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NIG: 410914C20070030650.
Procedimiento: Adopciones 696/2007. Negociado: 2.º
De: Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Contra: C.L.P..
E D I C T O
CÉDULA DE NOTIFICACIóN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
AUTO NÚM. 313/08
Doña M.ª Amelia Ibeas Cuasante.
En Sevilla, a veintinueve de mayo de dos mil ocho.
Vistos por la Ilma. Sra. doña María Amelia Ibeas Cuasante, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés (de familia) de Sevilla, los autos núm. 696/07 de Adopción de la menor C.L.P., a instancias de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal.
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución y las Leyes ha decidido: Constituir la adopción de don... y doña... sobre la menor C.L.P., cuyos apellidos en lo sucesivo serán los de...
Notifíquese esta resolución a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, al Ministerio Fiscal y a los padres biológicos con la reserva recogida en el razonamiento jurídico cuarto.
Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil a los efectos de inscripción marginal oportuna.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Sevilla.
Lo acuerda y firma la Magistrado-Juez.- La Magistrado-Juez.
Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ivanilda María Pereira de Souza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Sevilla, a veintinueve de mayo de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial.
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