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De conformidad con los artículos 22.2 y 24 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la expedición de copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de Andalucía corresponderá a las jefaturas de sección u órgano asimilado dependiente del órgano que hubiera emitido el documento original y que tengan encomendadas las funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original. En caso de que el órgano que produjo el documento original hubiese desaparecido, dicha competencia para autenticar les corresponderá a las jefaturas de sección u órganos similares que tengan encomendada la custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original.
En base a lo anterior y de conformidad con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el art. 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
ACUERDO
Primero: La competencia de expedir copias autenticadas de documentos originales atribuida a las Jefaturas de Sección u órgano asimilado, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 24 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos originales obrantes en los expedientes de Acción Social del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, cuya tramitación corresponde a la Sección de Personal, queda delegada en el puesto de trabajo denominado Negociado de Acción Social.
Segundo. En las copias autenticadas que se expidan en virtud de la presente delegación se indicará expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento.
Sevilla, 18 de noviembre de 2008.- La Directora General, Isabel María Cumbrera Guil.
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