Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 29/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 28 de julio de 2008, del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, por la que se resuelve la modalidad 6 (IMD): Investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte, correspondiente a las subvenciones de la Consejería en materia de deporte, correspondiente a la convocatoria del año 2008.

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Por Orden de 27 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, modalidad Investigación en Medicina del Deporte (BOJA núm. 243, de 12 de diciembre de 2007), este Centro Andaluz de Medicina del Deporte hace público lo siguiente:

Presentadas las solicitudes y una vez realizado el requerimiento a los interesados para que aportaran la documentación complementaria que permitiese realizar adecuadamente la evaluación previa, según reza el artículo 12.1.a) de la citada Orden de 27 de noviembre, con fecha 30 de junio de 2008 se reunió la Comisión de Evaluación para la valoración de los proyectos de investigación, admitiendo aquellas solicitudes que cumplían con los requisitos exigidos.

Una vez cumplidos los trámites contenidos en el artícu-lo 12, referentes a la elaboración del informe propuesta, a la vista del acta de la Comisión de Evaluación, y de la elaboración de la propuesta de resolución, se elabora la presente Resolución, en atención a los antecedentes expuestos.

En virtud del artículo 16.4 de la citada Orden de 27 de noviembre, por el que se establece que el órgano competente para resolver la modalidad 6 (IMD): Investigación en Medicina del Deporte, por delegación del titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, es el titular de la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte,

RESUELVO

Primero. Declarar desierta la convocatoria de subvenciones correspondientes al año 2008 en la modalidad 6 (IMD), Investigación en Medicina del Deporte, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, al considerarse que los proyectos de investigación presentados y admitidos no cumplen con lo preceptuado en el artículo 47.2 de la citada Orden, según el cual «Además, los proyectos de investigación deberán comportar la realización de trabajos concretos, originales e iné-ditos, y en su diseño deberán tener un carácter práctico y aplicado, abordando cuestiones concretas y al mismo tiempo relevantes, contrastando en la realidad los presupuestos teórico-prácticos de la acción investigadora y conectándola a aspectos del fenómeno deportivo y la salud».

Notífiquese la presente Resolución al interesado en legal forma, con indicación de que contra la misma, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de julio de 2008.- La Directora, LeocriciaJiménez López.

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