Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 20/06/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 14 de mayo de 2009, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo y Normas Urbanísticas de la Subsanación de Deficiencias y Texto Refundido de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, en el municipio de Doña Mencía.

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Expediente de subsanación de deficiencias y Texto Refundido de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, relativa a nuevos sectores de SUS industrial S.6-1 y S.6-2 «El Henazar», en el municipio de Doña Mencía

PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUIERDO

Toma de conocimiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el procedimiento de aprobación de instrumentos de ordenación urbanística

Expediente P-37/05: Subsanación de deficiencias y Texto Refundido de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, en el ámbito de nuevos Sectores de SUS Industrial S.6-1 y S.6-2 «El Henazar»; en el municipio de Doña Mencía, formulado por dicho Ayuntamiento.

El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:

1. Que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U.), en sesión celebrada con fecha 3 de noviembre de 2005, resolvió la aprobación definitiva del expediente de referencia, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el apartado segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.

2. Que con fecha 20 de diciembre de 2005 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Doña Mencía comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias y Texto Refundido señaladas en sesión celebrada con fecha 28 de noviembre de 2005, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.

3. Que la presente subsanación de deficiencias y Texto Refundido cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U., de 3 de noviembre de 2005, según el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta Delegación Provincial.

En consecuencia se dispone lo siguiente:

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U de 3 de noviembre de 2005, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, realizándose la siguiente consideración:

Formarán parte de la ordenación estructural las determinaciones de la innovación que se recogen en el artículo 10.1.A de la LOUA.

Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. Córdoba, 11 de abril de 2006.- El Delegado, Francisco García Delgado.

PUBLICACIÓN DE NORMAS URBANÍSTICAS

4. Ordenacion propuesta.

4.1. Delimitación de los sectores.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 18.1 de la LOUA, el área de reparto del suelo urbanizable sectorizado de nueva creación se divide en dos sectores, con las siguientes características:

ÁREA DE REPARTO 06
Superficie m 213.469
Aprovechamiento medio m 0,70
SECTORES S.6.-1 S.6.-2
Superficie m 94.544 118.925
Uso global INDUSTRIAL INDUSTRIAL
Edificabilidad global m 0,70 0,70
Cesiones locales según LOUA según LOUA
Plazo aprobación planeamiento desarrollo 1 año 6 años
Aprovechamiento objetivo m 66.181 83.248
Aprovechamiento subjetivo m 59.563 74.923
Sistema actuación COOPERACIÓN COMPENSACIÓN
Desarrollo Plan Parcial Plan Parcial
Gestión Proy. Reparcelación Proy. Compensacion y Reparcelación
Ejecución Proy. Urbanizazión Proy. Urbanizazión

Para la distribución de costes de las infraestructuras externas a los dos sectores se procederá de forma proporcional al aprovechamiento objetivo de los dos sectores. Por tanto se asignarán los siguientes coeficientes de reparto:

DISTRIBUCIÓN COSTES INFRAESTRUCTURAS EXTERNAS
Sectores S.6.-1 S.6-2
COEFICIENTE DE REPARTO 0,4429 0,5571

Considerando que el sector 2 (S.6-2) se ejecutará en el plazo de 6 años, salvo decisión mayoritaria de los propietarios, en cuyo caso necesitarán presentar ante el Ayuntamiento iniciativa para adelantar el desarrollo urbanístico de la misma, refrendada por la mayoría de los propietarios que representen al menos el cincuenta por ciento de los terrenos; los propietarios del S.6-1 tendrán que adelantar los costes de urbanización comunes (conexión de servicios urbanos) a todo el área de reparto, repercutiendo el importe a los titulares de la S.6-2, pudiendo éstos abonar la cantidad que les corresponda en metálico o en aprovechamiento urbanístico. En el primer caso se satisfará la cantidad una vez terminen las obras de urbanización. En el segundo, se reconocerá el derecho en el proyecto de Compensación a redactar oportunamente.

Córdoba, 14 de mayo de 2009.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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