Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 28/05/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de mayo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (antiguo Mixto núm. Diez), dimanante de divorcio contencioso núm. 88/2010.

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NIG: 0401342C20100001146.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 88/2010. Negociado: CG.

De: Don Roque Luis Morales López.

Procuradora: Sra. M.ª Dolores Martínez Leiva.

Contra: Doña Yahaira Jaime Martínez.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 88/2010 seguido a instancia de Roque Luis Morales López frente a Yahaira Jaime Martínez se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 367/12

En Almería, a dos de mayo de dos mil doce.

En nombre de S.M. el Rey, pronuncia doña María del Pilar Luengo Puerta, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta ciudad y su partido, la siguiente, en los autos de Divorcio, seguidos en este Juzgado con el núm. 88/10, instados por don Roque Luis Morales López, representado por la Procuradora Sra. Martínez Leiva y, dirigida por la Letrado Sra. Moya Sánchez, frente a doña Yahaira Jaime Martínez, en situación de rebeldía procesal, en los que ha recaído la presente resolución con los siguientes:

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio en cuanto a la petición principal formulada por don Roque Luis Morales López, representado por la Procuradora Sra. Martínez Leiva, frente a doña Yahaira Jaime Martínez, declarada en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por ambos litigantes el día 22 de agosto de 2008, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, expresados en el fundamento tercero de esta resolución, que se dan aquí por reproducidos.

Y todo ello, sin hacer expresa imposición de costas.

Al notificar la presente resolución a las partes, hágaseles saber que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación, que se presentará por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil,

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la llma. Magistrada-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Yahaira Jaime Martínez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Almería a cuatro de mayo de dos mil doce.- La Secretaria Judicial.

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