Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 07/01/2011

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 21 de diciembre de 2010, de la Delegación Provincial de Jaén, para la notificación de laudos dictados por la Junta Arbitral del Transporte en Jaén.

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En virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 58 y 61 de la misma, se hace pública la notificación de la siguiente relación de laudos dictados en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes por esta Junta Arbitral, cuyos interesados y resoluciones son:

- Ag. Ttes. Diracsur, S.L, CIF: B-91283606, y Cargoalcalá, S.L., CIF: B-23559578, Exp.: 39/2010.

Resolución: Ag. Ttes. Diracsur, S.L., abonará a Cargoalcalá, S.L., la cantidad de 417,60 €.

- Ag. Ttes. Diracsur, S.L., CIF: B-91283606, y Cargoalcalá, S.L., CIF: B-23559578, Exp.: 40/2010.

Resolución: Ag. Ttes. Diracsur, S.L., abonará a Cargoalcalá, S.L., la cantidad de 1.392 €.

- Ag. Ttes. Diracsur, S.L., CIF: B-91283606, y Cargoalcalá, S.L., CIF: B- 23559578, Exp.: 38/2010.

Resolución: Ag. Ttes. Diracsur, S.L., abonará a Cargoalcalá la cantidad de 765,60 €.

- Trans y Trans, S.L., CIF: B-84835180, y Cargoalcalá, S.L., CIF: B- 23559578, Exp.: 28/2010.

Resolución: Trans y Trans, S.L., abonará a Cargoalcalá, S.L., la cantidad de 638 €.

- OT. Carolinense, S.L., CIF: B-23612419, y Cargoalcalá, S.L., CIF: B-23559578, Exp.: 52/2010.

Resolución: OT. Carolinense, S.L., abonará a Cargoalcalá, S.L., la cantidad de 2.018,40 €.

- Andu-Papel, S.L., CIF: B-23409220, y Buytrago Andalucía, S.A., CIF: A-78496627, Exp.: 59/2010.

Resolución: Andu-Papel, S.L., abonará a Buytrago Andalucía, S.A., la cantidad de 130,56 €.

- Creaciones Zafra, S.L., CIF: B-23365166, y Red Transjaén, S.L., Exp.: 77/2009.

Resolución: Creaciones Zafra, S.L., abonará a Red Transjaén, S.L., la cantidad de 50,25 €.

La documentación de los expedientes indicados anteriormente se encuentra a disposición de los interesados para el conocimiento de su contenido en esta Junta Arbitral.

Estos laudos arbitrales tienen los efectos previstos en la legislación de arbitraje, cabiendo contra los mismos demanda de anulación ante la Audiencia Provincial del lugar donde aquellos se hubieren dictado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Jaén, 21 de diciembre de 2010.- El Delegado, Rafael Eugenio Valdivielso Sánchez.

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