Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 13/11/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 30 de octubre de 2009, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía (A1.6).

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Propuesta por la correspondiente Comisión la relación definitiva de aspirantes aprobados/as, en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, convocadas por Orden de esta Consejería de 17 de noviembre de 2008 (BOJA núm. 240, de 3 de diciembre), se procede a dar cumplimiento a la base octava de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto:

Primero. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, modificado por el del Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, y la base octava de la Orden de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirá por un acto único, que se celebrará el día 24 de noviembre a las 12,00 horas, en la sede de la Dirección General de la Función Pública, sita en Avda. República Argentina, núm. 25, 5.ª planta, de la ciudad de Sevilla.

A dicho acto deberán comparecer los aspirantes provistos de la documentación que figura relacionada en el apartado 6 de la base octava de la Orden de 17 de noviembre de 2008, por la que se convocan dichas pruebas, así como petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución, debidamente firmado y cumplimentado. Los aspirantes seleccionarán un número de plazas igual al de su número de orden en la lista de aprobados. De no ser así se le asignará alguna de las plazas que queden vacantes una vez adjudicadas las plazas solicitadas por el resto de aspirantes.

2. Los/as aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro de Personal de la Junta de Andalucía. Los/as funcionarios de otras Administraciones deberán presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado en el mismo se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el cuerpo, requiriéndose, en caso contrario, su acreditación documental.

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán a los/as aspirantes seleccionados/as en las respectivas pruebas, de acuerdo con la puntuación total obtenida.

2. Conforme dispone el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación si se trata de puestos de trabajo de nivel básico o carácter provisional si se trata de puestos de trabajo de nivel no básico.

Cuarto. Los/as funcionarios/as que ocupen con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrán solicitar, la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán excluidos/as del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción dada por el Real Decre-to 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Quinto. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparezcan, o no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Contra la oferta de vacantes que se realiza en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados del mismo modo, ante la Sala de lo Contencioso-Admnistrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de octubre de 2009.- El Secretario General para la Administración Pública, Rafael Cantueso Burguillos.

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Ver Anexo II en página núm. 29, del BOJA núm. 53, de 18.3.200

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