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La Orden de 2 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 193, de 3 de octubre), por la que se establecen los criterios y normas sobre homologación de materiales curriculares para uso en los Centros docentes de Andalucía, estableció como objeto de homologación los materiales curriculares cuya intención sea ayudar y orientar al profesorado en su labor docente, comprendiendo desde la realización de reflexiones sobre su práctica docente o la descripción de experimentaciones e innovaciones curriculares llevadas a cabo, hasta las orientaciones y ejemplificaciones para la elaboración de unidades didácticas concretas por parte del profesorado; así como los materiales dirigidos a apoyar el desarrollo y mejora de la orientación escolar y los relacionados con la evaluación e inspección de centros y programas educativos.
La homologación por parte de la Consejería de Educación supondrá el reconocimiento de la adecuación de los materiales a lo establecido en el artículo 3.2 de la citada Orden, en relación a su calidad y coherencia técnica, así como a su capacidad para orientar el trabajo de equipos docentes y otros profesionales de la enseñanza, en las tareas de elaboración y desarrollo curricular.
La mencionada Orden, en su artículo séptimo, dispone que la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa dictará la resolución del expediente de homologación, a la vista del dictamen y propuesta de la Comisión a la que se refiere el apartado quinto de la mencionada Orden.
En virtud de los expedientes que se mencionan a continuación, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa
HA RESUELTO
Primero. Homologar los materiales curriculares que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución.
Segundo. De acuerdo con el artículo 10 de la misma Orden, los materiales curriculares homologados podrán ser publicados por la Consejería de Educación en las condiciones que a tal fin se establezcan, de acuerdo con las personas o entidades propietarias de los materiales.
Tercero. Tal y como establece el artículo 11 de la citada Orden, los materiales curriculares homologados serán reconocidos como méritos en cuantas convocatorias y baremos de la Consejería de Educación se considere oportuno.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación conforme a lo establecido en los artículos 107.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (por modificación de la Ley 4/1999).
Sevilla, 16 de abril de 2009.- Directora General, María Pilar Jiménez Trueba.
ANEXO
Aprendo español. I learn English. J’apprends le français | Expte. 1/2009 |
Trabajos de investigación matemática en español e inglés en ESO | Expte. 2/2009 |
Travelling in a balloon. Voyage dans un globe. Un viaje en globo | Expte. 3/2009 |
Matemáticas 4.º de ESO Opción A y Matemáticas 4.º de ESO Opción B | Expte. 4/2009 |
Proyecto Curricular Educación Ético-Cívica para la Educación Secundaria Obligatoria | Expte. 5/2009 |
Tecnología 2, 2.º ESO y Tecnología 4, 4.º de ESO | Expte. 6/2009 |
CAD para la Formación Profesional con AutoCAD 2008 LT | Expte. 7/2009 |
Proyecto Bilingüe de Matemáticas | Expte. 8/2009 |
«Proyecto Galois». Matemáticas 3.º ESO | Expte. 9/2009 |
Maths 2.º ESO | Expte. 10/2009 |
Financiación Internacional. 1.º CFGS Comercio Internacional | Expte. 11/2009 |
Serie Rimas y Serie Rataplín | Expte. 13/2009 |
Documento de Asesoramiento para la Elaboración del POAT | Expte. 15/2009 |
Material Curricular Bilingüe para el Tercer Curso de Ed. Primaria: «The Human Being and the World» | Expte. 16/2009 |
Matemáticas Bilingües. Bilingual Maths | Expte. 17/2009 |