Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 11 de febrero de 2009, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda, dimanante de apelación núm. 6571/2008. (PD. 463/2009).

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NIG: 4109137C20080000842.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelación Civil 6571/2008.

Asunto: 200631/2008.

Autos de: Familia. Divorcio Contencioso 54/2008.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Uno de Estepa.

Negociado: 4F.

Apelante: Esmeralda Muñoz Barrero.

Apelado: Esmeralda Muñoz Barrero y Joel Cruz Jiménez.

EDICTO

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de apelación núm. 6571/08-F, dimanante de los autos núm. 54/08 del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Estepa, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositivas son del siguiente tenor:

SENTENCIA NÚM. 529

Presidente Ilmo. Sr. don Manuel Damián Álvarez García.

Magistrados, Ilmos. Sres.: Don Carlos Piñol Rodríguez y don Andrés Palacios Martínez.

Referencia:

Juzgado de procedencia: 1.ª Inst. Estepa núm. 1.

Rollo de apelación núm. 6571/08-F.

Juicio núm. 54/08.

En la ciudad de Sevilla, a 4 de diciembre de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, Juicio Familia sobre divorcio procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Esmeralda Muñoz Barrero, representada por la Procuradora doña M.ª Dolores Bernal Gutiérrez y defendida por la Letrada doña Catalina Suárez Martín, que en el recurso es parte apelante, contra Joel Cruz Jiménez. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 9 de mayo de 2008, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: «Estimar parcialmente la demanda interpuesta por doña Esmeralda Muñoz Barrero contra don Joel Cruz Jiménez, la disolución por causa de divorcio, con todos los efectos legales, del matrimonio de ambos, con los siguientes pronunciamientos: 1. Atribuir a Esmeralda Muñoz Barrero la guarda y custodia del hijo habido en el matrimonio, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores. 2. Establecer el régimen de visitas descrito en el FJ3° de esta sentencia. 3. Establecer la obligación de don Joel Cruz Jiménez de abonar a doña Esmeralda Muñoz Barrero, en concepto de pensión por alimentos para el hijo, la cantidad de 200 euros mensuales, pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante el ingreso en la cuenta bancaria que se indique por la parte actora. Dicha pensión se actualizará anualmente, con criterio acumulativo, mediante la aplicación del correspondiente IPC que publica el INE o el organismo que le sustituyese en ese momento en sus funciones. Lo anterior sin perjuicio de que, en caso de surjan gastos extraordinarios respecto al hijo común, los mismos hayan de ser satisfechos por mitad por cada uno de los progenitores. 4. Igualmente, se acuerda la disolución del régimen económico matrimonial de separación de bienes, una vez sea firme esta sentencia. 5. Todo lo anterior sin expresa imposición de costas a las partes.»

Segundo. Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la celebración de vista quedó visto para sentencia.

Tercero. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el llmo. Sr. Magistrado don Manuel Damián Álvarez García.

FALLAMOS

Que, estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña M.ª Dolores Bernal Gutiérrez, en nombre y representación de doña Esmeralda Muñoz Barrero, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Estepa, en fecha 9 de mayo de 2008, debemos modificar dicha resolución en el sentido de privar al demandado don Joel Cruz Jiménez de la patria potestad respecto de su hijo, pudiendo visitar al menor en la forma que acuerde con la madre, sin pernocta fuera del domicilio familiar; no hacemos especial pronunciamiento sobre las costas procesales de segundo grado.

Así por esta nuestra Sentencia, juzgando definitivamente en segunda instancia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el llmo. Sr. Magistrado Ponente en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Joel Cruz Jiménez, expido la presente en Sevilla, a once de febrero de dos mil nueve.- El Secretario.

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