Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 14/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Resolución de 24 de julio de 2009, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden las becas de formación, investigación y apoyo relativas a la cooperación internacional para el desarrollo de la convocatoria de 2009.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Orden de 15 de septiembre de 2005, se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación, investigación y apoyo relativas a la Cooperación Internacional al Desarrollo y se realiza la convocatoria para el año 2005 (BOJA núm. 190, de 28.9.2005).

Con fecha 12 de febrero de 2009 se publica la Resolución de 30 de enero de 2009, por la que se realiza la convocatoria para el año 2009.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 12.4 de la citada Orden por la que se establecen las bases reguladoras, la Comisión de Selección se reunió el 23 de julio de 2009 a fin de seleccionar a las becarias y becarios, elaborando, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Orden reguladora, la relación ordenada de las personas candidatas a las cuales se proponen como beneficiarias y suplentes para que les sean concedidas las becas.

Teniendo en cuenta que las personas solicitantes han acreditado el cumplimiento de los requisitos generales establecidos en la mencionada Orden reguladora, así como en la convocatoria correspondiente al año 2009.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; en la vigente Ley de Presupuestos; en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico; en la Orden de 15 de septiembre de 2005, de la Consejería de la Presidencia, reguladora de las becas; así como en las demás disposiciones aplicables.

De conformidad con el artículo 16.h) de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación para el Desarrollo, aprobados por Decreto 1/2008, de 8 de enero, la competencia para resolver sobre las solicitudes de concesión de las becas corresponde al titular de Dirección de la Agencia.

Vistos los preceptos legales citados, así como la propuesta de la Comisión de Selección,

DISPONGO

Primero. Conceder las becas convocadas mediante Resolución de 30 de enero de 2009, por la que se realiza la convocatoria de becas de formación, investigación y apoyo, relativas a la cooperación internacional para el desarrollo, para el año 2009, a las siguientes personas:

- María Vanesa Romero Lacalle.

- José Ramón García-Angulo Gutiérrez.

- Sara Musotti.

- Claudia Cano Hinojosa.

Segundo. Cuantificar la dotación prevista en la convocatoria para cada una de las personas beneficiarias de las cuatro becas en 11.252,00 euros, con cargo al Programa de Actuación, Inversiones y Financiación de la AACID, desglosada en los siguientes términos:

- Doce asignaciones de 870 euros pagaderas por meses vencidos.

- Una asignación de 812 euros para gastos carácter extraordinarios ocasionados por la actividad y para la suscripción por parte del beneficiario de una póliza de seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Esta asignación se desembolsará conforme a lo establecido en el artículo 15.3 y 15.4 de la Orden reguladora.

Tercero. La duración inicial de las becas es de doce meses, pudiéndose prorrogar la misma hasta un máximo de doce meses más de conformidad con lo establecido en artículo 17 de la Orden de 15 de septiembre de 2005. El período inicial comenzará el 1 de septiembre de 2009 y finalizará el 1 de septiembre de 2010.

Los beneficiarios deberán incorporarse a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Sevilla) el 1 de septiembre de 2009.

Cuarto. Designar como suplentes de las personas designadas como beneficiarias, por orden de prelación a:

- Isabel Sánchez Benito.

- María Rubio Chaves.

- Antonio Basallote Marín.

- María Nieto Fajardo.

Quinto. Las personas beneficiarias deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Orden de 15 de septiembre de 2005, así como las condiciones establecidas en el artículo 13.4 del mismo texto y presentar en el plazo de los diez días siguientes a la publicación de la presente Resolución:

a) La aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se derivan de la Orden de 15 de septiembre de 2005.

b) La renuncia, en su caso, a otras becas.

c) Copia debidamente compulsada de la documentación acreditativa del empadronamiento o de nacimiento.

Sexto. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1.g) de la Orden reguladora, cada persona beneficiaria deberá emitir un informe trimestral del desarrollo de la beca que deberá ser aprobado por el Director de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Séptimo. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y notificar a los beneficiarios la presente Orden conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de los Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de la Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación, conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de julio de 2009.- El Director, Joaquín Rivas Rubiales.

Descargar PDF