Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 03/03/2009

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de 19 de febrero de 2009, de la Secretaría General del IFAPA, notificando acuerdo de reintegro recaído en el expediente que abajo se relaciona, incoado según lo dispuesto en la Orden que se cita.

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De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imposibilidad de practicar la notificación en el último domicilio conocido del interesado que a continuación se relaciona, se le hace saber a través de este anuncio, que ha sido dictado el siguiente acuerdo en expediente administrativo de reintegro:

Acuerdo de 24.7.07.

Expte.: Devolución de ingresos indebidos.

Interesado: Don Matías Sanz Rodríguez.

Dirección: Conjunto Molino de Velasco, 19-2.°, puerta 3, Vélez-Málaga (Málaga).

Con fecha de 21 de junio de 2007, causó cese en este Organismo por pasar a la situación de jubilación forzosa por cumplimiento de la edad. Dicha situación causa un exceso de liquidación reflejada en la nómina del mes de junio, respecto a los días de 22 al 30 de junio, que ascendía a una cantidad líquida total de 707,83 euros. En la nómina de julio de liquidación de paga de diciembre y productividad se compensaron hasta un total de 509,82 euros. Queda por tanto pendiente de reintegro un total de 198,01 euros.

De acuerdo con la Orden de 30 de noviembre de 1999 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regulan los procedimientos de reintegros por pagos indebidos en la Administración de la Junta de Andalucía, deberá proceder al ingreso de las cantidades percibidas indebidamente (198,01 euros), o bien, en un plazo de quince días formular alegaciones o aportar cuantos documentos o justificaciones estime oportunos. En el procedimiento se ha tenido en cuenta deducir de las cantidades netas.

En el supuesto de conformidad con el reintegro de la cantidad expresada anteriormente, rogamos la haga efectiva en la cuenta de Habilitación del IFAPA que a continuación se indica: BBVA 0182/5566/78/0201507232. El Secretario General. Fdo.: Fernando Morillo Pérez.

Si transcurrido el plazo no se hubiesen efectuado alegaciones, instruido el correspondiente procedimiento, se dictará resolución de reintegro, de conformidad con lo dispuesto en la citada Orden.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente.

b) Si se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes o el inmediato hábil siguiente.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquier oficina de la entidad bancaria citada.

Sevilla, 19 de febrero de 2009.- El Secretario General, Fernando Morillo Pérez.

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