Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 01/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 3 de junio de 2008, por la que se acuerda la encomienda de gestión a la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social (FADAIS) de determinadas actuaciones encuadradas en el Fondo Social Europeo (FSE) denominada apoyo a la gestión, seguimiento y evaluación de programas de inserción social de drogodependientes.

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El II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones establece entre sus áreas de actuación la de incorporación social, con la finalidad de conseguir la integración plena de la persona a la sociedad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos. Para ello señala entre sus objetivos generales el promover que la comunidad facilite el proceso de incorporación social y admita en las redes normalizadas a personas con problemas de drogodependencias y adicciones y el garantizar la atención a este colectivo favoreciendo el inicio de un proceso de normalización social.

De acuerdo con ello, la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones viene desarrollando el Programa Arquímedes, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y a través del cual se pretende la contratación de personas afectadas por una drogodependencia o por el juego patológico, como medida de socialización de los beneficiarios con el objetivo de promover la responsabilidad personal de los mismos y propiciar la eliminación de obstáculos y resistencia que dificultan la normalización del drogodependiente.

En esta línea, desde esta misma Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, se trata de poner en marcha medidas encaminadas tanto conseguir una adecuada gestión del mencionado programa de incorporación social como a visualizar el impacto del mismo mediante la obtención y análisis de datos suficientes que permitan su seguimiento y evaluación.

HECHOS

Primero. Que la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social tiene atribuidas las competencias relativas a las actuaciones frente a las drogodependencias, correspondiéndole el desarrollo y coordinación de las políticas activas en materia de prevención, asistencia y reinserción social de personas en situación de drogodependencias y adicciones, desarrollando de acuerdo con ello y en relación con el área de inserción social de colectivos en riesgos de exclusión, determinados proyectos enmarcados en el Marco Comunitario de Apoyo (MCA) 
2007-2013, el cual establece tres objetivos prioritarios: «Convergencia», «Competitividad Regional y Empleo» y «Cooperación Territorial Europea».

Segundo. Al amparo del mencionado Marco, y encuadrado en el Plan Operativo Fondo Social Europeo (FSE) de Andalucía, en su Eje 5, relativo a la «Asistencia técnica: Apoyo a la gestión de los programas operativos», con Categoría de gasto 85 «Preparación, ejecución, seguimiento e inspección», se encuentra el Proyecto «Apoyo a la gestión, seguimiento y evaluación de programas de inserción social de drogodependientes».

Tercero. La Fundación Andaluza de Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, según el Título II, artículo 6, de sus Estatutos, tiene como fines fundacionales la gestión de los programas y centros que con carácter general presten atención a personas afectadas por las drogodependencias y adicciones y a otros colectivos desfavorecidos socialmente o en riesgo de exclusión social, el apoyo a su inserción sociolaboral, así como la mejora de su calidad de vida.

Cuarto. Dado que la realización de las actuaciones que corresponden a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social requiere para ser desarrolladas con la debida eficacia de unos medios materiales, técnicos y de personal, con un alto grado de especialización, y teniendo en cuenta que unos de los objetivos fundamentales de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social 
(FADAIS) es apoyar el proceso de incorporación social de las personas con problemas de adicción o dependencias y de otros colectivos desfavorecidos socialmente o en riesgo de exclusión social, favoreciendo el acceso en igualdad al medio laboral y social, resulta aconsejable encomendar determinadas tareas a dicha Fundación, por contar esta con los medios personales y técnicos idóneos para su realización.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social tiene asignada con carácter general la competencia sobre promoción de la igualdad, inclusión y el bienestar social para lo que se inspira, entre otros principios, en la normalización e integración de los colectivos más desfavorecidos utilizando los cauces normales que la sociedad establece, teniendo atribuidas las competencias relativas a las actuaciones frente a las drogodependencias, así como la coordinación técnica de las actuaciones de las distintas instituciones implicadas en la materia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tal como se deriva del artículo 148.1.20 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, del artículo 61 de la Ley Orgánica 2/2007, de 20 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y del Decreto 10/2008, de 19 de abril, sobre reestructuración parcial de Consejerías, así como de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de drogas.

Segundo. El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público pueda ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

En mérito a cuanto antecede, vistas las disposiciones legales citadas y demás normas de general y pertinente aplicación, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Encomendar a la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, por razones de eficacia, que lleve a cabo la ejecución material, en coordinación con el Servicio de Coordinación Asistencial de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, de las actuaciones enmarcadas en el desarrollo del Proyecto «Apoyo a la gestión, seguimiento y evaluación de programas de inserción social de drogodependientes», aprobado en el marco del Plan Operativo FSE.

Segundo. El Proyecto «Apoyo a la gestión, seguimiento y evaluación de programas de inserción social de drogodependientes», gestionado por la Consejería para la Igualdad y 
Bienestar Social a través de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, presenta como objetivos principales para el 2008:

- Supervisión y evaluación del desarrollo del Programa Arquímedes en cada provincia.

- Apoyo a la gestión del Programa mediante la aplicación informática realiza al efecto.

- Realización de informes de seguimiento tanto de las empresas como de los beneficiarios del Programa Arquímedes.

- Elaboración de indicadores de evaluación a nivel regional.

- Realización de Jornadas autonómicas sobre la evaluación del Programa Arquímedes.

Tercero. El coste económico global de las actuaciones objeto de esta encomienda de gestión asciende a doscientos treinta y ocho mil cuatrocientos diecinueve euros con un céntimo (238.419,01 €), los cuales se abonarán a la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, con cargo a las siguientes aplicaciones:

- 1.1.19.00.16.00.609.00.31B.3.2007Importe 46.419,01 €

- 0.1.19.00.16.00.609.00.31B.8Importe 192.000,00 €

El pago se realizará mediante un anticipo del 50% de dicho importe, cuyo plazo de justificación será de cuatro meses una vez se haya realizado efectivamente el mismo, y el resto se abonará conforme a la actuación efectivamente realizada y previa presentación, con una periodicidad al menos bimestral, de Informe relativo a las actuaciones llevadas a cabo con una relación de los gastos realizados en concepto de justificación de la inversión realizada.

Asimismo, dado que la financiación de estas actuaciones se efectúa con cargo a fondos de la Unión Europea, deberá asegurarse la elegibilidad de estos gastos de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria de aplicación.

La ejecución de las actuaciones a desarrollar tendrán un plazo que abarcará desde mayo de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, comprometiéndose la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social (FADAIS) a presentar un Informe final relativo a las actuaciones realizadas en desarrollo de la presente encomienda.

Cuarto. La presente encomienda de gestión no supone la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, siendo su responsabilidad dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integren las actividades de la presente encomienda, y específicamente aquellos relacionados directamente con la gestión de los Fondos Europeos (certificaciones de gastos y propuestas de pagos y reembolso).

Quinto. En toda divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión, se hará referencia expresa de que se efectúan en desarrollo de un programa europeo establecido por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, así como a la cofinanciación con los Fondos Estructurales Europeos (FSE), ciñéndose a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión, en su artículo 8, apartados 2, 3 y 4, y el art. 9 del mismo.

Por otra parte y de acuerdo con lo previsto en el art. 6 del Reglamento 1828/2006, la aceptación de la financiación comunitaria implica la aceptación expresa de la publicación del nombre de FADAIS en la lista de beneficiarios prevista en el art 7.2.a del mismo Reglamento.

Sexto. Serán de aplicación a las actuaciones de desarrollo del Proyecto «Apoyo a la gestión, seguimiento y evaluación de programas de inserción social de drogodependientes» la siguiente Normativa Autonómica y Reglamentos Comunitarios reguladores del Fondo Social Europeo, dentro de cuyo ámbito de intervención se incluyen.

- Ley 24/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para el 2008.

- El Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

- Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo.

- Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al, entre otros, Fondo Social Europeo.

Séptimo. Los medios que hayan de ser empleados para la ejecución de las actividades objeto de esta encomienda son en todo caso dependientes y de exclusiva responsabilidad de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, quedando la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social a salvo de cualquier responsabilidad derivada de la ejecución de las mismas, siendo a todos los efectos atribuible a la citada entidad.

No obstante, es obligación de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social velar por el cumplimiento de la normativa estatal y comunitaria, y proporcionar a la Fundación FADAIS información suficiente para el correcto cumplimiento de las normas aplicables.

Octavo. La Fundación FADAIS se someterá a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones materia de esta encomienda.

Así mismo, FADAIS deberá, en virtud de las competencias de seguimiento atribuidas a la Dirección General de Fondos Europeos, someterse a las actuaciones de control realizadas por la misma.

Igualmente, FADAIS facilitará toda la información que le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía

Noveno. Notifíquese esta Resolución a la Entidad interesada.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de junio de 2008

Micaela Navarro Garzón

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

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