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De conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que contra este acuerdo no cabe recurso alguno, según dispone el apartado 6 del art. 42 de la señalada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Expte.: 175/08. Don Raúl García Bustamante. Que con fecha 30 de octubre de 2008 se ha dictado Comunicación de Interrupción del Plazo de Resolución del Procedimiento de Desamparo respecto de la menor L.G.C.
Granada, 20 de noviembre de 2008.- El Secretario General, Sergio García Megías.
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