Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 28/07/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 5 de junio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos), dimanante de procedimiento verbal núm. 505/2007. (PD. 2189/2009).

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NIG: 2905442C20070000445.

Procedimiento: Juicio Verbal 505/2007.

Sobre: Reclamación cuotas comunidad.

De: C.P. Paraíso del Sol.

Procuradora: Sra. María Isabel Martín López.

Contra: D/Dña. Suzanne Clause.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 505/2007 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos) a instancia de C.P. Paraíso del Sol, contra Suzanne Clause, sobre reclamación cuotas comunidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NÚM.

En Fuengirola, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.

La Sra. doña Esperanza Brox Martorell, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Dos) y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 504/2008 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Flowerhome 2000, S.L. con Procurador Sr. Pérez Berenguer, Juan José; y de otra como demandado D/Dña. Jan Andersen, sobre desahucio y reclamación de cantidad, procedente del antiguo verbal 485/06, del Juzgado Mixto Ocho, y,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por la entidad Flowerhome 2000, S.L., frente a don Jan Andersen, debo declarar y declaro resueltos los contratos de arrendamiento de local de negocio que con fecha 19.10.05 suscribieron actora y demandado sobre las fincas 64131 y 64137 del Registro de la Propiedad de Mijas (respectivamente local comercial núms. 1 y 4 de la C/ Murillo, 2, de Mijas Costa), por falta de pago de la renta, debiendo el demandado dejarlos libres, vacuos, expeditos y a disposición de la actora dentro de plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento, a su costa, de no hacerlo así.

Y debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la suma de 17.311,84 € por el local núm. 1 y 14.081,76 € por el local núm. 4, y al pago de las costas procesales.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demando/s Suzanne Clause, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a cinco de junio de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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