos.

9. Calificación final.

La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición por quienes aprueben cada uno de ellos, dará la calificación final.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5.º del artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas respectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación:

- Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en el Excmo. Ayuntamiento de Cantoria.

- Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Administración Pública.

- Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la empresa privada.

- Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el proceso selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Corporación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del Tribunal en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.

10. Presentación de documentación.

El aspirante que hubiera obtenido la máxima puntuación, tras la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, deberá presentar en Secretaría del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria, en el plazo de veinte días naturales contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, la siguiente documentación:

a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas de la plaza/puesto, expedido por Médico Colegiado.

b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, debiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad de las contenidas en el artículo 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local.

e) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su artículo 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

f) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en este Ayuntamiento y solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen del Excmo. Ayuntamiento de Cantoria.

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo.

h) Documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del ministerio u organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

11. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo y presentada la documentación por el interesado, el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento, a favor del candidato propuesto, como funcionario de carrera.

El nombramiento deberá ser notificado al interesado, quien deberá tomar posesión dentro del plazo máximo de un mes a contar desde el día de la fecha de notificación.

En el acto de toma de posesión el funcionario nombrado deberá prestar juramento o promesa de no estar incurso en incompatibilidad conforme a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

12. Base final.

En lo no previsto en las Bases anteriores regirá la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, así como el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cantoria, 29 de diciembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, Pedro María Llamas García.

ANEXO I

Programa Administrativo de Administración General

Bloque I

Tema 1. La Constitución Española de 1978 I. Antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales.

Tema 2. La Constitución Española de 1978 II. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La Constitución Española de 1978 III. La Corona. Los Poderes del Estado.

Tema 4. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. Nociones sobre la Ley Electoral General, con especial referencia a las elecciones locales.

Tema 5. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

Tema 6. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 7. La Comunidad Europea. Antecedentes. Instituciones Europeas. El Derecho Comunitario.

Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.

Tema 9. Régimen Local Español I. Principios constitucionales. Regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 10. Régimen Local Español II. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La Autonomía local y el control de la legalidad.

Tema 11. El Municipio. Elementos del Municipio. Organización municipal. Competencias municipales.

Tema 12. La Provincia. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 13. La Ley de las Haciendas Locales. Principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Precios públicos.

Tema 14. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

Tema 15. Régimen jurídico del gasto público local. Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.

Tema 16. La Expropiación forzosa. Concepto y elementos. Procedimiento general de expropiación: fases.

Tema 17. La potestad reglamentaria en la esfera local. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Las ordenanzas fiscales.

Tema 18. El personal al servicio de las Entidades Locales I. Los funcionarios públicos. Clases. Selección. Situaciones administrativas. El personal laboral: tipología y selección.

Tema 19. El personal al servicio de las Entidades Locales II. Derechos de los funcionarios públicos. Provisión de puestos de trabajo. Retribuciones. El sistema de seguridad social de los funcionarios locales. Derechos sindicales y de representación.

Tema 20. El personal al servicio de las Entidades Locales III. Deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad. Incompatibilidad. Régimen disciplinario.

Bloque II

Tema 1. Régimen del suelo y ordenación urbana I. Legislación. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Competencia urbanística municipal, provincial y autonómica.

Tema 2. Régimen del suelo y ordenación urbana II. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 3. Régimen del suelo y ordenación urbana III. Ejecución de los planes de ordenación. Sistemas de actuación urbanística: concepto, clases, elección, sustitución y regulación.

Tema 4. El procedimiento administrativo I. Dimensión temporal del procedimiento: días y hora hábiles. Cómputo de plazos. Tramitación de urgencia. Iniciación. Desarrollo e instrucción del procedimiento administrativo.

Tema 5. El procedimiento administrativo II. Finalización y ejecución del procedimiento administrativo. El silencio administrativo.

Tema 6. El procedimiento administrativo local. Peculiaridades. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 7. La Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común I. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

Tema 8. La Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común II. Principios informadores y ámbito de aplicación. Sujetos. La Administración y los interesados.

Tema 9. El Acto Administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos.

Tema 10. Los contratos administrativos I. Concepto. Clases. Elementos. El expediente de contratación.

Tema 11. Los contratos administrativos II. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Ejecución y extinción.

Tema 12. Los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 13. Los bienes de las Entidades Locales. Clasificación. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 14. La responsabilidad de la Administración Pública. Evolución histórica y régimen actual.

Tema 15. Las formas de acción administrativa de las Entidades Locales. Tipología. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias: las licencias urbanísticas.

Tema 16. Las licencias urbanísticas; actos sujetos, competencia, eficacia y caducidad. Licencias urbanísticas disconformes con la nueva ordenación urbanística.

Tema 17. La licencia de actividad. Licencia de espectáculos públicos. Licencia de parcelación e indivisibilidad de parcelas.

Tema 18. La informática en la Administración Pública. Programas utilizados en la Administración Local. Registro de entrada y salida de documentos.

Tema 19. Los documentos administrativos. Tipos de documentos administrativos. Técnicas de redacción, elaboración y presentación de documentos. El lenguaje y estilo administrativo.

Tema 20. La modernización administrativa. La Administración al servicio de los ciudadanos. Las nuevas exigencias organizativas de la Administración Pública. Gestión de calidad.

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