Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 22/04/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 2 de marzo de 2009, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, dimanante de Apelación Civil 2596/2007. (PD. 1057/2009).

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NIG: 4109142C20050013957.

Núm. procedimiento: Apelación Civil 2596/2007.

Asunto: 500283/2007.

Autos de: Procedimiento ordinario 477/2005.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Sevilla.

Negociado: F.

Apelantes: María del Carmen del Barrio Velasco, Miguel Blasco Rodríguez, Pedro Jesús Bustamante González, José Rodríguez de Pineda, Antonio Jiménez Almagro, José Manuel Carrión Durán, Celso Garrido Pérez, José Manuel Arreciado Zbikowski, Gustavo López Díaz, Francisco Fernández Henares, Ángel Luis Dorado Santos, Joaquín Lorenzo Ramírez y José Miguel Aguirre Sánchez Barriga.

Procurador: Blasco Rodríguez, Jaime.

Apelado: Emilio Moreno Fernández.

Procurador: Reyes Martínez Rodríguez.

EDICTO

Don Leopoldo Roda Orue, Secretario de la Sección Quinta de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación seguido en esta Sección con el núm. 2596/07 se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

«Sentencia. Ilmos. Sres. don Juan Márquez Romero. Don José Herrera Tagua. Don Conrado Gallardo Correa.

Vistos por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario núm. 477/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Once de Sevilla, promovidos por doña María del Carmen del Barrio Velasco, don Miguel Blasco Rodríguez, don Pedro Jesús Bustamante González, don José Rodríguez de Pineda, don Antonio Jiménez Almagro, don José Manuel Carrión Durán, don Celso Garrido Pérez, don José Manuel Arreciado Zbikowski, don Gustavo López Díaz, don Francisco Fernández Henares, don Ángel Luis Dorado Santos, don Joaquín Lorenzo Ramírez y don José Miguel Aguirre Sánchez Barriga, representados por el Procurador don Jaime Blasco Rodríguez, contra don Manuel Moreno Fernández, representado por la Procuradora doña Julia Macías Dorissa, y contra don Emilio Moreno Fernández, doña Ana Fernández Domínguez, don Hermenegildo Fernández Domínguez, don Antonio Fernández Domínguez, don José María Gordillo García, don Juan Gutiérrez Pérez y don José María Moreno Fernández, todos ellos en situación procesal de rebeldía; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 11 de octubre de 2006, que asimismo ha sido impugnada por el codemandado don Manuel Moreno Fernández.

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por los actores, doña María del Carmen del Barrio Velasco, don Miguel Blasco Rodríguez, don Pedro Jesús Bustamante González, don José Rodríguez de Pineda, don Antonio Jiménez Almagro, don José Manuel Carrión Durán, don Celso Garrido Pérez, don José Manuel Arreciado Zbikowski, don Gustavo López Díaz, don Francisco Fernández Henares, don Ángel Luis Dorado Santos, don Joaquín Lorenzo Ramírez y don José Miguel Aguirre Sánchez Barriga, y desestimando, en cambio, la impugnación que formularon los demandados, don Emilio Moreno Fernández y don Manuel Moreno Fernández, así como el recurso de apelación interpuesto por don Emilio Moreno Fernández, con DNI número 27.899.003, y con revocación de la sentencia que, con fecha 10 de octubre de 2006, dictó el Juzgado de Primera Instancia número Once de esta ciudad, en los autos de juicio ordinario de que el presente rollo dimana, debemos declarar y declaramos el derecho que tienen los primeros a ser reintegrados a la misma situación que tenían respecto de la caseta de feria denominada “La Ruina”, de la calle Pepe Luis Vázquez, número 33, del recinto de la Feria de Abril de Sevilla, cuando, indebidamente, fueron excluidos de la misma por los demandados, quienes habrán de estar y pasar por tal declaración, sin que estos puedan impedirles o dificultarles el libre acceso a la caseta de feria, como socios y partícipes que son también de ella, con las singularidades de los acuerdos a los que, en su día, llegaron, y debiendo efectuar las oportunas gestiones en el Área de Cultura y Fiestas Mayores del Ayuntamiento de Sevilla, Registro de Casetas de Feria, dirigiendo instancia o comunicación, para que los actores sean incluidos como titulares compartidos, sin que proceda hacer imposición del pago las costas causadas en ambas instancias.»

Lo inserto concuerda con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma a doña Ana Fernández Domínguez, don Hermenegildo Femández Domínguez, don Antonio Fernández Domínguez, don José María Gordilo García, don Juan Gutiérrez Pérez y don José María Moreno Fernández, demandados rebeldes, y en atención al desconocido del actual domicilio de los mismos, expido el presente en Sevilla, a dos de marzo de dos mil nueve.

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