Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 29/03/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 19 de febrero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Leñadores o de la Costa", tramo II, comprendido desde el núcleo urbano de Ventas de Huelma hasta el límite de término de Escúzar, en el término municipal de Ventas de Huelma, provincia de Granada (VP @038/05).

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Leñadores o de la Costa", tramo 2.º, comprendido desde el núcleo urbano de Ventas de Huelma hasta el límite de término de Escúzar, en el término municipal de Ventas de Huelma, provincia de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero La vía pecuaria denominada "Vereda de los Leñadores o de la Costa", en el término municipal de Ventas de Huelma, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 16 de mayo de 1969, y publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 8 de agosto de 1969.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 4 de julio de 2005 se acordó el inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria "Vereda de los Leñadores o de la Costa", en el término municipal de Ventas de Huelma, en la provincia de Granada, formando parte la citada vía pecuaria del Deslinde y Señalización de diversas vías pecuarias para la formación de un Corredor Verde entre Santa Fe y Alhama de Granada, en la provincia de Granada.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 10 de noviembre de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 194, de fecha 11 de octubre de 2005.

En el acto de deslinde se formulan alegaciones que se valoran en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 79, de fecha 27 de abril de 2006.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 24 de noviembre de 2006 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 29 de enero de 2007.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda de los Leñadores o de la Costa", en el término municipal de Ventas de Huelma, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 16 de mayo de 1969, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la Clasificación.

Cuarto. En el acto de operaciones materiales don José Manuel Fernández Martín manifiesta su disconformidad con parte del trazado de la vía pecuaria que se deslinda; a este respecto señalar que estudiada la alegación y revisada la documentación que forma parte del expediente, y una vez comprobado que se ajusta a lo establecido en el acto de clasificación, se han estimado dichas alegaciones, reflejándose los cambios en los Planos de Deslinde.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso,

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 21 de noviembre de 2006, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Leñadores o de la Costa", tramo 2.º, comprendido desde el núcleo urbano de Ventas de Huelma hasta el límite de término de Escúzar, en el término municipal de Ventas de Huelma, en la provincia de Granada, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 3.526 metros.

- Anchura: 20,89 metros

Descripción: "Finca rústica de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan. La vía pecuaria Vereda de los Leñadores o de la Costa (Tramo II de II) discurre de Norte a Sur desde el núcleo urbano de Ventas de Huelma hasta el límite de términos de Escúzar, siendo continuación del tramo deslindado entre el límite de términos de Ventas de Huelma con Chimeneas hasta el límite de la zona urbana de la población de Ventas de Huelma (Tramo I de II). Tiene una anchura legal de 20,89 metros de anchura, una longitud total de 3.526 metros y una superficie deslindada de 7,3 ha.

Sus linderos son:

- Norte: Linda con el núcleo urbano de Ventas de Huelma y Arroyo Hondo.

- Sur: Linda con la "Vereda de los Leñadores", en el término municipal de Escúzar.

- Este: De Norte a Sur linda consecutivamente con:

- Desconocido.

- Desconocido.

- Desconocido.

- Fernández Lorente, Antonio.

- Prados Lorite, Salvadora.

- Prados Lorite, Salvadora.

- Carmona Martín, Nemesio.

- García López, Luisa Araceli.

- Castillo Ortiz, Francisco.

- Avila Benítez, M. Inmaculada.

- Guerrero Vargas, María Nieves.

- Bertos Prados, María.

- Nogueras Pérez, Inocencia.

- Nogueras Baena, Rafael.

- Díaz de La Guardia Guerrero, Rafael.

- Díaz de La Guardia Guerrero, Rafael.

- Piñar Fernández Antonio Hros.

- Fernández Rivera, Pilar.

- Ayuntamiento de Ventas de Huelma.

- Maipa, S.A.

- López Ibáñez, Antonio.

- Núñez López, José.

- Desconocido.

- Gómez Morente, José Alberto.

- Núñez López, José.

- Bertos Prados, José.

- Gómez Morente, José Alberto.

- Gómez Morente, José Alberto.

- Oeste: De Norte a Sur linda consecutivamente con:

- Desconocido.

- Desconocido.

- Fernández Lorente, Francisco.

- Desconocido.

- Fernández Lorente, Antonio.

- Desconocido.

- Fernández Lorente, Antonio.

- Prados Lorite, Salvadora.

- Prados Lorite, Salvadora.

- Carmona Martín, Nemesio.

- García López, Luisa Araceli.

- Castillo Ortiz, Francisco.

- Avila Benítez, M. Inmaculada.

- Guerrero Vargas, María Nieves.

- Bertos Prados, María.

- Nogueras Baena, Rafael.

- Nogueras Baena, Rafael.

- Díaz de La Guardia Guerrero, Rafael.

- Gonzalo Quiles, Amadora.

- Estévez Correal, José.

- Díaz de La Guardia Gómez, Alfonso.

- Díaz de La Guardia Gómez, Alfonso.

- Lorente López, Rafael.

- Urbano Pérez, José.

- Urbano Pérez, José.

- Díaz de La Guardia Vargas, Rafael.

- Guerrero Martín, Bibiana.

- Delgado Lorente, M. Cruz.

- Delgado Lorente, Angela.

- Avila Benítez, M. Inmaculada.

- Viceira Bayo, Francisco.

- Piñar Fernández, Antonio Hros.

- Piñar Delgado, Indalecio.

- Bertos Prados, María.

- Bertos Prados, José.

- Nogueras Pérez, Antonio Flora.

- Nogueras Nogueras, Federico.

- Nogueras Vargas, Rafael.

- Castillo Ortiz, Francisco.

- Bertos Prados, José.

- Bertos Prados, María.

- Bertos Prados José.

- Cassinello Moreno, M. Pilar

- Gómez Morente, José Alberto."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 19 de febrero de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

Actuación cofinanciada con Fondos Europeos.

Anexo a la Resolución de 19 de febrero de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Leñadores o de la Costa", tramo II, comprendido desde el núcleo urbano de Ventas de Huelma hasta el límite de término de Escúzar, en el término municipal de Ventas de Huelma, provincia de Granada (VP @038/05)

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. DE LOS PUNTOS QUE DEFINEN LA VIA PECUARIA "VEREDA DE LOS LEÑADORES O DE LA COSTA", TRAMO II, T.M. VENTAS DE HUELMA

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