Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 15/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 31 de marzo de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, para la prórroga de 12 becas de formación e investigación en el Área de Estadística Pública correspondientes a la convocatoria de becas de 2008.

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Mediante la Orden de 20 de agosto de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 169, de 26 de agosto), se convocaron 17 becas de formación e investigación en el área de la estadística pública para el ejercicio 2008 cuya concesión correspondía al Instituto de Estadística de Andalucía.

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la referida Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 20 de agosto de 2008, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía y se convocan becas para el ejercicio 2008.

Por Resolución de 27 de noviembre de 2008 del Instituto de Estadística de Andalucía, se adjudicaron 15 becas de formación e investigación por un período de duración de seis meses, a contar desde el 1 de diciembre de 2008 al 31 de mayo de 2009, conforme se establece en el art. 11.2 de la mencionada Orden. Las referidas becas fueron prorrogadas mediante Resolución de 22 de mayo de 2009, del Instituto de Estadística de Andalucía por un período de diez meses, a contar desde el 1 de junio de 2009.

Durante el referido período de prórroga se produjeron cuatro renuncias a becas de investigación adjudicándose una de las becas de investigación a Noelia Oliver Contreras, el resto no pudieron ser sustituidas al haberse agotado la lista de reserva.

Teniendo en cuenta las memorias realizadas por las 12 personas becarias de formación e investigación y el informe favorable del Servicio de Estudios, Síntesis y Métodos Estadísticos y habida cuenta de las disponibilidades presupuestarias del Instituto de Estadística de Andalucía y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 44/1993, de 20 de abril, por el que se regulan los gastos de las anualidades futuras y el art. 5.2 de la Orden reguladora de dichas becas,

RESUELVO

Primero. Prorrogar el disfrute de las becas adjudicadas mediante la Resolución citada, por un período de ocho meses, a las personas beneficiarias siguientes:

BECARIOS/AS DE FORMACIÓN
Carpio Fernández, Antonio 26019215M
De los Santos Mora, Manuel 45658648Z
García Arias, Sonia 28630965J
Magro Torres, José Ramón 48942176Q
Morera Valdera, María 48941834L
Ordóñez Cano, Raúl 50607525G
Rodríguez Oliva, Jennifer 14425016C
Sánchez López, José Antonio 31698346E
BECARIOS/AS DE INVESTIGACIÓN
García Arias, Estefanía 28764369V
Parias Conradi, Gemma 77800347H
Rosa Garrido, M.ª del Carmen 77339477E

La becaria citada a continuación, al haberse incorporado tras la renuncia a una beca de investigación, tendrá un período de prórroga de 9 meses y 3 días, período que completa el de 24 meses de beca de investigación previsto por la Orden de 20 de agosto de 2008.

BECARIA DE INVESTIGACIÓN
Oliver Contreras, Noelia 75099371R

Segundo. Las fechas de inicio y final del disfrute de esta prórroga son 1 de abril de 2010 y 30 de noviembre de 2010, respectivamente.

Tercero. Las fechas de inicio y final del disfrute de la prórroga correspondiente a Noelia Oliver Contreras son 1 de abril de 2010 y 3 de enero de 2011, respectivamente.

Cuarto. La asignación mensual de las becas objeto de esta prórroga será de 1.230 €/mes para las becas de formación y de 1.330 €/mes para las de investigación, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional única de la Orden de 20 de agosto de 2008, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.

Quinto. Notifíquese esta Resolución a las personas interesadas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de marzo de 2010.- El Director, Pedro Eugenio Gracia Vitoria.

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