Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 17/12/2008

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 1 de diciembre de 2008, de la Universidad de Granada, por la que se convoca a concurso público becas de investigación y personal técnico.

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La Universidad de Granada convoca a concurso público becas de investigación y personal técnico.

La presente convocatoria, que se regirá tanto por sus normas propias como por las específicas que figuran contenidas en los anexos de esta Resolución, no está incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de Personal Investigador en Formación.

Requisitos de los solicitantes: Podrán solicitar estas becas quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los distintos subprogramas que figuran como anexos de esta Resolución.

Carácter de las becas: La concesión de una beca al amparo de esta convocatoria no establece relación contractual o estatutaria entre el beneficiario y la Universidad de Granada, ni implica por parte de la misma ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

El disfrute de la beca, cuando lo sea a tiempo completo, al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del art. 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o del art. 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril). Es obligación del becario comunicar a la Universidad de Granada la obtención de las mismas durante el período de vigencia de la beca, las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la Universidad de Granada.

En el supuesto de que las becas sean homologadas en los términos previstos en los estatutos de la Universidad de Granada, los becarios podrán realizar colaboraciones docentes relacionadas con su trabajo de investigación orientadas a completar su formación docente e investigadora, tuteladas por el Departamento receptor, hasta un máximo de 60 horas anuales durante cada curso académico, sin que ello suponga ninguna responsabilidad laboral por parte de la Universidad de Granada, y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

- Voluntariedad por parte del interesado.

- Informe favorable del Departamento en que se integre el becario.

- Conformidad de la Vicerrectora de Política Científica e Investigación y del Vicerrector de Ordenación Académica.

El órgano competente de la Universidad extenderá certificación de la docencia impartida por el becario al término de su realización.

Objetivo de las becas: Posibilitar la formación investigadora y en su caso docente del becario, bajo la dirección del investigador responsable.

Cuantía de las becas: La cuantía de las becas estará asimismo especificada en cada uno de los anexos, pudiendo contemplarse retribuciones a partir de 480 euros mensuales, para una dedicación de 20 horas semanales y 900 euros mensuales para una dedicación de 40 horas semanales. Las becas implicarán además obligatoriamente un seguro de asistencia médica y de accidentes, extensible en su caso al cónyuge e hijos del beneficiario, siempre que se acredite que no disponen de ningún tipo de cobertura por el Sistema Nacional de Seguridad Social o equivalente, nacional o extranjero.

Efectos de las becas: Una vez reunidas las Comisiones correspondientes y seleccionados los becarios, las becas surtirán efecto desde la fecha del acta de las Comisiones, salvo que en esta se especifique otra fecha, y siempre que el Grupo o Proyecto convocante acredite la disponibilidad presupuestaria para hacer frente al pago de las mismas.

Duración de las becas: La duración de las becas dependerá de las condiciones establecidas en las convocatorias específicas (anexos) así como su posible prórroga. En ningún caso la duración de la beca será superior a cuatro años. Los becarios podrán obtener becas en distintas convocatorias; no obstante, el período máximo que podrá disfrutar será asimismo de cuatro años.

Las renuncias a las becas deberán presentarse ante el Registro General de la Universidad de Granada. En el supuesto de que la renuncia se produzca durante los primeros cinco meses de la beca, el investigador responsable podrá solicitar al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación la sustitución del becario por el candidato que quedó como suplente.

Solicitudes: Los candidatos deberán presentar su solicitud obligatoriamente a través de la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación http://investigacion.ugr.es/pages/personal/index, una vez finalizada la presentación telemática, imprimirán la hoja de solicitud y la presentarán en formato papel en el Registro General de la Universidad o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigida a la Vicerrectora de Política Científica e Investigación, hasta el 15 de enero de 2009, acompañada de la siguiente documentación:

- Currículum vitae.

- Fotocopia del DNI o equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea, o tarjeta de residente del solicitante en caso de naturales de otros países.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en sus estudios en la Universidad.

- Resto de méritos debidamente documentados en función de los requisitos de la convocatoria específica.

Los solicitantes que no obtengan beca, ni aparezcan relacionados como suplentes en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta. La documentación que no se retire en dicho plazo podrá ser destruida.

Subsanación de solicitudes: El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes presentadas. En la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de 5 días naturales desde dicha publicación para que los interesados subsanen los defectos, aporten la documentación requerida o presentar las alegaciones que estimen pertinentes. Los solicitantes que no aporten la documentación requerida o subsanen los defectos se entenderán que desisten de su solicitud. Posteriormente se publicará en la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación de la UGR la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitiéndose los expedientes a las Comisiones de Valoración para su resolución.

Criterios de valoración: La Comisión valorará con carácter general:

- Expediente académico.

- Experiencia profesional relacionada con los requisitos de la convocatoria específica.

- Otros méritos acreditados documentalmente.

Comisión Evaluadora de las solicitudes. La Comisión Evaluadora estará constituida por:

- Sra. Vicerrectora de Política Científica e Investigación.

- Sra. Secretaria General.

- 1 miembro de la Comisión de Investigación.

- 2 miembros (como máximo) propuestos por el responsable del Proyecto, Grupo, Contrato o Convenio y que figurarán relacionados en la convocatoria específica.

En las becas gestionadas a través de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) u Oficina de Proyectos Internacionales (OFPI), se sustituirá el miembro de la Comisión de Investigación por el Director de la OTRI, así como al Director de la Oficina de Proyectos Internacionales.

El resultado de esta convocatoria se hará público en la página web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación.

Granada, 1 de diciembre de 2008.- El Rector, Francisco González Lodeiro.

ANEXO 1

1 beca de investigación adscrita al contrato de investigación Asistencia en materia de paisajes para el Plan Subregional del Sur de Córdoba (Ref. 2102)

Investigador responsable: Don Alberto Matarán Ruiz.

Funciones del becario: Elaborar un trabajo de investigación orientado a la realización de una tesis doctoral relacionada con los objetivos del proyecto en cuestión.

Requisitos de los candidatos: Licenciado en Ciencias Ambientales.

Condiciones de la beca:

- Cantidad mensual a retribuir: 800 euros.

- Horas semanales: 40 horas.

- Duración: 3 meses (prorrogable).

Criterios de valoración: Expediente académico. Temática del Proyecto Ambiental fin de Carrera en relación con la Ordenación del Territorio. Becas de Investigación en relación con la Ordenación del Territorio. Formación de Postgrado en SIG.

Miembros de la Comisión:

- Luis Miguel Valenzuela Montes.

- Francisco Aguilera Benavente.

ANEXO 2

1 beca de Investigación adscrita al CASCADE: Red de Excelencia (Ref. 2121)

Investigador responsable: Don Nicolás Olea Serrano.

Funciones del becario:

- Tratamiento de muestras biológicas.

- Análisis cromatográfico (cromatografía de gases, masas y HPLC) de muestras biológicas.

Requisitos de los candidatos: Licenciado en Ciencias Ambientales o en Ciencias de la Salud.

Condiciones de la beca:

- Cantidad mensual a retribuir: 1.975 euros.

- Horas semanales: 40 horas.

- Duración: 2 meses.

Criterios de valoración: Conocimiento de técnicas en las funciones asignadas al becario. Suficiencia investigadora en Programa de Doctorado que se encuadre en los objetivos del proyecto. Realización tesis doctoral en proyectos acordes con la línea de investigación de la beca.

Miembros de la Comisión:

- Nicolás Olea Serrano.

- Mariana F. Fernández Cabrera.

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