Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 26/02/2007

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Anuncio de 19 de enero de 2007, del Ayuntamiento de Maracena, de rectificación de bases para la selección de Subalterno Notificador (BOJA núm. 13, de 18.1.2007).

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Don Julio M. Pérez Martín Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Maracena,

Hace saber: Que por Decreto de Alcaldía de fecha 19 de enero de 2007 se aprueba la siguiente:

DECRETO DE ALCALDIA DE FECHA 19 DE ENERO DE 2007 DE CORRECCION DE ERRORES MATERIALES EN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE SUBALTERNO NOTIFICADOR, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARACENA

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 230 de 4 de diciembre de 2006 anuncio núm. 13.778 y BOJA núm. 13 de 18 de enero de 2007, el Decreto de Alcaldía de fecha 27 de noviembre de 2006 por las que se aprueba la convocatoria y las bases que han de regir para cubrir en propiedad una plaza, vacante en la plantilla de funcionarios de Excmo. Ayuntamiento.

Vistos errores materiales en las bases de la citada convocatoria, y en base al artículo 21.g de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

HE RESUELTO

Primero. Rectificar las bases de dicha convocatoria en los términos que se transcriben al final de este decreto.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Dar cuenta al pleno en la primera sesión que se celebre.

CORECCION DE ERRORES A ANUNCIO DE BASES (BOP NUM. 230 DE 4 DE DICIEMBRE DE 2006 ANUNCIO NUM. 13.778 Y BOJA NUM. 13 DE 18 DE ENERO DE 2007)

Base 1. Plaza objeto de la convocatoria.

Donde dice:

"1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema concurso-oposición, según se especifica en el Anexo correspondiente...."

Debe decir:

"1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema oposición libre, según se especifica en el Anexo correspondiente...."

Base 2. Requisitos de los candidatos.

Donde dice:

"Para tomar parte en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de conformidad a lo dispuesto en el art. 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril:

Tener la nacionalidad española. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, podrán participar en el concurso-oposición los nacionales de los demás estados miembros de la comunidad Europea, en las mismas condiciones que los aspirantes de nacionalidad española."

Debe decir:

"Para tomar parte en la presenta oposición libre, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de conformidad a lo dispuesto en el art. 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril:

Tener la nacionalidad española. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, podrán participar en la oposición libre los nacionales de los demás estados miembros de la comunidad Europea, en las mismas condiciones que los aspirantes de nacionalidad española."

Base 3. Solicitudes.

Donde dice:

"3.1. Quienes deseen tomar parte en este concurso-opo-sición, lo solicitarán en instancia dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación,....."

Debe decir:

"3.1. Quienes deseen tomar parte en esta oposición libre, lo solicitarán en instancia dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación, ....."

Base 8. Procedimiento de selección.

Donde dice:

"El Procedimiento selectivo, constará de las fases y pruebas que se recogen en el Anexo que se acompaña.

ANEXO I

Denominación: Subalterno-Notificador.

Plaza: 1 (Una).

Grupo: E.

Forma de Provisión: Concurso-Oposición.

Clasificación: Escala Administración General. Subescala

Subalterna.

Titulación Exigida: Certificado Escolaridad.

Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección de los aspirantes será el Concurso-Oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

La fase de concurso, constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no

tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

Antigüedad:

Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,25 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,10 puntos/mes.

Será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antigüedad será de 1,5 puntos.

II. Por la participación en cursos, seminarios, jornadas, etc.

Siempre que se encuentre relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,15 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,25 puntos.

De 41 a 80 horas: 0,35 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,45 puntos.

Más de 100 horas: 0,55 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por cursos, semina-rios, jornadas, etc, será de 1,5 puntos.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web del Ayuntamiento de Maracena las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el tribunal publicará en el tablón de anuncios así como en la página web del Ayuntamiento de Maracena, la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.º G) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:"

Debe decir:

"El Procedimiento selectivo, constará de las fases y pruebas que se recogen en el Anexo que se acompaña.

ANEXO I

Denominación: Subalterno-Notificador.

Plaza: 1 (Una).

Grupo: E.

Forma de Provisión: Libre.

Clasificación: Escala Administración General. Subescala

Subalterna.

Titulación Exigida: Certificado Escolaridad.

Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de Oposición Libre.

La fase de oposición constituirá el 100% de la puntuación y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:"

Base 8. Primer ejercicio.

Donde dice:

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 1,25 puntos

Debe decir:

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 4 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 2 puntos

Base 8: Segundo ejercicio.

Donde dice:

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 1,25 puntos

Debe decir:

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 4 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 2 puntos

Base 8. Tercer ejercicio.

Donde dice:

...La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

Debe decir:

...La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio. Se entenderá superado este ejercicio cuando se obtenga una puntuación mínima de 1 punto.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición

Maracena, 19 de enero de 2007.- El Alcalde-Presidente, Julio M. Pérez Martín.

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