Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción como Bienes de Catalogación General de manera colectiva en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, los molinos mareales del litoral de Huelva.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre Protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo.

Así mismo, el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero (declarado vigente por la Disposición derogatoria única de la Ley 14/2007), en su artículo 2, atribuye a la Consejería de Cultura la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Los molinos mareales son exponentes de los procesos de antropización y aprovechamientos vinculados al medio natural de la marisma, con significativos valores históricos, etnológicos, simbólicos, arqueológicos, arquitectónicos, territoriales y paisajísticos. Comienzan a construirse y a funcionar desde el siglo XV, perdurando hasta las décadas de los cuarenta y cincuenta del siglo XX. La ubicación de los molinos, alejados de las poblaciones, supone simbólicamente una forma de ocupación humana en un territorio hostil, marcado socialmente por la inaccesibilidad y la insalubridad. Actualmente son un referente patrimonial identificador de la marisma litoral onubense, como ocurre con otras zonas del litoral atlántico donde se ha constatado su presencia, desde Cádiz hasta la ciudad portuguesa de Faro. Los molinos evocan una cultura molinera artesanal, así como un modo de vida propio. Estos inmuebles han configurado el paisaje y el territorio de la marisma, adaptando el terreno a las necesidades constructivas y buscando las mejores condiciones en el medio para la captación y almacenamiento de las aguas.

Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción como bienes de Catalogación General de manera colectiva, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de los molinos mareales del litoral de Huelva, en los términos municipales de Ayamonte, Isla Cristina, Lepe, Cartaya, Aljaraque, Gibraleón y Moguer, cuya denominación, descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores de los Bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Tercero. Continuar con la tramitación del procedimiento, de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura de Huelva.

Cuarto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2008.- La Directora General, Guadalupe Ruiz Herrador.

ANEXO

I. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS MOLINOS MAREALES

Estas instalaciones que aprovechaban los flujos y reflujos de las mareas para poner en movimiento los mecanismos de molienda, se construyeron sobre los caños y esteros de las marismas en las desembocaduras de los ríos Guadiana, Piedras, Odiel y Tinto, superponiendo a estos caños los elementos para la captación y almacenamiento de las aguas, consistentes básicamente en un sistema de compuertas y una presa o caldera. Junto a esta y por encima del nivel hidráulico se sitúan las dependencias del molino, compuestas por una edificación de planta rectangular con cubierta a doble vertiente (sala de molienda) y, en algunos casos, dependencias anexas (almacén y cuadras). En el nivel hidráulico del molino se localizan los cárcavos, cámaras en las que se instalaban los rodeznos y rodetes que accionaban las muelas, desaparecidos en todos los ejemplos conservados. La capacidad molinera oscilaba de dos a cuatro muelas, destacando el molino de El Pintado con seis piedras.

Estos molinos harineros no se presentan de manera aislada en la marisma, sino interrelacionada con otros aprovechamientos, como la producción de sal en salinas (sobre todo en Ayamonte e Isla Cristina), la pesca en emplazamientos artesanales y el marisqueo en canales y caños.

Aunque existe constancia desde el siglo XV en los esteros de Gibraleón, en el Odiel y de Moguer en el Tinto, la época de esplendor de los molinos mareales se encuadra entre los siglos XVI y XVII, creciendo de manera paulatina durante el periodo ilustrado del siglo XVIII. El declive de estas factorías se produce a mediados del siglo XIX con la Revolución Industrial, la pérdida de los mercados coloniales y la introducción de nuevos sistemas productivos. Desde finales del XIX hasta comienzos del siglo XX, la actividad cesa, funcionando de manera excepcional en algunos inmuebles hasta mediados de los años cuarenta como respuesta a la carestía de pan. El carácter obsoleto de esta tecnología, su abandono y la acción erosiva del medio costero, han supuesto la desaparición de la mayor parte de molinos mareales, conservándose en la actualidad de manera deficiente y fragmentaria: Arcadas de compuertas, muros de calderas, cárcavos, y edificaciones en diverso grado de conservación. Algunos han mantenido parte de sus instalaciones gracias a los nuevos usos multifuncionales, como es el caso de la utilización como piscifactoría de las calderas en los molinos de El Pintado, Eizaguirre, Tamujar Grande, Las Compuertas y Gazapo.

II. DESCRIPCIÓN INDIVIDUAL DE LOS MOLINOS MAREALES OBJETO DE PROTECCIÓN

1. Denominación: Molino de San Diego.

Otras denominaciones: Molino de La Bolsa, Molino de La Nao, Molino de San Miguel, o Molino de Las Monjas.

Localización.

Municipio: Ayamonte.

Dirección: Paraje Estero de La Nao.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 00012, 00018, 00206, 00021, 09005 del polígono 015.

Descripción: Edificio levantado sobre cuatro cárcavos de ladrillo de planta rectangular orientación este-oeste del que se conservan restos de algunas de las dependencias, cuadra, pajar y vivienda. El molino ha perdido todas las cubiertas y algunos paramentos. En el interior de la sala de molienda puede encontrarse algunas piedras molineras. Reconstruido en 1811, funcionó hasta la década de los cuarenta del siglo XX. La tipología de molino fue la de rodete de regolfo y tuvo capacidad para cuatro muelas soleras. Conserva los caballetes para voltear las piedras soleras y las compuertas de acceso a la caldera.

2. Denominación Molino de El Pintado.

Otras denominaciones: Molino del Patrocinio de San José; Molino del Papudo.

Localización.

Municipio: Ayamonte.

Dirección: Paraje Los Zapales (estero de la Rivera).

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas completamente: Parcelas 00011, 00006 y 00007 del polígono 14. Afectadas parcialmente: Parcelas 5, 13, 9005, 16, 10, 9, 9006, 8 y 9012 del polígono 14.

Descripción: Constituye el mayor exponente de molino mareal del litoral de Huelva con seis piedras para la molienda. Construido en piedra ostionera, cal y ladrillo, conserva todos los elementos del sistema hidráulico, así como también los elementos que identifican la sala de molienda. Resulta de interés como elemento decorativo un panel de azulejería de cinco por ocho piezas, situado a la entrada del edificio, con el escudo de armas y apellidos de la Casa de Rivero. La sala de molienda de planta rectangular, según un eje sudeste-noroeste, se adapta al perímetro de la caldera. El molino reconstruido a mediados del siglo XVIII por el indiano Manuel Rivero González «El Pintado», se ha rehabilitado en 2007 como centro de interpretación del patrimonio cultural y natural del litoral onubense. La tipología de molino es la de rodete de regolfo.

3. Denominación: Molino de Eizaguirre.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Ayamonte.

Dirección: Paraje de San Andrés, estero de La Rivera.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcela 00016 del polígono 014 y parcela 09005 del polígono 013.

Descripción: Molino de planta rectangular orientado en un eje norte-sur y dispuesta para una cubierta a dos aguas actualmente inexistente. Se eleva sobre cuatro arcadas y cuenta con cuatro cárcavos. Conserva la edificación en estado ruinoso, aunque se identifican la mayor parte de sus elementos, así como también los que conforman el sistema hidráulico: caldera y compuerta, situada junto a la edificación. Fue uno de los últimos molinos mareales en funcionamiento, hasta la década de 1940, siendo el último molinero Eizaguirre, de ahí su denominación.

4. Denominación: Molino del Molinito.

Otras denominaciones: Molino del Arbolito.

Localización.

Municipio: Ayamonte.

Dirección: Paraje del Estero de La Cruz.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 23, 1, y 24 del polígono 14.

Descripción: Molino mareal de rodezno, de planta rectangular orientado en un eje este-oeste, levantado sobre cuatro cárcavos y cubierta a doble vertiente. Conserva en buen estado el sistema hidráulico, y la edificación molinera, alterada parcialmente por su uso para estabulación del ganado. Presenta como elemento de interés dos contrafuertes en la compuerta que hubieron de servir para sostener el portón de madera desaparecido.

5. Denominación: Molino de Tamujar Grande.

Otras denominaciones: Molino de Pozo del Camino.

Localización.

Municipio: Isla Cristina (Pozo del Camino) y Ayamonte.

Dirección: Paraje del estero del Tamujar Grande.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 5 y 9007 del polígono 4 en Isla Cristina. Parcela 9002 del polígono 9 en Ayamonte.

Descripción: Molino mareal de planta rectangular orientado en un eje sudoeste-noroeste, sobre dos arcadas, reforzadas con salientes de piedra a modo de contrafuertes y cubierta a doble vertiente. Conserva en buen estado su sistema hidráulico, así como también la edificación o sala de molienda, rehabilitada como centro de interpretación «El hombre y la Marisma». Sin actividad desde finales del siglo XIX o comienzos del XX, en la actualidad la caldera se utiliza como piscifactoría, aprovechándose como compuertas los cárcavos, canales y tajamares del molino.

6. Denominación: Molino de Placerón.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Isla Cristina (Pozo del Camino) y Ayamonte.

Dirección: Paraje del Guano.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 9001 y 34 del polígono 5 en Isla Cristina. Parcela 918 del polígono 9 en Ayamonte.

Descripción: Molino mareal derruido del que sólo se conservan restos de la base de muros, fragmentos de piedra molinera, cárcavo, y el «árbol», eje que comunicaba el movimiento del rodezno a las piedras. Por testimonios orales, se conoce que el objeto de la molienda, a diferencia de la mayoría de molinos mareales, fue el guano, consistente en los restos y despojos de pescado de las factorías salazoneras y conserveras, para abono agrícola.

7. Denominación: Molino de las Compuertas.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Isla Cristina.

Dirección: Paraje del Río Carreras.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectada parcialmente: Parcela 00058 del polígono 006.

Descripción: Molino mareal derruido del que solo se conserva dos arcadas que se corresponden con los cárcavos. El entorno donde se encuentra fue transformado a finales del siglo XIX, afectando a la estructura del molino. Según documentación histórica, el molino contó con cuatro muelas. Posteriormente, fue adquirido en 1885 para una explotación de piscicultura y ostricultura.

8. Denominación: Molino del Gazapo.

Otras denominaciones: Molino de La Huerta Noble.

Localización.

Municipio: Isla Cristina (La Redondela).

Dirección: Paraje de Huerta Noble. Antiguo estero de La Redondela.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 00018, 00010 y 00077 del polígono 006.

Descripción: Molino mareal derruido del que se conservan pocos elementos arquitectónicos, restos de muros, varias piedras molineras, cárcavo y compuerta, cubiertos por cieno y vegetación marismeña. La capacidad del molino debió de ser de tres o cuatro muelas.

9. Denominación: Molino Chico.

Otras denominaciones: Molino de Enriqueta.

Localización.

Municipio: Isla Cristina (La Redondela).

Dirección: Paraje de la Ría Carreras-El Puente.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 10 y 9007 del polígono 6.

Descripción: Molino mareal derruido del que sólo se conservan algunas arcadas de las compuertas de la caldera. Se desconoce el número de muelas, aunque la capacidad probablemente fuera de dos muelas.

10. Denominación: Molino de la Higuera.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Lepe.

Dirección: Paraje de las Marismas del Prado en el río Piedras.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectada parcialmente: Parcela 116 del polígono 10.

Descripción: Molino mareal derruido del que pueden distinguirse algunos elementos de su estructura arquitectónica y sistema hidráulico: restos de la base de la edificación, muros en mampostería y ladrillo, y cuatro cárcavos en ladrillo, separados en intervalos regulares por los tajamares o salientes de paramento a modo de contrafuertes. La capacidad molinera fue de cuatro muelas.

11. Denominación: Molino de Valletaray.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Lepe.

Dirección: Paraje de las Marismas del Taray.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 9004 78 del polígono 10.

Descripción: Molino mareal del que sólo se conserva un muro levantado sobre una serie de cárcavos, orientado hacia la caldera, y en el que puede distinguirse uno de los vanos de la sala de molienda. Destacan los arcos en los cárcavos rematados en ladrillo cocido. Aunque. Por los restos hallados se desprende que la capacidad sería probablemente de cuatro muelas.

12. Denominación: Molino de la Barca.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Lepe.

Dirección: Paraje de La Barca.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 115 y 9023 del polígono 7.

Descripción: Molino mareal derruido en una elevación del terreno sobre la marisma, del que sólo se conservan algunos cárcavos, una gran piedra molinera y una arcada rematada en ladrillo sobre muro, esta última relacionada con la compuerta y el llenado de agua de la caldera. Por los restos hallados se sabe que la capacidad molinera fue de cinco muelas.

13. Denominación Molino de Legrete.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Cartaya.

Dirección: Paraje La Tavirona.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectada parcialmente: Parcela 9014 del polígono 28.

Descripción: Molino mareal de planta rectangular orientado según un eje este-oeste cuyas fachadas (meridional y occidental) se encuentran rodeadas por el estero. Conserva buena parte de los muros en mampostería y ladrillo, cárcavos y arcada de la compuerta. La capacidad molinera era de cuatro muelas.

14. Denominación Molino de Cojillas.

Otras denominaciones: Molino del Alfarero.

Localización.

Municipio: Aljaraque.

Dirección: Paraje de Las Cojillas. Estero de Aljaraque.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectada parcialmente: Parcela 37 del polígono 6.

Descripción: Molino mareal de planta rectangular orientado según un eje este-oeste levantado con gruesos muros de ladrillo y mortero. La cubierta del edificio es a doble vertiente con algunos vanos de factura abocinada y reborde de ladrillos en el interior y en el exterior. Del sistema hidráulico se conserva parte de la compuerta para la caldera, así como también cárcavos en el nivel inferior de la edificación, prácticamente enterrados debido a procesos de colmatación.

15. Denominación Molino de Peguerillas.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Gibraleón.

Dirección: Paraje Caño Peguerillas.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectadas parcialmente: Parcelas 222, 238, 237 del polígono 9.

Descripción: Molino mareal de planta rectangular orientado según un eje este-oeste, parcialmente conservado y en estado ruinoso. Destacan los muros en ladrillo y mampostería, y el vano de acceso al interior la compuerta, sobre el que se observa un recuadro donde debió existir alguna advocación. Del sistema hidráulico destaca el canal de entrada de aguas, y la caldera, hallados en uno de los laterales del edificio.

16. Denominación Molino de Nepomuceno.

Otras denominaciones.

Localización.

Municipio: Moguer.

Dirección: Marismas del Tinto. Marisma de Santa.

Delimitación.

Parcelas catastrales: Afectada parcialmente: Parcela 00002 del polígono 017.

Descripción: Molino mareal de rodezno de canal, situado en una elevación de terreno de la marisma, derruido y cubierto por la vegetación. Sólo conserva los tajamares, un cárcavo y algunos paramentos exteriores del mismo, semienterrados debido al proceso de colmatación.

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