Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 22 de abril de 2009, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Quinta, dimanante de autos núm. 2486/08-J.

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EDICTO

Don Leopoldo Roda Orue, Secretario de la Sección Quinta de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico. Que en el Rollo seguido en esta Sección con el núm. 2486/08-J se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente:

«Sentencia. Ilmos. Sres. Magistrados. Don Juan Márquez Romero, don Conrado Gallardo Correa y don Fernando Sanz Talayero. En Sevilla a 24 de marzo de 2009. Vistos por la Sección Quinta de esta Iltma. Audiencia Provincial los autos de Juicio de Cognición núm. 324/000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Carmona, promovidos por Caja Rural de Sevilla, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito, representada por el Procurador don Manuel Muruve Pérez contra doña Ángeles Llamas Sánchez representados por la Procuradora doña Inmaculada Ruiz Lasida y contra el demandado, declarado en rebeldía, don José Ramón Gastalver López; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Sra. Llamas contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 19 de marzo de 2007.

FALLAMOS

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Inmaculada Ruiz Lasida en nombre y representación de la demandada doña Ángeles Llamas Sánchez, contra la Sentencia dictada el día 19 de marzo de 2007 por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Carmona (Sevilla), en los autos de juicio de cognición núm. 324/00, de los que dimanan estas actuaciones, debemos revocar y revocamos parcialmente la citada Resolución y, en consecuencia, con estimación parcial de la demanda formulada por la representación procesal de Caja Rural de Sevilla, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito, contra don José Ramón Gastalver López y doña Ángeles Llamas Sánchez, condenamos a los demandados a satisfacer solidariamente al demandante la cantidad de 998,94 €, la cual devengará el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la Sentencia de primera instancia, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas en ninguna de las dos instancias.»

Lo inserto concuerda con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma del demandado rebelde don José Ramón Gastalver López expido el presente en Sevilla, a veintidós de abril de dos mil nueve.

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