Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 03/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 28 de enero de 2009, por la que se unifican en un solo código los centros docentes privados de educación infantil y educación primaria «Virgen de Belén», de Huelva.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Puerto Soto García, como representante de las Religiosas del Sagrado Corazón, entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Virgen de Belén», con domicilio en C/ Natividad, s/n, de Huelva, solicitando la unificación de los códigos de los mismos en uno solo, el del centro de educación primaria.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Huelva.

Resultando que el centro docente privado de educación infantil, con código 21601056, tiene autorización administrativa para 3 unidades del segundo ciclo de educación infantil con 75 puestos escolares y el centro docente privado de educación primaria, con código 21001879, tiene autorización administrativa para 18 unidades de educación primaria con 450 puestos escolares y para una unidad de educación básica especial con 12 puestos escolares.

Resultando que el Servicio de Planificación y Escolarización de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Huelva ha emitido informe favorable.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece que la titularidad de los centros la ostentan las «Religiosas del Sagrado Corazón.»

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio), la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo), la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre), el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás disposiciones aplicables.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación de la autorización administrativa de funcionamiento por unificación de códigos a los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Virgen de Belén», de Huelva, quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación específica: «Virgen de Belén».

Código del centro: 21001879.

Domicilio: C/ Natividad, s/n.

Localidad: Huelva.

Municipio: Huelva.

Provincia: Huelva.

Titular: Religiosas del Sagrado Corazón.

Composición resultante: 3 unidades de segundo ciclo de educación infantil para 75 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro docente privado de educación primaria.

Denominación específica: «Virgen de Belén».

Código del centro: 21001879.

Domicilio: C/ Natividad, s/n.

Localidad: Huelva.

Municipio: Huelva.

Provincia: Huelva.

Titular: Religiosas del Sagrado Corazón

Composición resultante: 18 unidades de educación primaria para 450 puestos escolares y una unidad de educación básica especial específica para 12 puestos escolares.

Segundo. Dejar sin efecto el código 21601056 que correspondía al centro docente privado de educación infantil.

Tercero. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de enero de 2009

TERESA JIMÉNEZ VÍLCHEZ

Consejera de Educación

Descargar PDF