Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 10/10/2008

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 29 de septiembre de 2008, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público una beca de investigación con cargo al contrato con referencia 400757.

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La Universidad de Almeria convoca a concurso público una de investigación con cargo al contrato con referencia 400757.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un pais miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca. El resto de requisitos se contemplan en Anexo.

Dotación de las becas: La beca comprende una asignación mensual indicada en el Anexo y un seguro combinado de accidentes individuales y asistencia sanitaria (en el supuesto de no poseer cobertura de la seguridad social). Será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el caso de becas a tiempo completo.

Duración de las becas: Ver Anexo.

Carácter de las becas: La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Almería y su disfrute exige dedicación exclusiva.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vítae: Se deberá acreditar documentalmente que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. No se valorará aquello que no esté debidamente justificado.

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

• Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

• El director de la beca: Dr. don José Luis Guil Guerrero.

• Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.

• La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo II a esta convocatoria, pudiendo citar a los tres candidatos que hayan obtenido la mayor puntuación a una entrevista personal en la que se podrá incluir una prueba práctica. Esta entrevista se puntuará con un máximo de 5 puntos. La Resolución de las becas se publicará en el citado tablón de anuncios.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de esta beca.

Si se produjera la vacante o renuncia de una beca se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas.

Obligaciones del becario/a:

1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el tutor/a de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

2. Será obligación del becario/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

La presente Resolución agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001) contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta Resolución. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 29 de septiembre de 2008.- El Rector, Pedro Molina García.

ANEXO I

Una beca de investigación con cargo al contrato titulado «Aplicación de nuevas tecnologías para la obtención de lípidos para alimentación infantil» con referencia 400757.

Perfil de la beca:

- Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Ambientales en el curso académico 2004/05 o posterior, con nota media superior a 2.

- Se requiere formación académica de posgrado en seguridad alimentaria y/o ambiental. Conocimientos demostrables en operación con pasterizadotes.

- Se valorará la experiencia laboral en control de calidad en la industria alimentada.

Cuantía de la beca: 1.165 €/mes.

Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: Tiempo completo.

ANEXO II

BAREMO

1. Expediente académico(1-4) x 7

2. Becas(0 - 0,6)

2.1. Si ha disfrutado de una beca

 de investigación del MEC, Junta u homologada0,4

2.2. Si ha disfrutado de una beca

 de colaboración del MEC0,2

3. Programa de doctorado

 (máximo 32 créditos computables)(0 - 0,59)

3.1. Por crédito ordinario realizado0,01

3.2. Por crédito convalidado por

 trabajo de investigación o tesina0,04

4. Estancias de investigación en otros centros1(0 - 0,6)

4.1. En España0,2 x mes

4.2. En el extranjero0,3 x mes

5. Actividad investigadora(0 - 4,2)

5.1. Libros publicados² de carácter

 internacionalhasta 2 puntos por cada uno

5.2. Libros publicados² de carácter

 nacionalhasta 1 punto por cada uno

5.3. Libros publicados² de carácter

 regionalhasta 0,4 puntos por cada uno

5.4. Capítulos de libros y artículos²

 de carácter internacionalhasta 1 punto por cada uno

5.5. Capítulos de libros y artículos²

 de carácter nacionalhasta 0,5 puntos por cada uno

5.6. Capítulos de libros y artículos²

 de carácter regionalhasta 0,2 puntos por cada uno

5.7. Actas de congresos

 internacionales hasta 0,6 puntos por cada uno

5.8. Actas de congresos

 nacionaleshasta 0,3 puntos por cada uno

5.9. Actas de congresos

 regionaleshasta 0,12 puntos por cada uno

5.10. Comunicaciones a congresos

 internacionaleshasta 0,2 puntos por cada uno

5.11. Comunicaciones a congresos

 nacionaleshasta 0,1 punto por cada uno

5.12. Comunicaciones a congresos

 regionaleshasta 0,04 puntos por cada uno

6. Experiencia relacionada con

 los requisitos de la convocatoria(0 - 6)

1 Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior.

² Se excluyen publicaciones docentes y de divulgación y también aquellas que no realicen procesos de revisión por expertos.

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