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La Orden de 4 de diciembre de 2008 convocó concurso de traslados de personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas e Idiomas.
De conformidad con lo establecido en la base decimoctava de la citada Orden de 4 de diciembre de 2008 y de acuerdo con las competencias atribuidas por Decreto 121/2008, de 29 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General
Ha resuelto
Primero. Publicar la adjudicación de los destinos provisionales del concurso de traslados y las actas de la baremación definitiva del personal admitido en el mismo, convocado por la Orden de 4 de diciembre de 2008.
Segundo. Publicar la relación del personal excluido en el mencionado procedimiento indicando el motivo de exclusión.
Tercero. Publicar la relación de las reclamaciones a la baremación provisional estimadas y desestimadas, con indicación de los motivos y la relación de participantes que en aplicación del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les modifica de oficio sus puntuaciones.
Cuarto. Ordenar la publicación de lo referido en los puntos anteriores en la dependencia de información de la Consejería de Educación y en los tablones de anuncios de sus Delegaciones Provinciales y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Consejería.
Quinto. Establecer un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación para posibles reclamaciones o alegaciones.
En este mismo plazo, se podrá presentar renuncia a la participación en el procedimiento, entendiendo que tal renuncia afecta a todas las peticiones y especialidades consignadas en la solicitud de participación, debiendo acompañarse la misma de copia del DNI, tal y como se establece en la base decimoctava de la Orden de 4 de diciembre de 2008, de convocatoria.
Sexto. Los modelos de reclamaciones y renuncias se encontrarán a disposición de los interesados en las Delegaciones Provinciales de Educación y en la Consejería de Educación así como en la página web de la misma.
Las reclamaciones y renuncias se presentarán en el plazo establecido en el punto quinto en los Registros de las Delegaciones Provinciales de Educación o en el Registro General de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 19/1995, de 25 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa al ciudadano. En el caso de que se optara por presentar la reclamación o renuncia ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de certificarse.
Sevilla, 24 de marzo de 2009.- El Director General, Manuel Alcaide Calderón.
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