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Con fecha 3 de abril de 2008, el Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Almería, en el procedimiento de protección 352-2006-04-0072 y 73 (U.T.II), referente a los menores S.P.G. y A.G.P., resuelve el cambio de centro de dichos menores del Centro San Agustín de Vera (Almería) al Centro Aguadulce-El Saliente (Almería), causando baja y alta respectivamente en los citados centros.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Nieves Paradas García, al hallarse en ignorado paradero en el expediente incoado , con arreglo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución no será necesario interponer reclamación previa a la vía judicial civil ante la Excma. Sra. Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, pudiendo formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Almería por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, C/ Hernán Cortés, núm. 11, para su completo conocimiento.
Almería, 15 de mayo de 2008.- El Delegado, Luis López Jiménez.
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