Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2010, del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, de bases para la selección de diversas plazas vacantes en la plantilla de personal de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

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1. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera por el sistema de concurso-oposición libre, de las plazas vacantes en la plantilla del personal funcionario de esta Gerencia Municipal de Urbanismo incorporadas a las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los años 2004 (BOE núm. 152, de fecha 24.6.2004), 2006 (BOE número 211, de fecha 4.9.06) y 2009 (BOP Málaga núm. 191, de fecha 5 de octubre de 2009), y en la denominación, turno, encuadre y anexos específicos, que a continuación se relacionan:

Denominación Grupo Núm. vacantes Turno Anexo número
Escala de Administración General Libre R. Discapacitados
Subescala Técnica
Técnico Admón Gral. A1 1 0 1
Subescala Auxiliar
Auxiliar Admvo. C2 3 0 2
Escala de Administración Especial
Subescala Técnica
Clase Técnicos Superiores
Arquitecto Superior A1 2 0 3
Clase Técnicos Medios
Arquitecto Técnico A2 1 0 4
Clase Técnicos Auxiliares
Técnico en Proyectos,
Construcciones y Obras Civiles C1 1 0 5

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación las bases de la presente convocatoria, y en lo no previsto en ellas, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 17 de junio; el R.D. 364/95, de 10 de marzo; Decreto 2/2002, de 9 de enero, de la Junta de Andalucía; la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados y normativa que la desarrolla.

Los aspirantes seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidad establecido por la normativa vigente.

1.3. Requisitos:

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes que se presenten por el sistema de turno libre deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título indicado en los anexos específicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

B) Todos los requisitos a los que se refiere la base 1.3, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. Procedimiento de selección.

Fase de oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas cada una de ellas, siendo una sola la correcta, correspondiente a los respectivos temarios.

El número de preguntas y duración del ejercicio será fijado por el Órgano de Selección.

La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos. No puntuarán negativamente las respuestas erróneas y/o las preguntas no contestadas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico adecuado a la plaza a la que se aspira, a elegir entre dos propuestos por el Órgano de Selección, sobre el apartado de Materias Específicas de los programas de las convocatorias y relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se opta. El ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

El Órgano de Selección acordará, en función con las pruebas a realizar, el dejar utilizar los textos legales que estimen necesarios, no admitiéndose los comentados.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán del siguiente tiempo máximo: Plazas de Nivel C2: 1 hora. Plazas de Nivel C1: 1 hora 30 minutos. Plazas de Nivel A2: 2 horas . Plazas de Nivel A1: 2 horas 30 minutos.

La Calificación de este ejercicio se determinará hallando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Órgano de Selección, con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

La puntuación de la fase de oposición será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, siendo la puntuación máxima a obtener en la fase de oposición de 20 puntos.

Fase de concurso:

A) Experiencia profesional: (sólo se tendrán en cuenta meses completos) Se computarán los servicios prestados hasta el día en que se inicie el plazo para la presentación de instancias.

1. Por cada mes de servicio prestado en la Administración Local, en plaza igual o similar a la convocada: 0,12 puntos.

2. Por cada mes de servicio prestado en la empresa privada o en cualquier otra Administración Pública, en plaza igual o similar a la convocada: 0,04 puntos.

A efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos de los apartados precedentes (A.1 y A.2) por servicios prestados durante el mismo período de tiempo, valorándose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (A) será de 6,00 puntos.

Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificado del Organismo correspondiente y los prestados en empresa privada se acreditarán a través del contrato de trabajo visado por el SAE e Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social, o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria.

No se computarán en ningún caso los servicios prestados como funcionario de empleo.

B) Formación.

Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas organizados por la Administración Pública u Organismos de ella dependiente, u otras Entidades Públicas o Privadas en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales, con contenidos relacionados con las plazas objetos de la convocatoria, debidamente acreditados:

De menos de 10 horas lectivas o de 1 día de duración: 0,20 puntos.

De 10 a 20 horas lectivas o hasta 3 días de duración: 0,30 puntos.

De 21 a 50 horas lectivas o hasta 7 días de duración: 0,40 puntos.

De 51 a 80 horas lectivas o hasta 10 días de duración: 0,50 puntos.

De 81 a 150 horas lectivas o hasta 20 días de duración: 0,60 puntos.

De 151 a 250 horas lectivas o hasta 30 días de duración: 0,70 puntos.

De más de 250 horas lectivas o más de 30 días de duración: 0,80 puntos.

En las plazas de Arquitecto Superior, independientemente a los puntos que correspondan al aspirante según la tabla anterior, se puntuará con dos (2) puntos cada proceso selectivo que se haya superado en la Administración Pública para un puesto igual o similar al convocado.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (B) será de 4,8 puntos.

C) Otros méritos:

- Por publicaciones realizadas en relación con el puesto a que se opta: 0,60 puntos por cada una de ellas.

- Por cada premio obtenido en concursos patrocinados o promovidos por las Administraciones Públicas o entidades privadas, en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,60 puntos.

- Por la elaboración de trabajos evaluados en cursos impartidos por las Administraciones Públicas sobre materias relacionadas con el puesto a que se opta: 0,60 puntos por cada uno de ellos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (C) de 1,2 puntos.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo anterior, siendo la puntuación máxima a obtener en la fase de concurso de 12 puntos.

Entrevista curricular.

Tendrá carácter obligatorio y una duración máxima de 10 minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante y su adecuación y relación con las funciones y cometidos propios de la plaza a la que se opta.

La calificación de la entrevista se determinará hallando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Órgano de Selección, con un máximo de 2 puntos.

La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concursos, oposición, y entrevista curricular (máximo 34 puntos).

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación obtenida por la suma de las fases de concurso y de la oposición.

2.º Mayor puntuación en la fase de oposición.

3.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

4.º Mayor puntuación en servicios prestados en la Gerencia de Urbanismo de Vélez-Málaga.

5.º Mayor puntuación en servicios prestados en Administración Local.

6.º Mayor puntuación en servicios prestados en Administración Pública.

7.º Mayor puntuación en servicios prestados en empresa privada.

8.º Por el orden alfabético establecido en la correspondiente convocatoria para la actuación de los aspirantes en aquellas pruebas que no pueden realizarse de forma conjunta.

2. Desarrollo de los ejercicios.

1.5. El orden de intervención será el alfabético, comenzando por el aspirante cuyo primer apellido comience por la letra que para el 2010 se establezca mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen y que se celebren durante el año.

1.6. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el Tablón de Anuncios de esta Gerencia de Urbanismo y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

1.7. En los ejercicios que no sean leídos públicamente se adoptarán medidas tendentes a impedir que se conozca la identidad de los autores del mismo hasta la total corrección.

1.8. En cualquier momento los Órganos de Selección podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad, por lo que deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

1.9. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

1.10. Los programas que rigen estas pruebas selectivas son los que figuran para cada categoría en los correspondiente anexos .

1.11. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimientos del Órgano de Selección que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.

1.12. El Órgano de Selección adoptará acuerdo haciendo pública la plantilla con las respuestas correctas y los interesados podrán formular en el plazo de 3 días hábiles las alegaciones sobre el cuestionario que estimen oportunas, debiendo resolverlas el Órgano de Selección en idéntico plazo, considerándose definitivo el acuerdo adoptado.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes indicando que se reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se presentarán dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En ellas se indicará necesariamente la plaza a la que se opta.

Se presentarán, a ser posible, en el impreso que facilitará esta Gerencia Municipal de Urbanismo, acompañadas de fotocopia del DNI y de la titulación exigida.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Gerencia de Urbanismo o en la forma establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse de oficio o a petición del interesado en cualquier momento.

3.4. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo al que aspira.

3.5. Los méritos a considerar en la fase de concurso serán los debidamente alegados, acreditados y aportados por el aspirante hasta el último día de admisión de solicitudes de la respectiva convocatoria, siendo de su exclusiva responsabilidad la adecuada alegación y justificación de los méritos, sin que en ningún caso, una vez expirado el plazo referido, pueda aportar documentación complementaria que acredite extremos no explicitados o no justificados en el plazo previsto, limitándose el tribunal a valorar exclusivamente la documentación aportada por el interesado en el plazo establecido para la presentación de solicitudes y documentación.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio, así como la composición nominativa del Órgano de Selección.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

4.3. Transcurrido el plazo antes referido, las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la resolución que dicte la Sra. Alcaldesa-Presidenta declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluídos que se publicará en el Tablón de Anuncios de esta Entidad.

4.4. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

4.5. En el supuesto de que por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

5. Órgano de Selección.

5.1. El Órgano de Selección estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Funcionario de carrera o experto designado por la Sra. Alcaldesa.

Vocales: Tres funcionarios de carrera o expertos designados por la Sra. Alcaldesa.

Un funcionario de la Junta de Andalucía designado por la Consejería de Gobernación.

Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Todos los integrantes del Órgano de Selección actuarán con voz y voto, excepto el Secretario, que sólo tendrá de voz.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

5.2. Los Órganos de Selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas.

5.3. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, el Secretario y de la mitad, al menos, de los vocales, titulares o suplentes indistintamente. En caso de empate al adoptar un acuerdo, decidirá el voto de calidad de presidente.

En caso de ausencia accidental del Presidente y/o el Secretario serán sustituidos conforme a lo dispuesto en los artículos 23.2 y 25.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.4. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la Sra. Alcaldesa, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.5. El Sr. Presidente del Órgano de Selección podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.6. El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.7. Los miembros del Órgano de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. Los miembros del Órgano de Selección percibirán las dietas y asistencias establecidas por la legislación vigente. El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Los asesores-especialistas y el personal administrativo que realicen sus funciones en el proceso selectivo serán retribuidos en la misma cuantía que los vocales del Órgano de Selección.

5.9. Por la Presidencia se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya. Este personal estará adscrito a dicho Órgano de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.10. Las resoluciones de los Órganos de Selección vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92. Contra las resoluciones y actos del Órgano de Selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso administrativo ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente.

5.11. El Órgano de Selección queda facultado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.

6. Lista de aprobados, presentación de documentos y contratación.

6.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en el tablón de anuncios de la Gerencia de Urbanismo de Vélez-Málaga.

6.2. En el plazo de veinte días hábiles los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en el Departamento de Personal la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la Base 1.3.

6.3. Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser contratado y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ésas y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30 /92, de 26 de noviembre.

8. Reclamaciones.

Los interesados/as podrán interponer reclamación en el plazo de 3 días hábiles, ante el Órgano de Selección sobre cualquier decisión o acuerdo que les afecte, incluidas las calificaciones otorgadas, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación, adquiriendo la decisión adoptada carácter definitivo.

Contra dicha resolución definitiva los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de 1 mes, ante la Ilma. Sra. Alcaldesa. Dicho recurso podrá plantearse directamente a dicho Órgano en el plazo señalado, sin necesidad de reclamación previa ante el Órgano de Selección.

9. Recurso.

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO 1

CONVOCATORIA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

- Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Técnico de Administración General, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, perteneciente al Grupo A1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición libre y entrevista curricular, correspondiente a la O.E.P. del año 2004.

- Requisitos específicos: Titulación de Licenciado en Derecho, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Políticas, en Ciencias Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario o titulaciones declaradas legalmente equivalentes.

- Temario:

A) MATERIAS COMUNES:

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. El Recurso de amparo.

3. La Corona. Las funciones del Rey. Sucesión. La regencia y la tutela. El refrendo.

4. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección y disolución. Atribuciones.

5. Las leyes estatales. Procedimiento de elaboración. Leyes ordinarias y orgánicas.

6. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes autonómicas. Legislación básica y de desarrollo.

7. El Gobierno. Composición y funciones. Designación y remoción del Presidente del Gobierno. Funciones del Presidente del Gobierno.

8. El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder Judicial: designación, organización y funciones.

9. El Tribunal Constitucional. Organización y funciones. El sistema español de control de constitucionalidad de las leyes.

10. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: organización y competencias. Estatuto de Autonomía de Andalucía: estructura y disposiciones generales.

11. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades regladas y discrecionales. Fiscalización de la discrecionalidad.

12. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

13. El Reglamento. Titularidad de la potestad reglamentaria. Ámbito material. Procedimiento de elaboración. Eficacia. Control y efectos de su anulación.

14. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Clases. Nacimiento, modificación y extinción.

15. El administrado: concepto y clases. Derechos de los ciudadanos en su relación con la Administración.

16. El régimen local español. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.

17. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas fiscales.

18. Tributos propios de los Municipios. Impuestos. Tasas. Contribuciones Especiales.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS

1. La potestad organizadora de la Administración: creación de órganos administrativos. Competencia. Delegación de competencias. Avocación. Encomienda de gestión. Delegación de firma. Suplencia. Coordinación de competencias. Comunicaciones entre órganos. Decisiones sobre competencias. Instrucciones y órdenes de servicio.

2. Los órganos colegiados de las Administraciones Públicas: régimen jurídico. Presidente. Miembros. Secretario. Convocatorias y sesiones. Actas.

3. Los interesados. Concepto. Capacidad de obrar. Representación. Pluralidad de interesados. Identificación de interesados.

4. La obligación de resolver. El régimen del silencio administrativo. Validez y eficacia de documentos y copias. Obligatoriedad de términos y plazos. Cómputo. Ampliación. Tramitación de urgencia.

5. Las Disposiciones administrativas: Jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad singular.

6. El acto administrativo: Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Ejecutividad. Efectos. Notificación: contenido, plazo y práctica. La publicación.

7. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

8. Iniciación del procedimiento administrativo. Clases de iniciación. Iniciación de oficio. Subsanación y mejora de las solicitudes. Medidas provisionales. Acumulación.

9. Instrucción del procedimiento administrativo. Actos de instrucción. Alegaciones. Prueba. Práctica de la prueba. Informes, petición y evacuación.

10. Participación de los interesados en el procedimiento administrativo. Trámite de audiencia. Actuación de los interesados. Información pública.

11. Finalización del procedimiento administrativo. Terminación convencional. Desistimiento y renuncia. Caducidad, requisitos y efectos.

12. Ejecución del acto administrativo. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.

13. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Clases de recursos administrativos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

14. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías.

15. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.

16. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos.

17. La organización municipal. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde y Pleno. La Junta de Gobierno Local. Atribuciones y delegaciones.

18. Las competencias municipales. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

19. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos.

20. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.

21. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes comunales. Bienes patrimoniales.

22. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Disfrute y aprovechamiento de los bienes. Régimen de adquisición, uso y enajenación.

23. La ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: ámbito de aplicación. Ámbito subjetivo. Negocios y contratos excluidos.

24. Los contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.

25. Las partes en el contrato. El órgano de contratación. El contratista: capacidad, solvencia, prohibiciones y clasificación.

26. La selección del contratista: actuaciones previas a la adjudicación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato. La invalidez de los contratos.

27. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. La revisión de precios. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de los contratos y la subcontratación.

28. El contrato de obras: ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.

29. El contrato de suministro. El arrendamiento. Los contratos de fabricación. La ejecución, modificación, cumplimiento y extinción de los contratos de suministro.

30. El contrato de servicios: ejecución, modificación, cumplimiento y extinción.

31. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico. La función pública local: concepto. Clases de funcionarios locales.

32. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.

33. El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público.

34. El régimen de provisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.

35. Los derechos de los empleados públicos locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva.

36. Los deberes de los empleados públicos locales. Código de conducta. El régimen disciplinario. El régimen de incompatibilidades.

37. El marco constitucional del urbanismo. La sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional. Competencias urbanísticas del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

38. Regulación estatal del suelo: Texto Refundido de la Ley de Suelo de 20 de junio de 2008. Disposiciones Generales. Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos.

39. Bases del régimen del suelo en el Texto Refundido de la Ley de Suelo de 20 de junio de 2008. Valoraciones.

40. Régimen de las expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística. Principios fundamentales de su regulación en la normativa estatal. Justiprecio, inscripción registral, derechos de reversión y retasación. Regulación de la expropiación forzosa por razón de urbanismo en la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

41. Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas en el ámbito urbanístico: supuestos y régimen jurídico.

42. Los Patrimonios Públicos de Suelo en la legislación de suelo estatal. El derecho de superficie. Regulación en la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía de los instrumentos de intervención en el mercado de suelo.

43. Regulación del Registro de la Propiedad en el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

44. Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Instrumentos de planeamiento y restantes instrumentos de la ordenación urbanística.

45. Planeamiento general. Planes Generales de Ordenación Urbanística: concepto, objeto y determinaciones. Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de Sectorización.

46. Planeamiento de desarrollo. Planes Parciales de Ordenación: concepto, objeto y determinaciones. Planes Especiales y Estudios de Detalle. Los Catálogos: objeto, elaboración y registro de catálogos.

47. Otros instrumentos de ordenación urbanística.: Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística. Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.

48. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión. Ordenación de áreas urbanas y sectores: estándares de ordenación. Previsiones sobre las unidades de ejecución, sistema de actuación y plazos.

49. Documentación y tramitación de los instrumentos de planeamiento. Actos preparatorios de elaboración de los instrumentos de planeamiento. Los avances.

50. Competencias para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Efectos de la aprobación del planeamiento. Vigencia e innovación de los mismos. Información pública y publicidad.

51. Los convenios urbanísticos. Convenios de planeamiento y de gestión

52. El régimen urbanístico del suelo en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía: suelo urbano, urbanizable y no urbanizable. Actuaciones de interés público en suelo no urbanizable. Aprobación de los Proyectos de Actuación.

53. La ejecución de los instrumentos de planeamiento. Los Proyectos de Urbanización. Los sistemas de actuación: concepto y clases. Elección, establecimiento y sustitución del sistema de actuación.

54. El sistema de expropiación.

55. El sistema de cooperación.

56. El sistema de compensación.

57. Los gastos de urbanización. La conservación de las urbanizaciones. Entidades Urbanísticas de Conservación.

58. La ejecución de las dotaciones. Formas de obtención del suelo. Ocupación y expropiación de los terrenos destinados a dotaciones.

59. Disciplina urbanística (I). Las licencias urbanísticas.

60. Disciplina urbanística (II). La inspección urbanística. La protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden urbanístico perturbado.

61. Disciplina urbanística (III). Las infracciones urbanísticas y sanciones.

62. El Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía de la provincia de Málaga (I). Aprobación. Naturaleza, objeto y efectos. Vigencia, revisión y modificación. Normativa, directrices y recomendaciones. La Comisión de Seguimiento.

63. El Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía de la provincia de Málaga (II). Determinaciones en relación al sistema de asentamientos, infraestructuras de comunicación y transportes y Red de Espacios Libres. Determinaciones para la ordenación y compatibilidad de usos. Determinaciones sobre espacios naturales. Determinaciones en relación a infraestructuras y Servicios Supramunicipales.

64. El PGOU de Vélez-Málaga: ámbito, aplicación, vigencia y revisión. Normativa urbanística sobre desarrollo y ejecución del PGOU de Vélez-Málaga.

65. Regulación en el PGOU de Vélez-Málaga de los actos de intervención en la actividad de los particulares.

66. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo en el PGOU de Vélez-Málaga. Clasificación y calificación del suelo. Regulación del suelo urbano.

67. Regulación del suelo urbanizable sectorizado y no sectorizado en el PGOU de Vélez-Málaga. El suelo no urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga: condiciones generales de edificación. Normas particulares para el suelo no urbanizable de especial protección.

68. Disposiciones Transitorias del PGOU de Vélez-Málaga. El Programa de actuación.

69. El Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga: ámbito, aplicación, vigencia y revisión. Desarrollo y ejecución del Plan Especial. Actos de intervención en actividades específicas de los particulares.

70. El Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga (II): regulación específica de usos y medidas de protección. Sistema viario y de espacios libres. Ordenanzas. Protección y difusión del patrimonio.

71. Las Gerencias Urbanísticas. La Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga: organización, estructura y funcionamiento.

72. Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga. Naturaleza, fines y competencias.

ANEXO 2

CONVOCATORIA AUXILIAR ADMINISTRATIVO

- Objeto de la convocatoria es la provisión de tres plazas de Auxiliar Administrativo, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, pertenecientes al Grupo C2, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición libre y entrevista curricular, correspondientes a las O.E.P. 2004 y 2006.

- Requisitos específicos: Titulación de Graduado Escolar, FP de primer grado o equivalente.

- Temario:

A) MATERIAS COMUNES:

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios generales. Reforma de la Constitución.

2. Organización territorial del Estado en la CE: principios. Comunidades Autónomas. Constitución y competencias de las CCAA. Los Estatutos de Autonomía.

3. La Administración local: Entidades que comprende. Principios constitucionales y regulación jurídica.

4. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del derecho administrativo.

5. Haciendas Locales. Recursos de los municipios. Tributos propios de los municipios. Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS:

6. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población y el empadronamiento.

7. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Régimen de sesiones y acuerdos. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.

8. Ámbito de aplicación, estructura y contenido de la Ley 30/92. La abstención y la recusación. Términos y plazos.

9. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación. Notificación y publicación.

10. La revisión de los actos administrativos: revisión de oficio. Los recursos administrativos.

11. El procedimiento administrativo. Los interesados. Fases del procedimiento administrativo común: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

12. Procedimiento administrativo local. Registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

13. Vivienda y urbanismo en la Constitución Española y el Estatuto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Evolución histórica de la legislación urbanística española.

14. Regulación Estatal del Suelo: el Texto Refundido de la Ley de Suelo de 20 de junio de 2008. El Registro de la Propiedad y el Urbanismo: Tratamiento de la normativa estatal: el TRLS/08 y el RD 1093/1997.

15. La legislación urbanística de Andalucía: la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Aspectos generales. Normativa vigente relativa a los instrumentos de planeamiento urbanístico en Andalucía. La Gestión Urbanística o Ejecución del Planeamiento en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en el Reglamento de Gestión Urbanística (RD 3288/1978).

16. La Disciplina Urbanística en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Licencias. Protección de la legalidad Urbanística. Régimen sancionador en materia urbanística.

17. Normativa urbanística del P.G.O.U. de Vélez-Málaga tras la Adaptación Parcial a la LOUA: ámbito, aplicación, vigencia y revisión del P.G.O.U. de Vélez-Málaga. Normativa sobre desarrollo y ejecución del PGOU. Normativa sobre actos de intervención en la actividad de los particulares. Clases de suelo en el PGOU: Regulación del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable. Disposiciones transitorias.

18. El Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía: normativa. Directrices y recomendaciones.

19. El Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga: ámbito, aplicación, vigencia y revisión. Niveles de protección.

20. La Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga. Estatutos. Naturaleza, fines y competencia. Estructura de organización y funcionamiento.

21. El personal de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga. El régimen económico y jurídico de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga. La Ordenanza Municipal de Tramitación de los Proyectos de Urbanización de Vélez-Málaga y Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Tramitación de expedientes en materia de urbanismo de Vélez-Málaga.

ANEXO 3

CONVOCATORIA DE ARQUITECTO SUPERIOR

- Objeto de la convocatoria es la provisión de dos plazas de Arquitecto, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, pertenecientes al Grupo A1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición libre y entrevista curricular, correspondientes a las O.E.P. de los años 2006 y 2009.

- Requisitos específicos: Titulación de Arquitecto o equivalente.

- Temario:

A) MATERIAS COMUNES:

1. Principios Generales y estructura de la Constitución Española de 1978.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

4. Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales.

5. La Ley. Clases de Leyes.

6. Clases de personal al servicio de las administraciones públicas.

7. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

8. El patrimonio de las entidades locales. Bienes que integran el patrimonio de la entidad local.

9. Estructura de la Administración Local: Entidades Locales Territoriales y otras Entidades Locales.

10. Organización y competencias municipales.

11. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

12. Información y participación ciudadanas en el funcionamiento de las entidades locales.

13. Normas generales de la actividad de las administraciones públicas.

14. Términos y plazos de la actividad de las administraciones públicas.

15. Requisitos y eficacia de los actos administrativos.

16. Eficacia de los actos administrativos.

17. Iniciación y ordenación del procedimiento administrativo. Informes.

18. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas fiscales.

B) MATERIAS ESPECIFICAS:

19. Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

20. Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Bases de ordenación, aplicación y desarrollo.

21. Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Modelo territorial de Andalucía.

22. Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Orientación y control de los procesos de urbanización y la calidad urbana.

23. Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Zonificación. El dominio territorial litoral. Unidades territoriales.

24. Plan de Ordenación del Territorio de Costa del Sol Oriental Axarquía. Objetivos generales, bases y estrategias de la ordenación.

25. Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental Axarquía. Determinaciones en relación con el sistema de asentamientos, infraestructuras de comunicación y transportes y red de espacios libres.

26. Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental Axarquía. Determinaciones para la ordenación y compatibilización de usos.

27. Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental Axarquía. Determinaciones en relación con la protección de los espacios y los recursos por sus valores naturales, culturales y del paisaje o por los riesgos naturales y tecnológicos.

28. Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental Axarquía. Determinaciones en relación con otras infraestructuras y servicios supramunicipales básicos.

29. Texto Refundido de la Ley del Suelo. Disposiciones generales. Condiciones básicas de igualdad en los derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos.

30. Texto Refundido de la Ley del Suelo. Bases del régimen del suelo.

31. Texto Refundido de la Ley del Suelo. Valoraciones.

32. Texto Refundido de la Ley del Suelo. Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial.

33. Texto Refundido de la Ley del Suelo. Función social de la propiedad y gestión del suelo.

34. Los instrumentos de la ordenación urbanística.

35. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión. Ordenación de áreas urbanas y sectores. Previsiones sobre las unidades de ejecución, sistema de actuación y plazos.

36. Reservas de suelo para dotaciones en planes parciales.

37. Contenido documental de los instrumentos de planeamiento. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento.

38. Convenios urbanísticos de planeamiento y gestión.

39. Competencia para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Actos preparatorios. Tramitación. Aprobación. Efectos de la aprobación. Vigencia e innovación. Información pública y publicidad.

40. Las Actuaciones de Interés Público en terrenos con el régimen de suelo no urbanizable. La implantación de las actuaciones de producción de energía eléctrica mediante fuentes energéticas renovables y el procedimiento urbanístico

41. La clasificación del suelo.

42. El régimen de las distintas clases de suelo.

43. Las áreas de reparto y el aprovechamiento.

44. Parcelaciones.

45. Los patrimonios públicos del suelo. Derecho de superficie. Derechos de tanteo y retracto.

46. La reparcelación.

47. La actuación por unidades de ejecución.

48. Sistemas de Actuación. La ejecución de las dotaciones.

49. La ejecución de obras de edificación. La conservación de obras y construcciones.

50. La expropiación forzosa por razón de urbanismo.

51. Las licencias urbanísticas.

52. Las medidas de garantía y publicidad de la observancia de la ordenación urbanística.

53. La inspección urbanística.

54. La protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado.

55. Infracciones urbanísticas y sanciones. Los tipos básicos de las infracciones y las sanciones.

56. Informe de incidencia territorial sobre los Planes Generales de Ordenación Urbanística y su tramitación ante la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística.

57. Procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. De la adaptación parcial de los Planes Generales de Ordenación Urbanística.

58. Procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. Del procedimiento de urgencia para la tramitación, ejecución y gestión de instrumentos de planeamiento en lo relativo a reservas de terrenos con destino a viviendas protegidas.

59. Carreteras del Estado. Disposiciones generales. Uso y defensa de las carreteras del Estado. Construcción. Limitaciones de la propiedad. Travesías y redes arteriales. Carreteras de Andalucía. Disposiciones generales. Elementos del dominio público viario y elementos de servicio. Clasificación de las carreteras. Concepto y régimen jurídico del Catálogo de Carreteras de Andalucía. La planificación de las carreteras y el planeamiento urbanístico. Informe de los instrumentos de planeamiento urbanístico. Protección y uso del dominio público viario de las carreteras de Andalucía.

60. Ley de costas. Limitaciones de la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público marítimo-terrestre. Disposiciones generales relativas a la utilización del dominio público marítimo-terrestre. Autorizaciones. Concesiones. Competencias administrativas.

61. Texto refundido de la ley de aguas. El Dominio público hidráulico del Estado. Cuenca hidrográfica. Demarcación hidrográfica. Naturaleza y régimen jurídico de los organismos de cuenca. Autorizaciones en zona de policía. Informes, dictámenes o pronunciamientos de la Administración competente en materia de aguas sobre los instrumentos de planeamiento urbanístico.

62. Reglamento de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Determinaciones generales. Creación, determinación y administración de las vías pecuarias. Usos compatibles y complementarios de las vías pecuarias.

63. Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. Protección del Patrimonio Histórico. Conservación y restauración. Patrimonio inmueble.

64. Antecedentes históricos del planeamiento general de Vélez-Málaga.

65. Contenido y alcance de la adaptación a la LOUA del PGOU de Vélez-Málaga.

66. Disposiciones de carácter general en la Normativa Urbanística del PGOU de Vélez-Málaga.

67. Regulación de usos en el PGOU de Vélez-Málaga.

68. Medidas singulares de protección en el PGOU de Vélez-Málaga.

69. Los Sistemas en la Normativa Urbanística del PGOU de Vélez-Málaga.

70. Normativa General de Urbanización en el PGOU de Vélez-Málaga. Determinaciones sobre el espacio viario. Determinaciones sobre las áreas libres.

71. PGOU de Vélez-Málaga. Regulación del Suelo Urbano: Ordenanzas de la edificación: Definiciones de carácter general.

72. PGOU de Vélez-Málaga. Regulación del Suelo Urbano: Ordenanzas de la edificación. Determinaciones para las distintas Zonas.

73. PGOU de Vélez-Málaga. Regulación del Suelo Urbano: Ordenanzas de la edificación. Determinaciones generales para las unidades de ejecución en suelo urbano.

74. Regulación del Suelo Urbanizable Programado en el PGOU de Vélez-Málaga.

75. Regulación del Suelo Urbanizable No Programado en el PGOU de Vélez-Málaga.

76. Disposiciones Generales para el Suelo No Urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga.

77. Condiciones de uso para el Suelo No Urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga.

78. Condiciones Generales de edificación en el Suelo No Urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga.

79. Condiciones particulares de edificación en el Suelo No Urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga.

80. Normas particulares para el Suelo No Urbanizable de Protección Especial en el PGOU de Vélez-Málaga.

81. Objetivos, directrices y estrategias del desarrollo del PGOU de Vélez-Málaga.

82. Aprovechamiento medio en el PGOU de Vélez-Málaga. Suelo urbano y urbanizable.

83. Los coeficientes de ponderación en el PGOU de Vélez-Málaga.

84. Cálculo del aprovechamiento medio en suelo urbano y urbanizable en el PGOU de Vélez-Málaga.

85. Áreas de reparto definidas en la Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU/96.

86. Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Memoria.

87. Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Regulación específica de usos y medidas de protección.

88. Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Ordenanzas.

89. Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Protección y difusión del Patrimonio.

90. Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Catálogo.

ANEXO 4

CONVOCATORIA DE ARQUITECTO TÉCNICO

- Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Arquitecto Técnico, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, perteneciente al Grupo A2, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición libre y entrevista curricular, correspondiente a la O.E.P. del año 2009.

- Requisitos específicos: Titulación de Arquitecto Técnico o equivalente.

- Temario:

A) MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales y Estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Principios generales de la organización territorial del estado. Comunidades Autónomas.

4. Organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en viviendas, urbanismo, ordenación del territorio y obras públicas.

6. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos comunes.

7. Impuestos sobre construcción, instalaciones y obras de las Haciendas locales.

8. Incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones públicas.

9. Procedimiento administrativo de las Entidades Locales.

10. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador de la Administración Pública.

11. Bienes, Actividades y Servicios en las Entidades Locales.

12. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS

13. Regulación de los aspectos esenciales del proceso edificatorio, exigencias técnicas y administrativas.

14. Concepto, objeto y aprobación de las Ordenanzas Municipales de edificación y Urbanización.

15. Competencias, tramitación, aprobación y efectos de la misma en los instrumentos de planeamiento.

16. Las actuaciones del interés público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable.

17. La ejecución de las dotaciones. Formas de obtención del suelo y su ejecución.

18. Las Unidades de Ejecución. Características, delimitación y sistemas de actuación.

19. La conservación de obras y construcciones.

20. Las licencias urbanísticas.

21. Órganos y funciones de la política territorial del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

22. Naturaleza, objeto y objetivos generales del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

23. Sistemas de comunicaciones y transportes y Red de espacios libres en el término municipal de Vélez-Málaga dimanante del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

24. Determinaciones para la ordenación y compatibilización de usos del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

25. Zonas de especial protección en el término municipal de Vélez-Málaga al amparo del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

26. Ámbito, aplicación, vigencia y revisión del Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga. Desarrollo y Ejecución del Plan.

27. Actos de Intervención en actividades especificas de los particulares en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

28. Propuestas de Intervención del Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga.

29. Regulación especifica de usos en el Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga.

30. Medidas singulares de protección en el Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga.

31. Entornos de monumentos en el Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Vélez-Málaga.

32. Disposiciones de carácter general sobre el ámbito, vigencia y revisión del Plan General de Vélez-Málaga.

33. Disposiciones de carácter general en el suelo urbano, urbanizable sectorizado, urbanizable no sectorizado y suelo no urbanizable del municipio de Vélez-Málaga.

34. Desarrollo de los sistemas generales y Planeamiento de desarrollo en el Plan General de Vélez-Málaga.

35. Disposiciones de carácter general respecto a la ejecución del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

36. Licencia de obras, deber y plazo de solicitud, carácter reglado de las mismas. Procedimiento y caducidad.

37. Procedimiento y tramitación de licencia de apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas en el Plan General de Vélez-Málaga.

38. Clasificación y categorización del Suelo en el Plan General de Vélez-Málaga en el Plan General de Vélez-Málaga.

39. Regulación de usos en el Plan General de Vélez-Málaga.

40. Medidas singulares de protección en el Plan General de Vélez-Málaga.

41. Sistema general viario en el Plan General de Vélez-Málaga.

42. Sistema general de dominio público Marítimo-Terrestre en el Plan General de Vélez-Málaga.

43. Ordenanzas de la Edificación: definiciones de carácter general del Plan General de Vélez-Málaga.

44. Ordenanza particular de aplicación al uso industrial y al uso comercial en el Plan General de Vélez-Málaga.

45. Ordenanza particular de aplicación al uso hotelero en el Plan General de Vélez-Málaga.

46. Disposiciones generales y condiciones de uso del Suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

47. Condiciones generales de edificación en el suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

48. Condiciones particulares de edificación en el suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

49. Normas particulares para el suelo no urbanizable de Protección Especial. Regulación de caminos.

50. Protección y uso del dominio público viario.

51. Limitaciones de la propiedad sobre terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del Dominio Marítimo-Terrestre en la Ley de Costas.

52. Disposiciones generales, limitaciones a la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco.

53. Normativa reguladora de las instalaciones publicitarias.

54. Normativa reguladora de tenencia de animales.

55. Ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica.

56. Normativa reguladora de accesibilidad.

57. Normativa reguladora de las piscinas de uso colectivo.

58. Normativa reguladora de las condiciones de protección contra incendios.

59. Normativa reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas de Vélez-Málaga.

60. Instrumentos de prevención y control ambiental.

ANEXO 5

CONVOCATORIA DE TÉCNICO EN PROYECTOS, CONSTRUCCIONES Y OBRAS CIVILES

- Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Técnico en Proyectos, Construcciones y Obras Civiles, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Auxiliar, perteneciente al Grupo C1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición libre y entrevista curricular, correspondiente a la O.E.P. del año 2006.

- Requisitos específicos: Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción o equivalente.

- Temario:

A) MATERIAS COMUNES:

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y Estructura.

2. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles. Regulación Constitucional. Garantía y Suspensión de los Derechos y Libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización Territorial del Estado.

4. Estatuto de Autonomía: Estructura y Principios Generales.

5. Régimen Local. El Municipio. Funcionamiento órganos necesarios entes locales territoriales.

6. El Acto Administrativo: Concepto, Clases y Elementos. Términos y plazos. Requisitos. Validez. Eficacia. Notificación y publicación.

7. El procedimiento Administrativo local. Las fases del Procedimiento Administrativo: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Registro de entradas y salidas de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

8. Tributos propios de los Municipios. Impuestos. Tasas. Contribuciones Especiales.

B) MATERIAS ESPECÍFICAS

9. Los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Finalidad. Contenido. Ámbito de Aplicación. Competencias para su Formulación y Aprobación.

10. El PGOU de Vélez-Málaga. Objetivos, Directrices y Estrategias de Desarrollo Propuestas.

11. Disposiciones de Carácter General de la Ejecución del Plan General.

12. Regulación de Usos en el PGOU de Vélez-Málaga. Clasificación.

13. Regulación del Uso de Vivienda en el PGOU de Vélez-Málaga.

14. Regulación del Uso de Aparcamiento en el PGOU de Vélez-Málaga.

15. Normativa General de Urbanización en el PGOU de Vélez-Málaga. Determinaciones sobre el Espacio Viario.

16. Regulación del Suelo Urbano: Determinaciones Generales del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Definición y Ámbito. Zonas.

17. Regulación del Suelo Urbano: Ordenanzas de la Edificación en el PGOU de Vélez-Málaga. Definiciones de Carácter General.

18. Regulación del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Ordenanzas de uso y edificación.

19. Sistemas de Representación. Perspectivas. Tipos.

20. Sistema de Planos Acotados. Elementos.

21. Normativa Complementaria para el Desarrollo de las Alineaciones y Rasantes del PGOU de Vélez-Málaga.

22. Regulación del Suelo Urbanizable Sectorizado. Determinaciones Generales.

23. Los instrumentos de la ordenación urbanística en el marco andaluz.

24. La clasificación y categorización del suelo en el marco andaluz.

25. Planeamiento. Plan Parcial de Ordenación: Documentación Gráfica.

26. Proyecto de Reparcelación: Documentación Gráfica.

27. Conceptos Básicos de los Sistemas de Información Geográfica. Funciones SIG: captura, almacenamiento, consulta, análisis y presentación de datos.

28. Sistemas de Información Geográfica. Aplicaciones integradas de Arcgis Desktop.

29. Sistemas de Información Geográfica. La interfaz y herramientas de Arcmap. Vista de datos, vista de composición de mapas, capas, marcos de datos, elementos de mapa, símbolos y etiquetas.

30. Sistemas de Información Geográfica. Herramientas para examinar datos. Herramientas de selección.

31. Sistemas de Información Geográfica. Revisión de datos geográficos. Relación entre entidades y atributos. Formatos de datos. Trabajos con Arccatalog. Metadatos.

32. Sistemas de Información Geográfica. Estructura, manejo y conexión de tablas. Tipos de campos de datos tabulares. Trabajo con gráficos e informes.

33. Sistemas de Información Geográfica. Edición de datos espaciales. Edición de datos de atributos.

34. Sistemas de Información Geográfica. Georeferenciación. Sistemas de coordenadas. Puntos de referencia. Proyecciones y distorsión. Proyección de sus datos.

35. Sistemas de Información Geográfica. Conceptos Cartográficos básicos. Creación de mapas en Arcmap. Impresión y trazado de mapas.

36. Paquete office: procesador de textos, bases de datos y hojas de cálculo.

37. Presto: presupuestos, mediciones y certificaciones.

38. Diseño Asistido por Ordenador: Clases de Archivos. Configuración y Generalidades.

39. Diseño Asistido por Ordenador. Autocad. Modelo Espacio. Espacio Papel. Ventanas Múltiples. Configuración. Bloques: Clases. Definiciones. Inserción Matricial. Bloques en Disco. Descomposición. Re definición. Atributos. Referencias Externas: Enlace y Desenlace.

40. Diseño Asistido por Ordenador. Autocad. Dibujo técnico 3D. Volumen de objetos. Edición de sólidos. Creación de mallas. Cámaras. Presentación.

Vélez-Málaga, 19 de febrero de 2010.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Salvador Marín Fernández.

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