Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 30/05/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 10 de abril 2012, por la que se concede la autorización al centro docente privado extranjero «Mayfair International Academy», de Estepona (Málaga). (PP. 1404/2012).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Kathleen Dancer, como representante de la entidad «Mayfair International Academy, S.L.», en el que se solicita la autorización del centro docente privado extranjero «Mayfair International Academy», con domicilio en Avenida de las Golondrinas, 16, Atalaya Park, de Estepona (Málaga), con autorización plena para los cursos desde Nursery (3 años de edad) a Year 13 (18 años de edad) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España, que ha realizado una inspección del centro, del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos en dicha provincia.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; y el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España; y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización al centro docente privado extranjero «Mayfair International Academy», de Estepona (Málaga), para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «Mayfair International Academy».

Código del centro: 29018421.

Titular: Mayfair International Academy, S.L.

Domicilio: Avenida de las Golondrinas, 16. Atalaya Park.

Localidad: Estepona.

Municipio: Estepona.

Provincia: Málaga.

Enseñanzas a impartir del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero:

Con autorización plena:

Foundation (3 y 4 años): 25 puestos escolares.

Primary (5 a 11 años): 73 puestos escolares.

Secondary (12 a 15 años): 67 puestos escolares.

Sixth Form (16 a 18 años); 35 puestos escolares.

Segundo. El centro docente privado extranjero «Mayfair International Academy», de Estepona (Málaga), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. Las enseñanzas de lengua española deberán impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a educación infantil, a educación primaria y a educación secundaria obligatoria y a bachillerato.

Asimismo, las enseñanzas de cultura española deberán desarrollar los contenidos esenciales de las áreas y materias de Conocimiento del entorno, de Conocimiento del medio natural, social y cultural y de Ciencias sociales, geografía e historia, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de abril de 2012

Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación en funciones
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